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¿Cómo recurrir si me ponen multa en una calle inexistente?
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¿Cómo recurrir si me ponen multa en una calle inexistente?

He recibido una multa del Ayuntamiento de Avilés por saltarme un semáforo en rojo por importe de 200 euros y 4 puntos. En la denuncia se

He recibido una multa del Ayuntamiento de Avilés por saltarme un semáforo en rojo por importe de 200 euros y 4 puntos. En la denuncia se indica que el motivo por el que no se me entregó en mano es por prestar el agente el servicio a pie. El lugar es descrito como la esquina entre dos calles, pero mi sorpresa ha sido el comprobar que una de las calles no existe con lo que el lugar es indeterminado. ¿Este procedimiento es legal, o se puede recurrir de alguna forma, por ejemplo por el error en el lugar de la infracción? Santiago Pueche

En primer lugar, debemos indicarte que esa denuncia es inválida por cuanto de acuerdo con el Art. 76 de la LSV el que un agente preste un servicio a pie no es motivo que justifique la no entrega de la denuncia en el momento de producirse la infracción. Precisamente el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha estimado un recurso de AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA) contra la ordenanza de movilidad de Madrid y ha anulado un artículo que preveía esta posibilidad. Y respecto del lugar inexistente también deberás hacerlo constar en el escrito de alegaciones que puedes presentar ante el ayuntamiento.

¿Una moto de tres ruedas es comparable con un turismo?

Hace unas semanas me sancionaron por estacionar mi moto, una de las nuevas de tres ruedas con dos en el eje delantero y una trasera, junto a otros motos dentro de la acera. El agente de la Policía que estaba allí le indicó que esa moto ahí no se podía aparcar pues se considera como automóvil y en consecuencia debe aparcar donde el resto de coches y poner su correspondiente ticket del SER. Pero eso no se puede hacer, porque al estar abierta el ticket te lo quitarían inmediatamente. ¿Esto es así? Marisa Ortíz

Efectivamente tiene razón el policía ya que ese vehículo no es una motocicleta y por tanto, de acuerdo con el Art. 62 de la Ordenanza de Movilidad para la Ciudad de Madrid no está autorizado a estacionar encima de la acera y tampoco está exento del pago de la tasa del SER. El estacionamiento de este tipo de vehículo se rige por las normas generales de estacionamiento. De acuerdo con la clasificación por criterios de construcción de los vehículos una motocicleta es un “automóvil de dos ruedas o con sidecar” y tiene una contraseña de homologación que empieza por “04”. El vehículo al que te refieres no es una motocicleta –tampoco es un turismo-,  sino que se considera “Automóvil de tres ruedas” -y su contraseña de homologación empieza por “06”.

He recibido una multa del Ayuntamiento de Avilés por saltarme un semáforo en rojo por importe de 200 euros y 4 puntos. En la denuncia se indica que el motivo por el que no se me entregó en mano es por prestar el agente el servicio a pie. El lugar es descrito como la esquina entre dos calles, pero mi sorpresa ha sido el comprobar que una de las calles no existe con lo que el lugar es indeterminado. ¿Este procedimiento es legal, o se puede recurrir de alguna forma, por ejemplo por el error en el lugar de la infracción? Santiago Pueche