He perdido dinero con la venta de acciones, ¿puedo compensarlo con rentas de capital?
Este año he tenido unas pérdidas patrimoniales por venta de acciones y tengo unos ingresos por rentas de capital, ¿cómo se refleja en la declaración de la renta?
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Este año he tenido unas pérdidas patrimoniales por venta de acciones y tengo unos ingresos por rentas de capital, desearía saber si, reflejando ambas circunstancias en el lugar correspondiente de la declaración, la compensación con el 25% de las rentas de capital se hace automáticamente o debo hacer algo más.
Habiéndose iniciado el periodo en el que presentar la declaración de la renta, este tipo de cuestiones resultan de lo más necesarias para presentarla de manera correcta.
En lo que a la compensación se refiere, sí es posible (Artículo 33 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) y se realiza de manera automática a través del programa de Renta de la Agencia Tributaria, siempre y cuando los datos se indiquen de la manera correcta.
La compensación funciona de la siguiente manera: en primer lugar, se compensarán las pérdidas patrimoniales con las ganancias y, de quedar saldo negativo, se compensarían los rendimientos del capital mobiliarios positivos hasta el máximo del 25%.
Si una vez realizadas las dos compensaciones anteriores el saldo se mantuviera en negativo, podría llevarse a cabo una compensación en los cuatro ejercicios siguientes en los mismos términos.
Aplicadas a nivel práctico en el programa Renta WEB anteriormente citado, procede indicar las pérdidas para después declarar los rendimientos de capital mobiliario (intereses, dividendos, etc.) y, de esta manera se compensarán ambos saldos, reflejándose si quedara alguno pendiente en el resumen de la declaración.
*Álvaro Fernández Baert, abogado de Lean Abogados.
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