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'Australia' y el 'short selling'
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'Australia' y el 'short selling'

Son casi tres horas de película. Casi long term en la vida económica.  Australia es un cocktail de Indiana Jones y Memorias de África. Todo previsible,

Son casi tres horas de película. Casi long term en la vida económica.

 

Australia es un cocktail de Indiana Jones y Memorias de África. Todo previsible, todo correcto. Ocurre lo que tiene que pasar y cuando tiene que pasar. Pueden llevar a sus niños, hay solo una escena de cama. De hombre y mujer. Muy recomendable. Educativa.

Una de las escenas más tensas es una estampida provocada de reses. Tres o cuatro forajidos, un poco de gasolina y unas teas, provocan el pánico de cientos de caballos que, desbocados, se lanzan sin remedio hacia el precipicio y arrasan a su paso todo lo que encuentran. Menos mal que el niño aborigen, gracias a su autoridad telúrica, consigue frenarlos antes de la hecatombe.

Pero los cuatreros no actuaban solo, que además, en el natural desarrollo de sus malos instintos. No. Lo hacían inducidos por un cerebro aséptico que quería evitar que la sana competencia arruinara su monopolio en el suministro de ganado al ejército.

A lo que vamos, si no es por el niño aborigen, el efecto directo e indirecto de la estampida provocada hubiera sido desastroso.

Desde luego, si Australia fuera España nuestro Código Penal hubiera caído como el rayo sobre las cabezas de todos ellos: aparte de otras imputaciones, los inductores, ejecutores, cooperadores necesarios e incluso -aunque en la película no sale- el propio regulador que indolente observa y tolera esas conductas. Ese artículo 540 que tipifica como delictiva  –de forma tan calderoniana- la conducta consistente en la “maquinación…que intentare alterar los precios que habrían de resultar de la libre concurrencia…de valores…que fueran objeto de contratación”.

Y también los artículos 99 y 83 de la Ley del Mercado de Valores, algo más sinuosos en su formulación, que tipifican como infracción muy grave las “prácticas que falseen la libre formación de los precios”.

Uno y otro preceptos encajan, como los guantes de los cuatreros, en la actuación de los cortoplacistas profesionales e institucionales, cuyo largo y poderoso brazo puede llegar a mecer cunas impensables que, por obvias, no merece la pena señalar.

Desde luego sí parece paradójico que alguna de las marcas doradas que han contribuido generosamente, con fondos ajenos, a propiciar recientemente el caos financiero que vivimos, se atreva todavía a publicar recomendaciones de compra o venta de valores que, qué causalidad, coinciden con frecuencia con posiciones cortoplacistas que, por imperativo legal, acaban siendo reveladas al mercado.

Claro que una prohibición de este tipo de prácticas tiene una venta política antipática porque parece atentar al libre mercado. Efectivamente el caballo es libre de arrojarse o no al  precipicio. Pero, provocada la estampida, no es fácil que el contexto propicie la libre reflexión del caballo en su toma de decisión.

También es cierto que esa prohibición podría afectar negativamente al nicho de negocio de trading que en el mercado bursátil profesional no es nada desdeñable. No necesariamente, a nuestro juicio, pues por el contrario ello permitiría precisamente facilitar la recuperación de una cierta limpieza y transparencia en esa área de negocio, obviamente y con toda justicia hoy cuestionada.

Nosotros no tenemos niño aborigen con poderes telúricos. Pero sí un marco jurídico y un poder ejecutivo y un regulador obligados a hacerlo valer. Y sin complejos. Estados Unidos e Inglaterra, entre otros, prohibieron temporalmente el short selling.

Australia, por cierto, parece que lo ha prohibido por tiempo indefinido. Aprendamos de Australia.

Y por cierto, vayan a ver la película, dan ganas de irse allí.

*Fernando Herce es socio del Estudio Jurídico Almagro.

Son casi tres horas de película. Casi long term en la vida económica.