Tenemos problemas por fiestas en un piso de alquiler, pero el dueño no hace nada

Tenemos problemas por ruidos, molestias y fiestas en un piso de alquiler. Hemos cursado aviso de dichas molestias al propietario, pero no hace nada

Foto: Tenemos problemas por fiestas en un piso de alquiler, pero el dueño no hace nada. (iStock)
Tenemos problemas por fiestas en un piso de alquiler, pero el dueño no hace nada. (iStock)

Tenemos problemas por ruidos, molestias y fiestas en un piso de alquiler. Hemos cursado aviso de dichas molestias al propietario. Si ni cesan las molestias, ¿ante quién podemos cursar denuncia?

Primeramente, además de haber informado al propietario del piso arrendado del que proceden los ruidos, si estos no cesan, ya sea porque el propietario no ha tomado medidas o porque los inquilinos han hecho caso omiso, recomendaría solicitar por escrito directamente a los propios inquilinos el cumplimiento de la ordenanza municipal aplicable reguladora de los niveles de ruido en función del horario, dependiendo de la región en la que se encuentren.

En este sentido, ciudades como Sevilla, Zaragoza o Valencia tienen el límite máximo de decibelios permitido para zonas residenciales más alto que otras como Madrid o Barcelona.

Asimismo, y de manera paralela, antes de acudir a vías más contundentes y persuasivas, podría resultar conveniente, en atención del artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), poner en conocimiento del presidente de la comunidad de propietarios estos hechos, a fin de que formalmente se les exigiera por escrito, de nuevo, el cumplimiento de la normativa de ruido, con las inherentes consecuencias derivadas de no atenderse.

Conforme a lo anterior, el presidente tiene la capacidad de convocar una junta para votar y aprobar la presentación de una demanda contra el/los inquilino/s, pudiendo solicitar en la misma una indemnización por los perjuicios causados para los afectados.

De no resultar satisfactoria la vía anterior, la próxima vez que hubiera, por ejemplo, una fiesta a horas intempestivas con música alta, golpes, etc., no restaría sino dar aviso a la policía municipal, a fin de que acudieran al inmueble a medir los niveles de ruido, identificar a los arrendatarios y cursar la denuncia correspondiente, ya que, si se superara el límite de ruido, serían sancionados en vía administrativa.

*Álvaro Fernández Baert, abogado de Lean Abogados.

Asesor sobre Vivienda

El Confidencial pone a su servicio este consultorio jurídico inmobiliario. Un espacio que está destinado a resolver semanalmente las dudas legales de los ciudadanos sobre temas relacionadas con el sector inmobiliario: alquileres, compraventa, hipotecas, ejecuciones hipotecarias, etc.

En caso de divorcio ¿quién debe hacerse cargo del pago de la hipoteca? o, ¿puedo pagar una parte de la cuota mensual de la hipoteca sin miedo a que me embarguen la casa?

ENVÍE SU CONSULTA


  • Responsable: Lean Abogados
  • Finalidad: Responder a tus preguntas y enviarte comunicaciones comerciales sobre sus productos y/o servicios.
  • Legitimación: Tu consentimiento expreso.
  • Destinatarios: Prestadores de servicios tecnológicos, como encargados del tratamiento, que seguirán siempre nuestras instrucciones.
  • Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, entre otros.
  • Información adicional: Política de privacidad de Lean Abogados

Condiciones de uso de Consultorio sobre Ruedas

En cumplimiento con la normativa de protección de datos de carácter personal -LO 15/1999 y RD 1720/2007- los datos de carácter personal remitidos a través del formulario será tratados en el fichero denominado “USUARIOS WEB DE TITIANIA” notificado ante la Agencia Española de Protección de Datos con nº de registro 2060040405, titularidad de TITANIA COMPAÑÍA EDITORIAL, S.L. sito en la calle Virgilio, 25 – 1 A/D con código postal 28223 Pozuelo de Alarcón -Madrid- para la finalidad exclusiva de gestionar las consultas que nos efectúen a través de la sección MOTOR. En todo momento, puede ejercitar los derechos que se le reconocen -acceso, rectificación, cancelación y oposición- mediante comunicación al efecto a través del mail: info [@] elconfidencial.com.

De igual forma, al remitirnos su consulta acepta que ésta junto con la información suministrada sea comunicada a la entidad colaboradora para la finalidad descrita, autorizando, en su caso, la publicación de la misma en la sección o Página Web titularidad de la entidad editora.

Le informamos, igualmente, que no todas las consultas podrán ser resueltas por la entidad colaboradora, efectuándose una selección y publicación de las más importantes, en virtud del grado de interés que pudieren suscitar las mismas. En todo caso, las consultas serán resueltas con el máximo rigor y profesionalidad, no siendo vinculantes para las partes, recomendando que para mayores detalles, a la vista de la consulta o de los hechos del caso en concreto, pudieren dirigirse a profesionales del sector para un asesoramiento del mismo.

Para cualquier aclaración puede dirigirnos su consulta a través del correo electrónico dispuesto en la presente sección.

Consultorio Inmobiliario