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¿Cuál es el margen de error en un radar móvil?
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¿Cuál es el margen de error en un radar móvil?

Quería saber si es cierto que el margen de error es diferente entre un radar fijo y uno móvil a efectos de calcular el importe de

Quería saber si es cierto que el margen de error es diferente entre un radar fijo y uno móvil a efectos de calcular el importe de la sanción. El caso es que a mí me sancionaron con un radar móvil y la sanción impuesta fue de 300 euros y 2 puntos. Con los datos que figuran en la foto, si se descuenta el 7% de error solo tendría que pagar 100 euros y sin pérdida de puntos. ¿Esto es así? Ramiro Mesta

Para saber si la sanción aplicada es correcta necesitaríamos saber el límite existente y la velocidad que figura en la fotografía. No obstante, debemos indicarle que los márgenes de error legalmente admisibles son del 4% ó el 7%, respectivamente, según se trate de radar fijo o móvil en mediciones superiores a 100 km/h, o de 4 km/h ó 7 km/h, en mediciones inferiores a 100 km/h., que deberán ser descontados de la velocidad que figura en la foto para poder aplicar el cuadro de sanciones establecido en el Anexo IV de la Ley de Seguridad Vial.

¿Me pueden embargar con una multa de hace 4 años?

El ayuntamiento de Madrid me ha embargado esta semana por una multa de tráfico de Mayo de 2010. No he recibido ninguna notificación en mi residencia actual y el coche de la multa lo vendí hace ya 3 años. He hablado con el ayuntamiento y me dicen que han intentado enviar las notificaciones a mi anterior dirección, que es la que figuraba en el coche, pero al venderlo me cambié de casa. Ni tiene sentido que me embarguen casi 300 euros por una multa que debió ser, en su momento, de 80 euros, por la torpeza del ayuntamiento. Alfonso Ortíz

Uno de los motivos de oposición al cobro ejecutivo de las deudas es la falta de notificación reglamentaria de la misma. Por eso hay que analizar las razones por las que la Administración que no te pudo notificar las multas con anterioridad, y que medio utilizó para ello. (Recuerda que el sistema de notificación a través de los Boletines Oficiales sólo está permitido de forma excepcionalísima cuando no haya sido posible localizarte por otros medios). También podría estar prescrita la deuda por la paralización del expediente por un tiempo superior a un año.

Quería saber si es cierto que el margen de error es diferente entre un radar fijo y uno móvil a efectos de calcular el importe de la sanción. El caso es que a mí me sancionaron con un radar móvil y la sanción impuesta fue de 300 euros y 2 puntos. Con los datos que figuran en la foto, si se descuenta el 7% de error solo tendría que pagar 100 euros y sin pérdida de puntos. ¿Esto es así? Ramiro Mesta

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