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Me multaron por no llevar el cinturón pero no me pararon, ¿puedo recurrir la sanción?
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Me multaron por no llevar el cinturón pero no me pararon, ¿puedo recurrir la sanción?

Me han multado por conducir sin cinturón de seguridad, pero pone en el boletín que no me pararon por no obstruir el tráfico. Yo no sé

Me han multado por conducir sin cinturón de seguridad, pero pone en el boletín que no me pararon por no obstruir el tráfico. Yo no sé si es verdad o les pareció a ellos, pues lo dudo porque me lo suelo poner siempre. ¿Se puede pedir alguna prueba de la supuesta infracción? ¿Es recurrible o la pago para que me cueste la mitad? Tito Loma

En nuestra opinión es recurrible pero la decisión de pagar con descuento sólo la puedes tomar tú porque es tu dinero. Lo que si te podemos informar es que de acuerdo con el Art. 76 de la LSV esa no es una causa que justifique la no detención y denuncia al presunto infractor en el momento de producirse la infracción.

¿Cuándo empieza a contar el plazo para recuperar los puntos?

En Mayo de 2013 me pusieron una multa con pérdida de 4 puntos que recurrí. El recurso todavía está en proceso ya que es la segunda vez que lo presentó. Y mi pregunta es ¿Desde qué momento se contabiliza el tiempo para devolver la totalidad de los puntos a los 2 años: desde el día en el que se cometió la infracción o desde el momento en el que se finaliza el recurso y se emite una decisión final? Rocío Rada

Desde que la sanción adquiere firmeza en vía administrativa (es decir, cuando ya no caben más recursos en vía administrativa), y la sanción se anota en el registro de conductores e infractores de la DGT. Como nos dices que has recurrido 2 veces seguramente no sabrás identificar si se ha agotado ya la vía administrativa, por lo que fíjate si ya te han resuelto un recurso que se llama de “alzada”. Si es así, ya no cabrían más recursos administrativos sino que tendrías que ir a los tribunales. A partir de ahí se computarían los plazos.

Me han multado por conducir sin cinturón de seguridad, pero pone en el boletín que no me pararon por no obstruir el tráfico. Yo no sé si es verdad o les pareció a ellos, pues lo dudo porque me lo suelo poner siempre. ¿Se puede pedir alguna prueba de la supuesta infracción? ¿Es recurrible o la pago para que me cueste la mitad? Tito Loma