Queremos comprar una casa familiar con nuestros hijos, ¿cuál es la mejor forma?
Queremos comprar una casa familiar entre nuestros hijos y nosotros. ¿Qué fórmula podemos utilizar para aprovechar su juventud y nuestra solvencia?
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Queremos comprar una casa familiar entre nuestros hijos y nosotros. ¿Qué fórmula podemos utilizar para aprovechar su juventud y nuestra solvencia, de manera que cada uno responda sobre toda la deuda hipotecaria, a fin de obtener el máximo de años de amortización?, ¿una sociedad familiar?, ¿una comunidad de bienes?
La compra de una vivienda familiar siempre plantea diversas cuestiones financieras y jurídicas que deben ser analizadas con detenimiento, ya que la elección de la estructura seleccionada debe responder a las necesidades específicas de los compradores.
Atendiendo a la información de que disponemos, se plantearían tres alternativas para llevar a cabo la adquisición conjunta, que se detallan a continuación. En primer lugar, cabe la opción de celebrar un préstamo hipotecario conjunto sobre el inmueble, es decir, constituir un proindiviso. Así, todos los miembros de la unidad familiar figurarían como copropietarios, conforme a los artículos 392 y siguientes del Código Civil.
De esta manera, los compradores asumen de manera conjunta no solo la propiedad del inmueble, sino el préstamo con carácter solidario, respondiendo así cada uno de ellos por el total de la deuda de cara a la entidad financiera. Esta opción facilita el acceso a plazos de amortización más largos, optimizando las condiciones de financiación.
En segundo lugar, podría valorarse la creación de una comunidad de bienes, un mecanismo para estructurar la propiedad atendiendo al nivel de inversión de cada interviniente, esto es, de manera proporcional. Si bien la citada comunidad no cuenta con personalidad jurídica propia, sí puede solicitarse un préstamo conjuntamente por todos los miembros de la unidad familiar, aunque debe matizarse que las entidades bancarias, por lo general, requieren de manera adicional garantías personales de cada uno de los miembros.
En tercer lugar, la constitución de una sociedad limitada familiar sería una opción a tener en cuenta. Sería la propia sociedad la titular del inmueble, mientras que los miembros de la unidad familiar serían los accionistas que aportarían el capital necesario para llevar a cabo la operación. Nuevamente, de cara a la solicitud de un préstamo, los bancos suelen requerir garantías adicionales para sociedades de nueva creación sin activos previos.
Conforme a la información de que disponemos, a priori, la a alternativa más eficiente sería la copropiedad con hipoteca solidaria, ya que:
1.-Permite el acceso a mayores plazos de amortización gracias a la juventud de los hijos,
2.- Conlleva una mayor facilidad de financiación y, además,
3.- Mantiene una estructura de propiedad directa, evitando costes adicionales de sociedades.
*Álvaro Fernández Baert, abogado de Lean Abogados.
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