¿Son compatibles la deducción por compra de vivienda y por movilidad geográfica?

¿Son compatibles las deducciones por adquisición de vivienda habitual y la deducción por movilidad geográfica?

Foto: ¿Son compatibles la deducción por compra de vivienda y por movilidad geográfica? (iStock)
¿Son compatibles la deducción por compra de vivienda y por movilidad geográfica? (iStock)

¿Son compatibles las deducciones por adquisición de vivienda habitual y la deducción por movilidad geográfica? Tengo mi vivienda habitual en una provincia andaluza por la que me deduzco por la adquisición de vivienda habitual y en septiembre de 2024 me contrataron en otra provincia andaluza, por lo que he tenido que moverme a dicha provincia a 400 km de la primera, aunque en vacaciones y fines de semana estoy en la primera provincia. Cumplo todos los requisitos de movilidad geográfica, pero no sé si ambas deducciones se pueden aplicar en el mismo ejercicio fiscal.

Es muy habitual que, por motivos laborales, un contribuyente que ya disfruta de la deducción por inversión en vivienda habitual deba trasladarse temporalmente a otra localidad y se pregunte si puede seguir beneficiándose de esa deducción y, además, aplicar el gasto deducible por movilidad geográfica previsto en la ley.

La clave está en entender qué exige cada beneficio fiscal y si pueden coexistir en la misma declaración. La respuesta es sí, ambos beneficios fiscales son compatibles, siempre que se mantengan los requisitos de cada uno de forma independiente.

En Andalucía, existe una deducción autonómica del 5% por inversión en vivienda habitual protegida o cuando el contribuyente sea menor de 35 años, según la Ley 5/2021 de Tributos Cedidos. Para aplicarla, la vivienda debe seguir teniendo la condición de vivienda habitual, es decir, estar a disposición del propietario, no estar alquilada a terceros y seguir cumpliendo los requisitos que establece la normativa estatal del IRPF vigente a 31 de diciembre de 2012.

Que el contribuyente viva parte del año en otra provincia por trabajo no impide mantener esa vivienda como habitual si la sigue usando en vacaciones o fines de semana. Por otro lado, el artículo 19.2.f) de la Ley del IRPF permite deducir 2.000 euros anuales adicionales como gasto deducible por movilidad geográfica. Este gasto se aplica cuando una persona inscrita como desempleada acepta un trabajo en un municipio distinto al de su residencia y se traslada allí. Este beneficio no es una deducción sobre la cuota, sino un gasto que reduce directamente el rendimiento neto del trabajo.

Se puede aplicar en el año del traslado y en el siguiente, y no es incompatible con deducciones como la de vivienda habitual porque cada una afecta a partes distintas de la declaración.

En conclusión, sí puedes aplicar ambas deducciones en el mismo ejercicio fiscal, siempre que cumplas los requisitos específicos de cada una. La deducción autonómica del 5% es para viviendas protegidas o contribuyentes menores de 35 años, y exige que la vivienda siga siendo tu residencia habitual, aunque pases parte del año en otra provincia por trabajo.

Por otro lado, el gasto deducible por movilidad geográfica se aplica si trasladas tu residencia habitual para un nuevo empleo en otro municipio, y reduce directamente el rendimiento neto del trabajo. Recuerda conservar toda la documentación que acredite ambos supuestos para futuras comprobaciones.

*Alba Sánchez-Heredero, abogada de Lean Abogados.

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