¿Cómo debo declarar un préstamo firmado entre particulares?
He realizado un préstamo a mi hija para la compra de un piso. Hemos formalizado un contrato de préstamo entre particulares, con un 0% de interés y plazo de devolución
He realizado un préstamo a mi hija para la compra de un piso. Hemos formalizado un contrato de préstamo entre particulares, con un 0% de interés y plazo de devolución. Mi hija realizó la autoliquidación, con el modelo 600 y en plazo. La pregunta trata sobre mi declaración de renta. ¿Al no tener beneficio económico alguno con el préstamo, debo hacerlo constar en algún apartado de mi declaración de renta?
En el presente caso nos encontramos ante un préstamo intrafamiliar, es decir, un préstamo entre particulares con un parentesco.
El modelo 600 es el formulario que corresponde cumplimentar cuando se lleva a cabo un acto sujeto al impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (ITPAJD).
Un préstamo intrafamiliar se incluirá dentro de este tipo de actos, es decir, existe un hecho imponible.
Sin embargo, estará exento. Es decir, respecto al ITPAJD, hay obligación de declarar el préstamo intrafamiliar con interés al 0%. Por el contrario, en lo que al IRPF se refiere, al no devengar intereses el préstamo.
*Álvaro Fernández Baert, abogado de Lean Abogados.
Asesor sobre Vivienda
El Confidencial pone a su servicio este consultorio jurídico inmobiliario. Un espacio que está destinado a resolver semanalmente las dudas legales de los ciudadanos sobre temas relacionadas con el sector inmobiliario: alquileres, compraventa, hipotecas, ejecuciones hipotecarias, etc.
En caso de divorcio ¿quién debe hacerse cargo del pago de la hipoteca? o, ¿puedo pagar una parte de la cuota mensual de la hipoteca sin miedo a que me embarguen la casa?
ENVÍE SU CONSULTA