Es posible que mi inquilino haya muerto, pero el cuerpo no aparece, ¿qué debo hacer?
Tengo un piso en alquiler en el que el inquilino ha desaparecido y es muy probable que haya sufrido un accidente y haya caído al mar y su cuerpo no aparece. ¿Qué tengo que hacer?
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Tengo un piso en alquiler en el que el inquilino ha desaparecido y es muy probable que haya sufrido un accidente y haya caído al mar y su cuerpo no aparece. ¿Qué tengo que hacer si el cuerpo no aparece?
Cuando un inquilino desaparece de manera trágica, como en el caso que mencionas, y no se encuentra su cuerpo, la situación puede ser muy delicada tanto a nivel legal como emocional. En este tipo de situaciones, existen varios pasos que podrías considerar, tanto desde el punto de vista legal como para gestionar la propiedad de tu piso:
1.- Presentar una denuncia por desaparición
.- Si no lo has hecho ya, lo primero sería asegurarte de que las autoridades pertinentes estén informadas de la desaparición del inquilino. La desaparición de una persona, especialmente si hay indicios de un accidente grave, debe ser denunciada a la policía lo antes posible. Esto también asegurará que haya un registro oficial de la desaparición.
2. Esperar el proceso de declaración de fallecimiento
.- En España, si el cuerpo no aparece, es posible solicitar la declaración de fallecimiento de una persona desaparecida. Sin embargo, este proceso no se puede iniciar inmediatamente. Según el Código Civil español, el plazo general para solicitar esta declaración es de 10 años desde la desaparición, pero en casos de accidentes, desastres naturales u otras circunstancias peligrosas (como caídas al mar), el plazo puede reducirse a un año.
.- Una vez declarado el fallecimiento, se considerará legalmente fallecida la persona, lo que permitirá iniciar procedimientos con respecto a sus bienes y responsabilidades, incluido el contrato de alquiler.
3. Consultar el contrato de arrendamiento
.- Revisa el contrato de arrendamiento firmado con el inquilino desaparecido para verificar qué estipulaciones se han previsto en caso de ausencia o fallecimiento. Es posible que el contrato especifique un período máximo de ausencia del inquilino sin dar aviso, después del cual se pueda rescindir el contrato.
.- Si no hay previsiones específicas, el fallecimiento (una vez declarado) puede poner fin al contrato automáticamente.
4. Comunicarse con los familiares o herederos
.- Si tienes contacto con familiares o conocidos del inquilino, es aconsejable informarlos de la situación y mantener una comunicación abierta. En algunos casos, los familiares pueden hacerse cargo de las pertenencias del inquilino o de los pagos pendientes.
.- Si se llegase a declarar el fallecimiento del inquilino, sus bienes, incluidas las pertenencias que quedaron en el piso, pasarían a sus herederos. Tendrías que coordinar con ellos para la entrega de estos bienes.
5. Rescisión del contrato de arrendamiento
.- Si el inquilino lleva mucho tiempo sin pagar el alquiler o ha desaparecido sin dejar rastro, podrías tener derecho a rescindir el contrato de arrendamiento. En este caso, es recomendable que consultes con un abogado especializado en arrendamientos para evaluar si puedes iniciar un procedimiento judicial para reclamar la vivienda y, en su caso, desalojar el piso si hay pertenencias del inquilino dentro.
.- Este proceso puede requerir una orden judicial si el inquilino no ha sido declarado oficialmente fallecido y aún se considera desaparecido.
6. Conservar pruebas
.- Durante todo este proceso, es importante que guardes todos los documentos relacionados con la desaparición del inquilino, así como cualquier prueba de que no ha pagado el alquiler o ha abandonado el inmueble. Esto será útil en caso de que tengas que iniciar procedimientos legales.
*Alfonso Haro Pardo, abogado de Lean Abogados.
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