Mi padre me donó parte de una propiedad, ¿cuánto debo esperar para vender mi parte?

Tengo una parte de una parcela que mi padre segregó en dos. Nos donó una parte a mí y otra a mi hermano. ¿Cuánto tiempo debe pasar para poder vender mi parte a mi hermano?

Foto: Mi padre me donó parte una propiedad, ¿cuánto debo esperar para vender mi parte? (iStock)
Mi padre me donó parte una propiedad, ¿cuánto debo esperar para vender mi parte? (iStock)

Tengo una parte de una parcela que mi padre segregó en dos. Nos donó una parte a mí y otra a mi hermano. ¿Cuánto tiempo debe pasar desde ese acto para poder vender mi parte a mi hermano?

La segregación de fincas es aquel proceso por el cual una propiedad se divide en dos o más partes independientes, correspondiendo a cada una de ellas su propia referencia catastral y la posibilidad de inscribirse individualmente en el Registro de la Propiedad, siempre que se cumplan una serie de requisitos tales como la superficie mínima o la presentación y aprobación del informe correspondiente por parte de la Administración.

Una vez consten varias fincas correctamente segregadas e identificadas, salvo que las partes hubieran llegado a algún acuerdo respecto a la donación de las mismas o que el mismo quedara sujeto a una condición, no habrá plazo concreto para que ambos titulares de las dos fincas segregadas celebraran un contrato de compraventa por una de ellas.

Dicha compraventa debe llevarse a cabo ante notario y, si es voluntad del comprador, constatar la unión nuevamente de ambas fincas en una sola. Este proceso se conoce como agrupación de fincas y para poder llevarlo a éxito deberá con la licencia municipal o la declaración de innecesidad, dependiendo del lugar en el que se encuentre el terreno.

La agrupación tendrá como consecuencia la correspondiente modificación en Catastro y en el Registro de la Propiedad. Los costes principales a los que estaría sujeta la agrupación serían: notaría, registro, ITP-AJD, la licencia (en caso de ser necesaria) o los honorarios del técnico, para el supuesto en el que se precisara la licencia.

*Álvaro Fernández Baert, abogado de Lean Abogados.

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