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¿Cuál es la multa por aparcar en carga y descarga?
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¿Cuál es la multa por aparcar en carga y descarga?

Me sancionaron con una multa de 200 euros por estacionar en zona de carga y descarga. La calificación dada por el agente fue de grave, pero

Me sancionaron con una multa de 200 euros por estacionar en zona de carga y descarga. La calificación dada por el agente fue de grave, pero he comprobado que esta infracción se califica como leve en cuyo caso debería ser de 100 euros y no los 200 que me imponen a mí. Me pueden decir si realmente es como yo digo para poder recurrir esta sanción. Entiendo que no se puede decir que "se obstruye gravemente la circulación" porque al estar en una zona de aparcamiento no se obstruye la circulación. Pedro Sanz

Teóricamente, la reforma de la Ley de Seguridad Vial se aprobó para evitar que un mismo hecho se sancionara de distinta manera dependiendo del lugar donde se cometía la infracción. Sin embargo esto no ha sido así y te puedes encontrar con ayuntamientos que consideran este hecho como infracción grave, siendo sancionada con multa de 200 €, (por ej. Granada, Vigo, Valencia, etc ) y otros que lo consideran leve imponiendo una sanción de hasta 100 € (por ej. Madrid). Desgraciadamente en materia de sanciones, España es un reino de Taifas.

Señalización de las prohibiciones

Soy conductor de moto en ciudad. Pero se da el caso que no tengo muy claro cómo debo aparcar en una zona muy próxima a mi domicilio. El caso es que en el suelo hay plazas marcadas que indica “motos”, pero no hay ninguna señal vertical que indique que es un aparcamiento para motocicletas. ¿Pueden multarme por aparcar en esa plaza por no existir la señal vertical que lo permite?

Solo te podrán multar siempre que esté correctamente señalizada la prohibición mediante la oportuna marca vial. Como creemos te puede resultar de utilidad te recordamos los distintos tipos de señales que te puedes encontrar y el orden de prioridad entre ellos que debes respetar: 1º) Señales y órdenes de los agentes de circulación; 2º) Señalización circunstancial que modifique el régimen normal de utilización de la vía y señales de balizamiento fijo; 3º) Semáforos; 4º) Señales verticales de circulación, y 5º) Marcas viales.

Me sancionaron con una multa de 200 euros por estacionar en zona de carga y descarga. La calificación dada por el agente fue de grave, pero he comprobado que esta infracción se califica como leve en cuyo caso debería ser de 100 euros y no los 200 que me imponen a mí. Me pueden decir si realmente es como yo digo para poder recurrir esta sanción. Entiendo que no se puede decir que "se obstruye gravemente la circulación" porque al estar en una zona de aparcamiento no se obstruye la circulación. Pedro Sanz

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