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¿Cómo recurro una multa de Málaga si mi coche estaba en Irún?
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¿Cómo recurro una multa de Málaga si mi coche estaba en Irún?

En marzo llegó desde Málaga la notificación de una multa de 200 euros a mi hija por haber aparcado en un lugar reservado a minusválidos en

En marzo llegó desde Málaga la notificación de una multa de 200 euros a mi hija por haber aparcado en un lugar reservado a minusválidos en la localidad de Vélez-Málaga. Coinciden el modelo, el color y la matrícula pero no existe fotografía. Nunca ha estado en la provincia de Málaga y ese día estaba trabajando en su empresa de Irún donde acude en el vehículo denunciado. Presentó el recurso con la certificación del jefe de personal probando la hora de entrada y salida y haciendo constar la existencia de vídeo de seguridad ya que la empresa dispone de aparcamiento cerrado y vigilado por cámaras. El pasado mes de noviembre, llegó resolución de la Diputación malagueña y no aceptó el recurso interpuesto. ¿Se puede recurrir la resolución? Lorenzo Arias Montero.

Para que prospere esta alegación lo que hay que acreditar no es que el titular del vehículo estaba en otro lugar sino que el vehículo estaba en ese otro lugar. Por tanto, si en el video de la empresa aparece que el vehículo de tu hija estaba en Irún, ese día y a esa hora, insiste en tus alegaciones.

¿Está prohibido rebasar por la derecha en la M40?

Cada día, en los atascos de la M40 veo que el carril derecho es, normalmente, el más rápido. La gente no lo usa porque teme encontrarse camiones, vehículos lentos e incorporaciones pero yo lo empleo porque es realmente más rápido. Por ello, sin superar la velocidad máxima permitida, avanzo más rápido que los que circulan en los otros carriles. ¿Estoy incurriendo en un adelantamiento indebido o no se considera adelantamiento al no cambiarme de carril?. Agustín Pérez.

A nuestro juicio, este caso podría estar incardinado en el art. 83. 2 del Reglamento General de Circulación que dispone: “Cuando la densidad de la circulación sea tal que los vehículos ocupen toda la anchura de la calzada y sólo puedan circular a una velocidad que dependa de la del que los precede en su carril el hecho de que los de un carril circulen más rápidamente que los de otro no será considerado como un adelantamiento”.

En marzo llegó desde Málaga la notificación de una multa de 200 euros a mi hija por haber aparcado en un lugar reservado a minusválidos en la localidad de Vélez-Málaga. Coinciden el modelo, el color y la matrícula pero no existe fotografía. Nunca ha estado en la provincia de Málaga y ese día estaba trabajando en su empresa de Irún donde acude en el vehículo denunciado. Presentó el recurso con la certificación del jefe de personal probando la hora de entrada y salida y haciendo constar la existencia de vídeo de seguridad ya que la empresa dispone de aparcamiento cerrado y vigilado por cámaras. El pasado mes de noviembre, llegó resolución de la Diputación malagueña y no aceptó el recurso interpuesto. ¿Se puede recurrir la resolución? Lorenzo Arias Montero.