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Podemos empobrecerá a los más pobres con su ley de salario mínimo
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Juan Ramón Rallo

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Podemos empobrecerá a los más pobres con su ley de salario mínimo

Una ley de salario mínimo solo decreta la prohibición jurídica de trabajar por debajo de una determinada remuneración. La ley no obliga a subir los sueldos de nadie

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El Congreso aprobó el pasado martes una proposición de Ley de Unidos Podemos para incrementar progresivamente el salario mínimo interprofesional hasta el 60% del salario medio de España en el año 2020. Dado que en la actualidad el salario medio de España asciende a unos 1.881 euros mensuales, la propuesta de la formación morada pasa por fijarlo en 1.108 euros mensuales en 2020 (950 euros mensuales en 14 pagas).

La idea parece razonable, dado que únicamente desarrolla la respectiva sugerencia de la Carta Social Europea: a saber, que los salarios mínimos nacionales representen al menos el 60% de los salarios medios. Sin embargo, su fundamentación económica es muchísimo más endeble y peligrosa, justamente por no entender qué es y qué implicaciones conlleva un incremento normativo del sueldo mínimo.

¿Qué es el salario mínimo?

Empecemos por lo básico: una ley de salario mínimo solo decreta la prohibición jurídica de trabajar por debajo de una determinada remuneración. La ley no obliga a subir los sueldos de nadie, dado que el empresario puede optar por despedir al trabajador antes que abonarle un mayor salario. Si muchas personas confunden ambas proposiciones (subir el salario mínimo legal con incrementar los salarios más bajos de la economía) es porque implícitamente asumen que el empresario no podrá permitirse prescindir de sus empleados y, por consiguiente, se verá empujado a incrementarles su sueldo.

Si la aportación mensual que efectúa un trabajador a los ingresos de la empresa es inferior al salario mínimo legal, el empresario optará por despedirle

Pero esta última hipótesis —que el empresario preferirá siempre aumentar la remuneración de sus trabajadores antes que despedirlos— es cuando menos discutible. Si la aportación mensual que efectúa un trabajador a los ingresos de la empresa (lo que suele llamarse “productividad marginal del trabajador”) es inferior al salario mínimo legal, entonces el empresario optará por despedir a su empleado: “Si gracias a ti ingreso 10 pero me cuestas 15, mejor no te contrato”. Imaginen que el Congreso aprobara una “ley de altura mínima”, según la cual los empresarios no pudieran contratar a trabajadores que midieran menos de 1,85 metros: ¿lograría esa normativa aumentar la altura de los obreros más bajitos o más bien equivaldría a prohibirles trabajar por ley? O imaginen que el Congreso aprobara una “ley de ingresos mínimos” para los autónomos, según la cual ningún trabajador autónomo con ingresos inferiores a 1.100 euros mensuales tiene permitido desarrollar la actividad en nuestro país: ¿conseguiría esa ley que los autónomos ingresaran más o simplemente los condenaría al desempleo? El problema de las leyes de salario mínimo es justamente ese: en lugar de contribuir a mejorar las remuneraciones de los sectores más débiles de la sociedad, puede terminar relegándolos al desempleo estructural.

Ahora bien, es verdad que hay muchos economistas que defienden los aumentos del salario mínimo legal. ¿Por qué? Pues una de dos: o porque consideran que parte de los trabajadores están percibiendo a día de hoy un salario inferior a su productividad marginal (es lo que ocurriría en mercados laborales monopsónicos o con comportamientos similares al monopsonio) o porque creen que el incremento de los salarios mínimos contribuirá a elevar la productividad del trabajo de manera endógena (por ejemplo, porque el mayor coste laboral inducirá a los empresarios a reducir sus ineficiencias organizativas internas; o porque el mayor salario actuará como un estímulo keynesiano sobre el resto de la economía; o porque el mayor salario estimulará a los propios trabajadores a volverse más eficientes; o porque el mayor salario desincentivará la alta rotación de empleados en un mismo puesto de trabajo). En principio, pues, no cabe rechazar teóricamente de plano que un cierto incremento del salario mínimo pudiera generar un incremento sostenible de la ocupación y de las remuneraciones.

Por tanto, para conocer la relevancia real de los anteriores efectos no queda otra que recurrir a la empírica: ¿qué nos dice la experiencia acerca de las consecuencias de los aumentos del salario mínimo legal?

Efectos del salario mínimo

En 2009, los economistas Hristos Doucouliagos y T. D. Stanley publicaron una meta-análisis de 1.474 estimaciones acerca de los efectos del salario mínimo sobre el empleo, y el conjunto de tales estimaciones mostraba que, por cada incremento del 1% en el salario mínimo, el empleo se reducía un 0,19%. Es decir, si Unidos Podemos propone aumentar el salario mínimo legal un 45%, el empleo tenderá a reducirse un 8,5% con respecto a los niveles actuales: una destrucción de 1,5 millones de puestos de trabajo.

Es verdad, sin embargo, que Doucouliagos y Stanley consideran que su devastadora estimación sobre los efectos del salario mínimo se debe a que existe un sesgo de publicación entre los 'journals' de Economía: esto es, que los autores y los editores tienden a publicar en mayor medida análisis críticos con el salario mínimo que análisis favorables al mismo. Pero fijémonos en que la exoneración de los efectos destructivos del salario mínimo no se debe a que la evidencia disponible concluya que el salario mínimo es inocuo, sino a la presunción de que la evidencia disponible no es totalmente válida.

Si Unidos Podemos propone aumentar el salario mínimo legal un 45%, el empleo tenderá a reducirse un 8,5%: una destrucción de 1,5 millones de puestos

Pero supongamos que, en efecto, un incremento del salario mínimo no provoca destrucción neta de empleo porque la evidencia negativa sí se halla sesgada. ¿Significa ello que carece de consecuencias negativas sobre los trabajadores? En absoluto. La destrucción de empleo es solo uno de los posibles canales de transmisión de una subida del salario mínimo, pero hay al menos otros cinco canales negativos para los que contamos con diversos grados de evidencia empírica:

  • Ralentización de la creación de empleo: El incremento del salario mínimo no tiene por qué reducir el volumen de empleo actual, sino que bien puede frenar la creación de nuevos puestos de trabajo. Por ejemplo, los economistas Meer y West estiman que un aumento del 10% en el salario mínimo conlleva una reducción del 25% en el ritmo de creación de empleo. Dado que Unidos Podemos desea aumentar el salario mínimo más de un 40%, ello significaría que la creación de empleo de la economía española se frenaría por entero.
  • Reducción del número de horas trabajadas: Los empresarios pueden no despedir a aquellos trabajadores cuyo salario mínimo ha aumentado, pero sí pueden reducir el número de horas por las que los contratan (sustitución de la jornada a tiempo completo por jornada a tiempo parcial). Si la hora de trabajo sale más cara, su demanda de horas de trabajo cae.
  • Reducción de los salarios en especie: Los empresarios pueden compensar el mayor coste salarial con un menor coste no salarial (por ejemplo, una menor inversión en formación interna), de modo que la remuneración total de un trabajador no cambiará pese al mayor salario mínimo legal.
  • Sustitución de trabajadores no cualificados por trabajadores cualificados: Imaginemos que la productividad de un trabajador no cualificado es 10 y la de un trabajador cualificado es 15. Si el coste de contratar al no cualificado es 5 y el de contratar al cualificado es 12, el empresario preferirá incorporar al trabajador no cualificado (su margen de ganancias es mayor). Sin embargo, si se eleva el salario mínimo de 5 a 8, pasará a ser más rentable contratar al trabajador cualificado, de modo que el empresario podría optar por despedir a los empleados no cualificados para incrementar la contratación de los cualificados (el efecto del salario mínimo sobre el empleo total sería nulo, pero saldrían perdiendo aquellos a los que se quería beneficiar con el mayor salario mínimo).
  • Aumento de precios: Los empresarios que vendan bienes o servicios con una demanda muy inelástica podrán repercutir su mayor coste salarial sobre los precios finales. Pero, evidentemente, si los precios de los bienes de consumo aumentan, los salarios reales de todos los trabajadores se reducirán. O dicho de otro modo, el aumento nominal del salario mínimo de algunos trabajadores ocasionará un recorte del salario real de otros trabajadores. ¿Cuál es el saldo neto de este efecto redistributivo entre los que ganan y los que pierden? De acuerdo con un reciente estudio del economista Thomas MaCurdy, el efecto es netamente perjudicial para los más pobres (pues son ellos los que consumen un mayor porcentaje de los productos que más se encarecen).

La evidencia disponible, pues, no parece avalar un incremento del salario mínimo en España: incrementar la frontera mínima legal a partir de la que está permitido trabajar en nuestro país solo contribuirá a reducir muy significativamente el empleo y a hundir los ingresos reales de las familias más pobres. Un riesgo que, con una tasa de paro del 20%, no nos podemos permitir.

Incrementar la frontera mínima legal a partir de la que está permitido trabajar contribuirá a reducir el empleo y a hundir los ingresos de las familias más pobres

Ahora bien, imaginemos que somos relativamente escépticos con respecto a los resultados anteriores. A la postre, sigue habiendo numerosos economistas partidarios de subir el salario mínimo legal. ¿Quedaría en tal caso justificada la propuesta de Unidos Podemos? No, ni mucho menos. Incluso aquellos economistas partidarios de subir el salario mínimo son conscientes de que, a partir de ciertos umbrales, el efecto es siempre negativo. Tomemos el caso de uno de los más destacados defensores académicos de incrementar los salarios mínimos: el profesor Arindrajit Dube.

Dube defiende que los distintos estados que componen EEUU fijen un salario mínimo equivalente al 50% del salario mediano de ese estado. Él mismo reconoce que se trata de una propuesta osada y arriesgada —“la propuesta de incrementar el salario mínimo hasta el 50% del salario mediano va algo más allá del rango salarial para el que disponemos de una mejor evidencia empírica”—, pero por la que cree que merece la pena apostar. En España, el salario mínimo ya representa el 47,8% del salario mediano (el salario mínimo en doce pagas son 764 euros mensuales y el salario mediano en 2015 fue de 1.596 euros), de modo que incluso para economistas como Dube tendríamos poco margen para incrementarlo sin considerables riesgos.

Sucede que Unidos Podemos no pretende aumentar el salario mínimo al entorno —o algo por encima— del 50% del salario mediano, sino al 60% del salario medio, lo cual equivale al 70% del salario mediano. Se trataría, con diferencia, del salario mínimo relativo más elevado de toda la OCDE. Una absoluta imprudencia que multiplicaría todos los riesgos de destrucción de empleo en una economía que ya padece una altísima tasa de paro estructural como la nuestra:

En definitiva, la propuesta de Unidos Podemos de incrementar el salario mínimo hasta el 60% del salario medio es puro populismo laboral. No existe ningún otro país desarrollado con una regulación salarial tan restrictiva y obstructiva, acaso porque sus consecuencias serían verdaderamente devastadoras: y lo serían, muy en especial, para aquellos trabajadores con menores sueldos. Si a Unidos Podemos realmente le preocuparan los sectores más desfavorecidos de la sociedad, mañana mismo procedería a retirar su pauperizadora proposición de Ley: no lo hará porque su genuina preocupación no son los trabajadores pobres, sino alcanzar el poder a hombros del populismo más descarnado… caiga quien caiga.

El Congreso aprobó el pasado martes una proposición de Ley de Unidos Podemos para incrementar progresivamente el salario mínimo interprofesional hasta el 60% del salario medio de España en el año 2020. Dado que en la actualidad el salario medio de España asciende a unos 1.881 euros mensuales, la propuesta de la formación morada pasa por fijarlo en 1.108 euros mensuales en 2020 (950 euros mensuales en 14 pagas).

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