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¿El cinturón de seguridad es obligatorio en autobuses de transporte escolar?
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¿El cinturón de seguridad es obligatorio en autobuses de transporte escolar?

La compañía que transporta a mis hijos al colegio afirma que pueden llevarles sin o con cinturones de dos puntos porque se lo permite la ley. La he leído y dice que obligatoriamente deben emplear un SRI

La compañía que transporta a mis hijos al colegio afirma que pueden llevarles sin o con cinturones de dos puntos porque se lo permite la ley. La he leído y dice que obligatoriamente deben emplear un SRI homologado, pero que si no se puedeno tienen obligación de hacerlo. He visto en medios de comunicación que ha salido ya un SRI homologado para autobuses por el reglamento R44.04. ¿Puedo entonces exigir que mis hijos viajen con un SRI homologado? ¿Puede negarse la compañía? Si es así ¿podría denunciarlo? Lorena Saez

Así como es obligatorio en los turismos, sin embargo en los autobuses no lo es. En el Reglamento General de Circulación no se establece nada para los menores de tres años; para aquellos que sean mayores de dicha edad, recoge la posibilidad de la utilización de cinturón de seguridad u otro sistema de retención infantil homologado.

¿Hay límite de velocidad en un carril-bici?

¿Está limitada la velocidad en un carril bici de manera genérica si no se indica ningún límite concreto? ¿Está prohibido circular por la carretera allí donde hay carril bici? ¿Y si el carril bici tiene límite de velocidad? Antonio Puech.

Las bicicletas pueden usar el conjunto de calzadas de las ciudades, con aquellas limitaciones que se establezcan con carácter general en la normativa o específicamente en la señalización. Asimismo cuando se use la bicicleta puede ser tanto en carril bici como por calzada.

La compañía que transporta a mis hijos al colegio afirma que pueden llevarles sin o con cinturones de dos puntos porque se lo permite la ley. La he leído y dice que obligatoriamente deben emplear un SRI homologado, pero que si no se puedeno tienen obligación de hacerlo. He visto en medios de comunicación que ha salido ya un SRI homologado para autobuses por el reglamento R44.04. ¿Puedo entonces exigir que mis hijos viajen con un SRI homologado? ¿Puede negarse la compañía? Si es así ¿podría denunciarlo? Lorena Saez

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