¿Qué impuestos pagaré como único heredero de un piso en Barcelona?

¿Qué porcentaje deberé pagar por la herencia escriturada en testamento a mi favor como único heredero por un inmueble en Barcelona?

Foto: ¿Qué impuestos pagaré como único heredero de un piso en Barcelona? (iStock)
¿Qué impuestos pagaré como único heredero de un piso en Barcelona? (iStock)

¿Qué porcentaje deberé pagar por la herencia escriturada en testamento a mi favor como único heredero por un inmueble en Barcelona?

No son pocas las ocasiones en las que los herederos se preguntan si merece la pena soportar la carga fiscal y posibles deudas del causante por adjudicarse una vivienda en la herencia de sus familiares o conocidos.

A la pregunta realizada le faltaría añadir el porcentaje de qué impuesto debe abonar a la Hacienda Pública por la adquisición en solitario del inmueble en una herencia. Pues bien, para ello hay que analizar qué implicaciones fiscales tiene la adjudicación del bien inmueble por medio de herencia y la influencia del territorio donde se encuentre el bien recibido.

En la sucesión hereditaria están implicados, de una manera u otra, el impuesto de sucesiones y donaciones, el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU) -más conocido como plusvalía municipal- y el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).

Vamos a centrarnos en el impuesto de sucesiones y donaciones, cuyo hecho imponible que grava es la transmisión de bienes y derechos por la transmisión mortis causa, haya o no testamento.

Como consecuencia de la diferente regulación fiscal entre comunidades autónomas, es necesario conocer cuál era la vecindad civil del causante, pues esto determinará la ley aplicable a su herencia.

En la consulta únicamente se indica que un activo del caudal hereditario se encuentra en Barcelona, pero desconocemos cuál fue el último domicilio del causante, por lo que no podemos determinar su vecindad civil y, por tanto, las normas que regirán su sucesión. Ante la falta de datos concluyentes, partiremos de la base de que el fallecido tenía vecindad civil catalana.

Debido a la ley de cesión de tributos del año 2001, cada Comunidad Autónoma soporta una carga fiscal más o menos alta en relación con la sucesión hereditaria. Cataluña cuenta con una de las facturas más elevadas en el Impuesto de sucesiones. Pese a que existe una bonificación del 99% para los descendientes directos, este porcentaje ha ido disminuyendo progresivamente en función del valor del caudal hereditario y del parentesco con el fallecido.

Es decir, cuanto mayor es la base imponible, menor es el porcentaje de bonificación. Para calcular el importe que habrá de liquidar, lo primero que hay que hacer determinar la base imponible, que estará integrada por los bienes y derechos valorados, como mínimo, a precio de mercado.

A esto habrá que restar las posibles cargas, deudas y gastos deducibles. Tras ello habrá que aplicar las posibles reducciones y bonificaciones que prevea la ley en cada momento y el gravamen correspondiente.

En conclusión, con los datos aportados no se puede establecer de manera clara e inequívoca un porcentaje sobre el inmueble a efectos del impuesto de sucesiones.

*Sonsoles Martínez González, abogada de Lean Abogados.

Asesor sobre Vivienda

El Confidencial pone a su servicio este consultorio jurídico inmobiliario. Un espacio que está destinado a resolver semanalmente las dudas legales de los ciudadanos sobre temas relacionadas con el sector inmobiliario: alquileres, compraventa, hipotecas, ejecuciones hipotecarias, etc.

En caso de divorcio ¿quién debe hacerse cargo del pago de la hipoteca? o, ¿puedo pagar una parte de la cuota mensual de la hipoteca sin miedo a que me embarguen la casa?

ENVÍE SU CONSULTA


  • Responsable: Lean Abogados
  • Finalidad: Responder a tus preguntas y enviarte comunicaciones comerciales sobre sus productos y/o servicios.
  • Legitimación: Tu consentimiento expreso.
  • Destinatarios: Prestadores de servicios tecnológicos, como encargados del tratamiento, que seguirán siempre nuestras instrucciones.
  • Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, entre otros.
  • Información adicional: Política de privacidad de Lean Abogados

Condiciones de uso de Consultorio sobre Ruedas

En cumplimiento con la normativa de protección de datos de carácter personal -LO 15/1999 y RD 1720/2007- los datos de carácter personal remitidos a través del formulario será tratados en el fichero denominado “USUARIOS WEB DE TITIANIA” notificado ante la Agencia Española de Protección de Datos con nº de registro 2060040405, titularidad de TITANIA COMPAÑÍA EDITORIAL, S.L. sito en la calle Virgilio, 25 – 1 A/D con código postal 28223 Pozuelo de Alarcón -Madrid- para la finalidad exclusiva de gestionar las consultas que nos efectúen a través de la sección MOTOR. En todo momento, puede ejercitar los derechos que se le reconocen -acceso, rectificación, cancelación y oposición- mediante comunicación al efecto a través del mail: info [@] elconfidencial.com.

De igual forma, al remitirnos su consulta acepta que ésta junto con la información suministrada sea comunicada a la entidad colaboradora para la finalidad descrita, autorizando, en su caso, la publicación de la misma en la sección o Página Web titularidad de la entidad editora.

Le informamos, igualmente, que no todas las consultas podrán ser resueltas por la entidad colaboradora, efectuándose una selección y publicación de las más importantes, en virtud del grado de interés que pudieren suscitar las mismas. En todo caso, las consultas serán resueltas con el máximo rigor y profesionalidad, no siendo vinculantes para las partes, recomendando que para mayores detalles, a la vista de la consulta o de los hechos del caso en concreto, pudieren dirigirse a profesionales del sector para un asesoramiento del mismo.

Para cualquier aclaración puede dirigirnos su consulta a través del correo electrónico dispuesto en la presente sección.

Consultorio Inmobiliario