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¿Se puede recurrir una multa con una foto en la que sólo se ve la matrícula?
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¿Se puede recurrir una multa con una foto en la que sólo se ve la matrícula?

Vivo en un pueblo de la costa malagueña en el que nunca ha habido radares dentro del pueblo, pero me ha llegado una multa de velocidad

Vivo en un pueblo de la costa malagueña en el que nunca ha habido radares dentro del pueblo, pero me ha llegado una multa de velocidad del ayuntamiento. He pedido la foto que demuestre la infracción y me han mandado una foto que no entiendo, porque todo lo que se ve es la matrícula de mi coche, pero lo que yo quería era saber dónde estaba tomada dicha foto. Y dice que iba a 78 km/h en una zona de 50 km/h. Y en la foto se dice la calle, que curiosamente es una zona con tres carriles. ¿Se puede recurrir al no poder identificar el vehículo y tampoco poder comprobar si circulaban otros coches a la vez? Mario Losada

Las denuncias por exceso de velocidad son objetivas y están rodeadas de una serie de garantías que deben ser observadas por la administración (radares homologados, revisiones periódicas cumplidas, aplicación de márgenes de error, etc. Pero además debe constar el documento fotográfico donde conste la velocidad y pueda ser identificado con claridad el vehículo. A nuestro juicio, en tu caso sí existen motivos suficientes para poder recurrir.

Me dan desfavorable la ITV por los neumáticos

He ido a pasar la ITV con mi coche, a la misma estación en la que lo he llevado ya en otras dos ocasiones. Las dos primeras veces me han dado la inspección como favorable y esta vez mi coche ha sido rechazado. La razón los neumáticos. Y me dicen que las medidas son correctas pero que no es correcto el código de velocidad de las mismas. La única solución que me dan es cambiar las cuatro ruedas. Lo que no entiendo es ¿cómo pude pasar la ITV con estas mismas ruedas en dos ocasiones y esta vez no? Y la segunda, ¿qué más da el código de velocidad si solo se puede circular a un máximo de 120 km/h. ¿Para qué hay que llevar ruedas con código de 180 km/h o de 200 o d 250 km/h. Es absurdo. G. P:

Vivo en un pueblo de la costa malagueña en el que nunca ha habido radares dentro del pueblo, pero me ha llegado una multa de velocidad del ayuntamiento. He pedido la foto que demuestre la infracción y me han mandado una foto que no entiendo, porque todo lo que se ve es la matrícula de mi coche, pero lo que yo quería era saber dónde estaba tomada dicha foto. Y dice que iba a 78 km/h en una zona de 50 km/h. Y en la foto se dice la calle, que curiosamente es una zona con tres carriles. ¿Se puede recurrir al no poder identificar el vehículo y tampoco poder comprobar si circulaban otros coches a la vez? Mario Losada

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