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¿Tengo que demostrar que llevaba puesto el cinturón de seguridad?
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¿Tengo que demostrar que llevaba puesto el cinturón de seguridad?

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Me ha llegado una multa por no usar cinturón, cuando siempre lo llevo. Nadie me advirtió ni nadie me paró. No hay foto. De cara a un recurso, ¿tienen que ser ellos los que tienen que demostrar que no lo llevaba o de qué forma puedo alegar que es un error o se han confundido de vehículo? Juan Fernández.

El plazo para hacer alegaciones es de 20 días desde que recibió la denuncia. En ocasiones, lo primero que recibe no es la denuncia sino un requerimiento para identificar al conductor. Si ha recibido el requerimiento, todavía no se pueden hacer alegaciones. Debe identificar al conductor y posteriormente (cuando le llegue la denuncia) hacerlas o pagar con descuento (ambas cosas no es posible).

Efectivamente, en las alegaciones se puede negar que circulara sin cinturón, manifestando que fue un error. En este tipo de infracciones, que son de mera observación, no es necesario que haya fotografía pues se trata de la palabra del agente denunciante contra la palabra del conductor (normalmente ni el uno ni el otro tiene más pruebas que su declaración). Lo que sí ha de constar en la denuncia es el motivo por el que no le notificaron la denuncia en el momento. Si no constara ese aspecto, debería incluirse en las alegaciones.

¿Tienen que pagarme el taxi por no poder sacar mi coche por una doble fila?

El otro día tuve que hacer uso de un servicio de taxi para un desplazamiento de 22 kilómetros al puesto de trabajo como consecuencia de un vehículo en doble fila. Dejé en el lugar de los hechos a la Policía Local formulando las diligencias, ¿debe el departamento jurídico de mi compañía efectuar la reclamación de esa cantidad? ¿Qué se hace en estos casos? No consideraría justo que de la infracción de otro conductor tenga que responsabilizarme yo y me tenga que suponer un perjuicio económico. Francisco Godoy

Ignoramos si su compañía de seguros se hace cargo de este tipo de reclamaciones. Lo normal es que sea un evento no cubierto pues la imposibilidad de utilizar su vehículo no fue ni por avería ni por accidente. No obstante, deberá consultar a dicha compañía en concreto.

A nuestro modo de ver la responsabilidad del gasto por usted asumido sería de la persona que estacionó su vehículo incorrectamente impidiendo su salida. Será a esta persona a la que deberá reclamar el gasto que asumió por vía judicial como consecuencia de su actuación directa.

Me ha llegado una multa por no usar cinturón, cuando siempre lo llevo. Nadie me advirtió ni nadie me paró. No hay foto. De cara a un recurso, ¿tienen que ser ellos los que tienen que demostrar que no lo llevaba o de qué forma puedo alegar que es un error o se han confundido de vehículo? Juan Fernández.

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