La casa está a nombre de mi ex, yo pago la hipoteca y no quiere venderme la casa

Estoy hipotecada desde 2005 en un piso en el que vivo desde 2009, pero la titularidad está a nombre de mi ex. Todavía se deben 130.000 euros, pero él no paga su parte

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Estoy hipotecada desde 2005 en un piso en el que vivo desde 2009, pero la titularidad está a nombre de mi ex. Todavía se deben 130.000 euros. Él no está pagando su parte de la hipoteca porque no vive en ella y tampoco quiere negociar para ponerla a mi nombre, pues yo estoy interesada en asumir la hipoteca y comprar la casa. Pero no quiere. ¿Qué puedo hacer para que el banco no nos quite la casa y poder quedármela yo?

En el caso que se nos plantea, debemos aclarar en primer lugar los supuestos que aplicarían en función de las posibles circunstancias. En el supuesto de que la hipoteca fuera a nombre de los dos, ambos serían deudores solidarios, esto significa que el banco con el que firmaron el préstamo puede actuar contra ambos igualmente por el importe que resta por pagar y, en función del caso concreto, las comisiones y los intereses derivados del mismo.

En cambio, si fue su ex pareja (y no ambos) la que aportó la garantía para solicitar y celebrar el contrato de préstamo hipotecario que, en vista a la información aportada, parece ser el caso a tratar, el responsable en la relación con el banco sería él.

Es decir, el banco no podría actuar contra usted si la hipoteca dejara de pagarse. Ante estos hechos y atendiendo a la presunta negativa por parte de su ex pareja de poner la hipoteca a su nombre, esto es, subrogarse usted en su lugar de cara al banco y asumir la responsabilidad y la carga de la hipoteca, surge el siguiente problema: si la hipoteca dejara de pagarse (en este caso, por su ex pareja, siendo quien aportó la garantía para solicitar la hipoteca), no sería posible que usted se quedara con la casa.

En definitiva, las opciones serían:

1.- Cesión de crédito: es una vía para reclamar a su ex pareja los importes que le ha ido pagando a lo largo de estos años, ya que usted no tiene título para quedarse con la casa (en el supuesto aparente de que el titular de la hipoteca fuera únicamente su ex pareja).

2.- Que su ex pareja le vendiera la vivienda y se posicionara usted en su lugar de cara al banco, es decir, una subrogación hipotecaria y se encuentra regulada en la Ley 2/1994, de 30 de marzo.

3.- Si los importes derivados de la hipoteca dejaran de abonarse, el banco podría iniciar una ejecución hipotecaria (regulada en la Ley de Enjuiciamiento Civil) que concluiría con la venta del inmueble en subasta pública.

4.- Que el banco y su expareja negocien una dación en pago si se cumplieran una serie de requisitos, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 19/2022, de 22 de noviembre (además del Código Civil y la jurisprudencia).

El problema a valorar es que si su ex pareja fue quien aportó la garantía para la contratación del préstamo hipotecario, usted no tiene ningún título sobre la misma y no podría quedarse con la vivienda.

Por tanto, teniendo en cuenta que no disponemos de la información completa sobre este asunto, le recomendaríamos valorar el riesgo de seguir pagando a su ex pareja las cuotas de la hipoteca sin tener posibilidad, por las negativas que le ha dado, de subrogarse en su lugar o comprarle el inmueble.

Sin duda, la mejor manera de actuar sería contrastar y analizar toda la información y contar con el asesoramiento legal de un abogado especializado para poder valorar las particularidades del caso concreto y concluir la manera de proceder más favorable a sus intereses.

*Álvaro Fernández Baert, abogado de Lean Abogados.

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