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¿Cuál es la multa por rodar a 72 km/h en una zona de 50 km/h?
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¿Cuál es la multa por rodar a 72 km/h en una zona de 50 km/h?

Recibí una notificación de inicio de procedimiento sancionador, por un importe de 300€ y la retirada de 2 puntos en la autorización para conducir, por circular a una velocidad de 72 km/h en una zona...

Recibí una notificación de inicio de procedimiento sancionador, por un importe de 300€ y la retirada de dos puntos en la autorización para conducir, por circular a una velocidad de 72 km/h en una zona donde esta estaba limitada a 50 km/h. Se trata de una radar fijo cuyo ensayo de verificación se ajusta a la normativa vigente, a saber, a la Orden ITC/3123/2010. Mis preguntas son dos. ¿El margen de error que se aplica es de 3km/h o de 5km/h? Y en la redacción de la sanción se alude a que ya "se ha tenido en cuenta la desviación que consta en el certificado" (3 km/h). Pero, ¿el margen de error se aplica sobre la velocidad que aparece en la imagen del radar (72 km/h)? ¿O esta velocidad es ya el resultado de haber aplicado el margen de error correspondiente? El caso es que recurrí por este motivo y me ha llegado una resolución sancionadora. César G.B.

Deberíamos saber qué órgano sancionador le remite la multa para saber si el margen de error está aplicado a la velocidad medida por el cinemómetro. Con carácter general, en las denuncias de las diferentes jefaturas de tráfico, el margen de error está incluido en el aparato antes de la medición, por lo que en la velocidad medida ya estaría descontado. Es decir, Ud. circulaba a una velocidad superior a 72 km/h, pero aplicado el margen de error se quedaría en 72. Otras administraciones públicas, como por ejemplo algunos ayuntamientos, aplican el margen de error después de medir la velocidad, por lo que habría que descontarlo a la velocidad que se mida. El margen de error para un radar fijo midiendo una velocidad inferior a 100 kilómetros/hora sería de 4 kilómetros en caso que el radar se encuentre después de reparación o modificación y de 5 kilómetros en caso que se encontrara en situación de verificación periódica (este es el caso más habitual). El margen de 3 km/hora corresponde al aparato en situación de verificación, que es el que le han aplicado, por lo que debería comprobar si se trata de este estado.

¿Cómo se regula la altura de los badenes?

Mi consulta es sobre los badenes. Yo vivo en Bizkaia y quiero saber si la orden FOM/3053/2008, de 23 de septiembre, es aplicable a mi provincia. Y si no lo es, ¿quién es el que regula la altura, la anchura, etc. de los badenes de mi provincia? Iñaki Urrutia Lavin

Recibí una notificación de inicio de procedimiento sancionador, por un importe de 300€ y la retirada de dos puntos en la autorización para conducir, por circular a una velocidad de 72 km/h en una zona donde esta estaba limitada a 50 km/h. Se trata de una radar fijo cuyo ensayo de verificación se ajusta a la normativa vigente, a saber, a la Orden ITC/3123/2010. Mis preguntas son dos. ¿El margen de error que se aplica es de 3km/h o de 5km/h? Y en la redacción de la sanción se alude a que ya "se ha tenido en cuenta la desviación que consta en el certificado" (3 km/h). Pero, ¿el margen de error se aplica sobre la velocidad que aparece en la imagen del radar (72 km/h)? ¿O esta velocidad es ya el resultado de haber aplicado el margen de error correspondiente? El caso es que recurrí por este motivo y me ha llegado una resolución sancionadora. César G.B.

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