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¿Se puede ampliar el plazo para llevar la 'L'?
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¿Se puede ampliar el plazo para llevar la 'L'?

Después de sacarme el carné, estuve unos cuantos meses sin poder conducir un coche. Ahora se cumple el año desde que lo saqué, pero no he

Después de sacarme el carné, estuve unos cuantos meses sin poder conducir un coche. Ahora se cumple el año desde que lo saqué, pero no he tenido oportunidad de conducir mucho y me gustaría seguir llevando un tiempo más la letra 'L' detrás para que otros conductores sepan que no tengo mucha experiencia. La pregunta es si eso es legal. En caso de que me multaran, ¿en qué consistiría la multa? María López

Tienes razón en tu planteamiento, porque no debería estar prohíbido “un exceso de prudencia” por tu parte. Sin embargo el Reglamento General de Vehículos es determinante y si bien la señal V-13 de Conductor Novel deben llevarla obligatoriamente los vehículos cuyos conductores hayan obtenido por primera vez un permiso de conducción durante el periodo de un año, no está previsto su uso voluntario por más tiempo, por lo que su uso sería sancionado con multa de hasta 100 €, sin puntos.

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Renovación del carné de conducir desde el extranjero

Llevo más de un año trabajando fuera de España y ahora está a punto de caducarme el carné de conducir. Por eso les escribo para preguntar qué trámite es el que se puede hacer para renovar el permiso sin tener que viajar a España. Luis García

Los titulares de un permiso o licencia de conducción expedidos en España que en la fecha de vencimiento de su vigencia se encuentren en el extranjero, bien en otro Estado miembro de la Unión Europea o en un Estado parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo en los que no hayan adquirido la residencia normal, o bien en un país tercero, podrán solicitar la prórroga de su vigencia de cualquier Jefatura Provincial de Tráfico acompañada de los siguientes documentos:

a) Talón-foto, al que se hallará adherida una fotografía, que podrá solicitarse en la Embajada o Consulado

b) Informe de aptitud psicofísica que será expedido por un médico del país donde se encuentre el interesado y visado por la Misión Diplomática u Oficina Consular de España en dicho país.

c) La Tasa correspondiente, de 22,40€, se abonará por giro postal.

Después de sacarme el carné, estuve unos cuantos meses sin poder conducir un coche. Ahora se cumple el año desde que lo saqué, pero no he tenido oportunidad de conducir mucho y me gustaría seguir llevando un tiempo más la letra 'L' detrás para que otros conductores sepan que no tengo mucha experiencia. La pregunta es si eso es legal. En caso de que me multaran, ¿en qué consistiría la multa? María López