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¿Tienen los ciclistas preferencia en las rotondas?
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¿Tienen los ciclistas preferencia en las rotondas?

En las últimas semanas he visto en varias ocasiones a ciclistas que al entrar en una rotonda ni siquiera miran si viene un coche que ya

En las últimas semanas he visto en varias ocasiones a ciclistas que al entrar en una rotonda ni siquiera miran si viene un coche que ya esté en el rotonda y que por ello creo que tiene preferencia En una ocasión hasta vi cómo se ponían a discutir y no se finalmente cómo acabó el tema. Bueno, solo querían preguntarles si realmente un ciclista tiene preferencia cuando entra en una rotonda, incluso frente a los coches que ya están dentro de la misma. ¿Hay cambios si entra a la rotonda por una calle o carretera normal o por un carril bici? Juan Núñez

El Art. 23.5 de la Ley de Seguridad Vial establece lo siguiente:

“Los conductores de bicicletas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos a motor:

a) Cuando circulen por un carril-bici, paso para ciclistas o arcén debidamente autorizado para uso exclusivo de conductores de bicicletas.

b) Cuando para entrar en otra vía el vehículo a motor gire a derecha o izquierda, en los supuestos permitidos, existiendo un ciclista en sus proximidades.

c) Cuando los conductores de bicicleta circulen en grupo, serán considerados como una única unidad móvil a los efectos de prioridad de paso. En circulación urbana se estará a lo dispuesto por la ordenanza municipal correspondiente.

En los demás casos serán aplicables las normas generales sobre prioridad de paso entre vehículos contenidas en esta Ley.”

Por tanto fuera de estos supuestos, las dos reglas que hay que respetar en la circulación por las rotondas son:

a) Que efectivamente, y salvo que haya una señal que indique lo contrario, tiene preferencia de paso el vehículo que circula por la rotonda respecto del que pretende acceder a ella; y

b) Que hay que aplicar la norma general sobre prioridad de paso cuando se cambia de carril, y por eso, en el caso de una rotonda con dos carriles, el que circula por el carril exterior tiene preferencia de paso sobre aquel que circulando por el interior quiere salir de la rotonda y tiene que invadir el carril exterior.

¿Pueden aparcar en la puerta de un garaje si no tiene el vado permanente?

Tengo un garaje debidamente señalizado como paso de vehículos pero no tengo puesta la señal de vado permanente del ayuntamiento. La razón es que en mi pueblo, bastante pequeño, no existe un servicio de grúa municipal y por ello creo que no tiene sentido pagar el vado. ¿Creen ustedes que se puede aparcar en esa plaza, en la puerta de mi garaje, por no tener la señal oficial? Teodoro López

El Art. 94, apartado f) de la Ley de Seguridad Vial prohíbe el estacionamiento “delante los vados señalizados correctamente”. Por tanto, lo único que exige la ley es que estén señalizados correctamente. El hecho que sea o no permanente no tiene relación con que exista un servicio de grúa municipal (ya que la retirada podría hacerse con una grúa privada siempre que la retirada la ordene un agente de la autoridad), sino a la tasa que cobre el ayuntamiento por la utilización privativa del espacio público. Recuerda que el vado no es una reserva de estacionamiento, es decir, no autoriza ni siquiera al titular a estacionar en ese lugar, sino que es un derecho a utilizar la acera para acceder a un inmueble.

En las últimas semanas he visto en varias ocasiones a ciclistas que al entrar en una rotonda ni siquiera miran si viene un coche que ya esté en el rotonda y que por ello creo que tiene preferencia En una ocasión hasta vi cómo se ponían a discutir y no se finalmente cómo acabó el tema. Bueno, solo querían preguntarles si realmente un ciclista tiene preferencia cuando entra en una rotonda, incluso frente a los coches que ya están dentro de la misma. ¿Hay cambios si entra a la rotonda por una calle o carretera normal o por un carril bici? Juan Núñez

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