Mi pareja y yo hemos comprado un piso y queremos explotarlo con uso turístico
Estoy comprando mi primera vivienda con mi pareja. En un año más o menos la quiero poner como apartamento turístico. ¿Cuándo tendríamos que montar la sociedad?
Estoy comprando mi primera vivienda con mi pareja en Extremadura. En un año más o menos la quiero poner como apartamento turístico. ¿Cuándo tendríamos que montar la sociedad?
Como ustedes sabrán, en nuestro país existen diferentes tipos de sociedad, las cuales pueden ser unipersonales o pluripersonales.
Entendemos que, al adquirir una vivienda de manera conjunta, también van a realizar la actividad de explotación de dicho inmueble como apartamento turístico conjuntamente, por lo que querrán constituir una sociedad pluripersonal, dentro de las cuales podemos encontrar las sociedades limitadas, anónimas o comanditarias por acciones.
Para la constitución de una sociedad de responsabilidad limitada, el capital social mínimo que se debe desembolsar es de 3.000 euros, mientras que, para la constitución de una sociedad anónima, se requiere la aportación de un capital social mínimo de 60.000 euros, en virtud de lo indicado por la Ley de Sociedades de Capital.
Respecto a su pregunta, hemos de comentarle que nuestra legislación no contempla ningún tipo de plazo mínimo para la constitución de una sociedad antes de la apertura de un negocio, por lo que podrán crearla cuando consideren.
Sin embargo, se debe tener en cuenta que el tipo impositivo del impuesto de sociedades es máximo de un 30%, mientras que el del IRPF es progresivo en función de los ingresos que se perciban.
*Álvaro Bárez de la Malla, abogado de Lean Abogados.
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