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¿Un agente de la ORA puede sancionar por pasar semáforo en rojo?
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¿Un agente de la ORA puede sancionar por pasar semáforo en rojo?

Recibí hace un par de meses una notificación de denuncia por pasar un semáforo en rojo, algo que no hice de ninguna manera. A través de

Recibí hace un par de meses una notificación de denuncia por pasar un semáforo en rojo, algo que no hice de ninguna manera. A través de una asociación de conductores hice el correspondiente recurso. Y acabo de recibir una nueva notificación en la que rechazan mi recurso y añaden que las pruebas que aporto son insuficientes y me indican que el agente, un controlador de la ORA, da fe de los hechos. ¿es legal que un controlador de la ORA sancione? Y sobre todo, ¿la palabra de un controlador de la ORA vale como la de agente y por ello la presunción de veracidad? Joaquín Torre.

La Ley de Seguridad Vial que sólo otorga presunción de veracidad a las denuncias formuladas por agentes encargados de la vigilancia del tráfico, y un controlador de la ORA no lo es. Respecto de la notificación de la denuncia el Art. 76 de la LSV, establece lo siguiente:

“1.Las denuncias se notificarán en el acto al denunciado.

2. No obstante, la notificación podrá efectuarse en un momento posterior siempre que se dé alguna de las siguientes circunstancias:

a) Que la denuncia se formule en circunstancias en que la detención del vehículo pueda originar un riesgo para la circulación. En este caso, el Agente deberá indicar los motivos concretos que la impiden.

b)Que la denuncia se formule estando el vehículo estacionado, cuando el conductor no esté presente.

c)Que la autoridad sancionadora haya tenido conocimiento de los hechos a través de medios de captación y reproducción de imágenes que permitan la identificación del vehículo.”

Si no se cumplen estos supuestos efectivamente la denuncia podría no ser válida, y en tú caso, a nuestro juicio, no se cumplen.

¿Se puede pasar la ITV a un coche con matrícula extranjera?

Hace unas semanas me he comprado un coche en Alemania y por ello con matrícula de aquel país. Lo he comprado para matricularlo en España y usarlo aquí, pero antes de hacer todos los trámites debo pasarle la ITV. Y mi pregunta es si no me pondrán alguna pega por pasar la inspección a un coche todavía con la matrícula alemana. Y si no la voy a poder pasar la ITV, ¿qué puedo hacer?. Juan Antonio Pello

Como requisito para matricularlo en España sí, pero antes tienes que acreditar que ya has cumplido con las obligaciones tributarias.

Recibí hace un par de meses una notificación de denuncia por pasar un semáforo en rojo, algo que no hice de ninguna manera. A través de una asociación de conductores hice el correspondiente recurso. Y acabo de recibir una nueva notificación en la que rechazan mi recurso y añaden que las pruebas que aporto son insuficientes y me indican que el agente, un controlador de la ORA, da fe de los hechos. ¿es legal que un controlador de la ORA sancione? Y sobre todo, ¿la palabra de un controlador de la ORA vale como la de agente y por ello la presunción de veracidad? Joaquín Torre.