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¿Debo pagar el triple de la multa si no me la han comunicado?
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¿Debo pagar el triple de la multa si no me la han comunicado?

Recibo en mi domicilio una carta de la DGT, en la que se me comunica una multa de 1200 euros por "no facilitar el titular que

Recibo en mi domicilio una carta de la DGT, en la que se me comunica una multa de 1200 euros por "no facilitar el titular que conducía el vehículo, tras comunicarlo de forma fehaciente". En mi domicilio no he recibido ninguna carta ni comunicación informando de que me habían multado y que debía indicar el nombre del conductor. ¿Debo pagar la sanción de 1200 euros, el triple de la multa original, si no tengo constancia de la multa puesta hace unos 5 meses, según parece? Eduardo García Tena

En este caso, puede presentar un escrito de alegaciones indicando que es la primera notificación que recibe, que no tenía constancia de notificaciones previas y que desconocía que había sido denunciado. Tendría que facilitar los datos del conductor y solicitar retrotraer el expediente para que le notificaran la denuncia originaria anulando la multa por no identificar al conductor, que es la que está en vigor.

¿Puedo aparcar si no hay placa de vado en un garaje?

Hola, vivo en Sevilla y tengo dos dudas: - Hay entradas de garajes que tienen un rebaje en la acera y en las líneas pintadas en el asfalto que delimitan las zonas de aparcamiento hay un hueco que coincide con la puerta. No tiene placa de vado ni placas verticales de prohibido estacionar (R-308). ¿puedo aparcar en la puerta de ese garaje? - Otro caso es que veo muchos garajes con las mismas características que los anteriores pero con placas de vado que ya están en desuso, son placas anteriores a la unificación de dicha placa a nivel nacional por la señal R-308e. ¿puedo estacionar en la puerta de dicho garaje? Rafael Fernández Cordero

En primer lugar, si en esa zona existe una línea amarilla continua no se puede estacionar ni parar. Aquí no hace falta examinar la existencia o no de vado, y no habría duda.

Si un coche está obstaculizando la entrada o salida de un garaje sin vado, legalmente no habría obligación de retirarlo. Y es que precisamente el pago de la tasa de vado faculta a sus usuarios para exigir de las autoridades policiales la retirada de vehículos que obstruyan la normal entrada y salida de vehículos en ese garaje.

Por lo tanto en líneas generales, si un garaje no tiene vado, a efectos municipales no es un garaje. Por supuesto en la práctica dependerá de la interpretación que le dé el agente de la autoridad en cuestión.

Lo más recomendable es que, ante la posibilidad de estacionar delante de un garaje sin vado, lo mejor es no hacerlo, sobre todo por las tensiones que se pueden producir en el momento en el que el usuario del garaje quiera sacar su coche.

Por otro lado, la Ordenanza Fiscal de la Tasa de Entrada de Vehículos aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Sevilla para el ejercicio 2010, estableció un proceso de regularización del modelo de placa de vado para adaptarla a la legislación vigente en materia de señalización de tráfico (Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, señal R-308 e). Para ello, la Agencia Tributaria de Sevilla está procediendo a la entrega directa de la placa reglamentaria a los titulares de la Tasa.

Recibo en mi domicilio una carta de la DGT, en la que se me comunica una multa de 1200 euros por "no facilitar el titular que conducía el vehículo, tras comunicarlo de forma fehaciente". En mi domicilio no he recibido ninguna carta ni comunicación informando de que me habían multado y que debía indicar el nombre del conductor. ¿Debo pagar la sanción de 1200 euros, el triple de la multa original, si no tengo constancia de la multa puesta hace unos 5 meses, según parece? Eduardo García Tena

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