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¿Es posible mantener una señal de obras cuando éstas ya han acabado?
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¿Es posible mantener una señal de obras cuando éstas ya han acabado?

Hace unos días me llegó una multa por circular a 75 km/h en un tramo con señal de limitación de 50. Es una carretera donde el límite es de 90, pero...

Hace unos días me llegó una multa por circular a 75 km/h en un tramo con señal de limitación de 50. Es una carretera donde el límite es de 90, pero efectivamente hay un tramo donde hay una señal de limitación por obras que marca 50. El problema es que esa señal lleva más de un año desde que no hay obras y nadie la ha quitado, y parece evidente que sólo está por afán recaudatorio. ¿Es posible que se pueda mantener una señal de ese tipo sin obras por tiempo indefinido y multar cuando no se dan esas circunstancias desde hace tanto tiempo?. Por otro lado la denuncia me dice que identifique al conductor ya que no me pararon por estar multando a otros; algo totalmente falso porque no hay espacio para parar a nadie y sólo para un radar móvil. ¿Es recurrible?¿Cuánto puede ser la sanción? Pedro José Aldavero

El radar tiene que saltar a partir del límite de velocidad que exista en cada momento en la vía. En AEA hemos detectado casos en los que la medición efectuada no correspondía con la límitación existente por una falta de coordinación entre el titular de la vía (por ej. el Ministerio de Fomento) que era el responsable de la señalización, y la DGT que es responsable de la vigilancia y el control de las infracciones. Por supuesto las denuncias formuladas en estas circunstancias son nulas. En la pasada reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, en vigor desde el pasado 24/5/10, se quiso llamar la atención sobre este asunto incluyendo en su disposición adicional decimosexta la obligación del titular de la vía de comunicar a las autoridades de tráfico competentes, con una antelación mínima de un mes, los cambios que realice en las limitaciones de velocidad, que si bien es una previsión más bien voluntarista ya que no determina ninguna consecuencia en caso de incumplimiento, no deja de ser una garantía más a tener en cuenta por los titulares de la vías. Respecto del importe de la sanción la DGT te va a querer aplicar una multa de 300 € y 2 puntos, pero realmente la sanción correcta es de 100 € sin puntos.

Me multan por superar en 3 minutos el límite de carga y descarga

En toda España se han ido ampliando las zonas de carga y descarga. A mí me han sancionado en una zona reservada de 8h a 20h de lunes a viernes.
Al comenzar el verano, un lunes retiré el vehículo de esa zona a las 8:03 y pensé que me había "librado" de la multa, pero no. A las pocas semanas recibí la correspondiente notificación de infracción. En la multa pone las 8.05. ¿Hay algún resquicio legal para dudar de la hora en que se tomó la fotografía. ¿deben estos aparatos instalados en los coches con cámara pasar alguna homologación o ITV? ¿Es la hora que marcan la hora exacta o hay algún margen que deben descontar, al estilo de las multas de velocidad? J. M
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Si la denuncia no está formulada por un agente de la autoridad, el medio de prueba que se aporte tiene que tener acreditado que se ha obtenido por un medio técnico que cumple con los requisitos determinados en la Ley de Metrología, siempre que se trate de aparatos que sirven para medir, pesar o contar. En este caso se está midiendo el tiempo, y tiene que acreditarse por parte del ayuntamiento su correcto funcionamiento.

Hace unos días me llegó una multa por circular a 75 km/h en un tramo con señal de limitación de 50. Es una carretera donde el límite es de 90, pero efectivamente hay un tramo donde hay una señal de limitación por obras que marca 50. El problema es que esa señal lleva más de un año desde que no hay obras y nadie la ha quitado, y parece evidente que sólo está por afán recaudatorio. ¿Es posible que se pueda mantener una señal de ese tipo sin obras por tiempo indefinido y multar cuando no se dan esas circunstancias desde hace tanto tiempo?. Por otro lado la denuncia me dice que identifique al conductor ya que no me pararon por estar multando a otros; algo totalmente falso porque no hay espacio para parar a nadie y sólo para un radar móvil. ¿Es recurrible?¿Cuánto puede ser la sanción? Pedro José Aldavero