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La dudosa legalidad del copago en los colegios concertados
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La dudosa legalidad del copago en los colegios concertados

Los argumentos del ahorro para la Administración y la libertad de elección de centro por parte de las familias son falsos

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Me parece de justicia reconocer que la fórmula de subvencionar a determinados colegios creando el modelo concertado, tal y como se concibió en los años ochenta con la LODE (Ley Orgánica del Derecho a la Educación), permitió que la educación obligatoria gratuita pudiera alcanzar a toda la población española. Tampoco se puede dejar de resaltar que el papel que han jugado los centros concertados (mayoritariamente de congregaciones religiosas católicas)durante casi tres décadas: hacontribuido de manera decisiva a la mejora del nivel educativo en España. Gracias a este modelo privado de iniciativa social, que ha complementado una enseñanza pública bastante mejor de lo que se quiere hacer ver, se había logrado situar a nuestro país entre los mejores de la OCDE en lo que a equidad del sistema educativo se refiere.

Situación que, en lo relativo a las matemáticas, mantiene todavía un buen nivel. Según informe al respecto del Instituto Nacional Evaluación Educativa con datos de PISA 2012, “el ESCS (indicador del nivel socioeconómico y cultural de las familias de los alumnos evaluados en PISA) sitúa al sistema educativo español en matemáticas entre los más equitativos de la OCDE, próximo a los de Noruega o Finlandia y más equitativo que, entre otros, los de Corea del Sur, Japón, Suiza o Países Bajos”. Sin embargo, resulta preocupante que el índice de equidad general haya disminuido desde 2009, situándose en 2012 por debajo de media de la OCDE.

El paso del tiempo, determinadas modificaciones legislativas y fundamentalmente la permisividad de las Administraciones Públicas competentes en cuanto al cobro de todo tipo de cuotas a las familias que llevan a sus hijos a los centros concertados están convirtiendo (en muchos casos) este modelo en una fórmula evidente de copago en la educación sostenida con fondos públicos. Y como consecuencia, se están minimizando las principales ventajas de este modelo y perjudicando, de paso, la bien ganada reputación de aquellos colegios que realmente cumplen con su misión de prestar un servicio educativo de iniciativa social, de calidad y sin afán lucrativo.

La Comunidad de Madrid ha sido especialmente activa durante sus tres últimas legislaturas, fomentando un nuevo modelo de colegio concertado que permite el pago de cuotas de importante cuantía y diferente naturaleza por parte de las familias.

Es inadmisible que se consienta y se favorezca que la enseñanza concertada se convierta en un negocio para operadores privados subvencionados

Otras comunidades autónomas, pero esta vez de signo nacionalista, ya vienen recogiendo desde hace bastantes años los réditos político-lingüísticos que suponen la aplicación de una receta parecida (País Vasco y Cataluña). Entre las consecuencias de la aplicación de esta fórmula estála progresiva desaparición de la iniciativa educativa privada independiente, de currículo español. Aunque quizá más importante sea la instauraciónde factodel copago en una educación supuestamente gratuita.

De esta manera se está limitando el acceso a estos colegios a muchos alumnos cuyas familias se encuentran dentro del sector socio-económico más desfavorecido. Por más que se insista en que existe libertad de elección de centro (incluso con campañas publicitarias) y en que estos pagos no son obligatorios, la realidad es que muchas familias desconocen que esas cuotas son voluntarias. La mayoría de las familias no conocen su derecho a la educación gratuita en los colegios concertados y las que conocen sus derechos no tienen, en algunos centros, opción real de no pagarlas sin alguna merma en la calidad del servicio recibido, llegándose a privar a los alumnos de cuestiones imprescindibles dentro de una educación de calidad, como pueden ser los refuerzos educativos o la atención y orientación psicopedagógica.

Por mucho que se pretenda negar, la LOMCE supone un ejemplo tan reciente como constatable de apoyo decidido a este modelo de financiación de la educación, que atrae por su alta rentabilidad a empresarios de diversa índole. Las modificaciones de la nueva ley tienen unos importantes efectos colaterales para la sociedad que desequilibran la libre competencia y pretenden varias cosas.

Por un lado, blindar varios años de financiación estatal a centros de titularidad privada ampliando la vigencia del concierto de los centros con el Estado. Por otro, garantizar la financiación pública para la educación diferenciada por sexos (modelo perfectamente válido y tan respetable como cualquier otro, pero cuando menos discutible que tenga que ser financiado con fondos públicos). También se añade como novedad el dar una mayor cobertura legal a la cesión de suelo público para la creación de centros concertados, que además disfrutan de exenciones de tributos como el IBI y otras tasas municipales. Y finalmente, la nueva ley ha logrado recortar los poderes y las atribuciones del Consejo Escolar del centro (fundamentalmente a familias y trabajadores) en favor de su titular privado.

En el actual modelo de copago, la libertad de elección para las familias no es tal: existe sólo para los que puedan pagarla

Entre los argumentos utilizados para tan decidida apuesta en beneficio de este modelo de financiación de la enseñanza están el menor coste para la Administración y la libertad de elección de centro por parte de las familias.

A primera vista pueden parecer motivos razonables. Pero un análisis medianamente reflexivorevela, en primer lugar, que el menor coste que supone para la Administración lo es precisamente porque existe un auténtico copago por parte de las familias. Luego el coste total es prácticamente el mismo, lo que ocurre es que se paga ‘a medias’. Lo cierto es que es mucho mayor –en términos relativos– el ahorro que para el Estado supone la enseñanza realmente privada independiente, que no está subvencionada con dinero público. En segundo lugar, como ya se ha citado, el argumento de la libertad de elección de colegio para las familias no es verdad, ya que en realidad no existe para todas. En muchos casos por falta de recursos económicos, y en otros porque no consiguen plaza y tienen que conformarse con una segunda o tercera opción que no les gusta. La libertad es pues para los que la pueden pagar y los que no tienen esos recursos no pueden ejercerla.

La Constitución Española otorga el derecho a los centros privados a ser sostenidos con fondos públicos si reúnen los requisitos que la ley establezca (artículo 27.9), pero les exige claramente su sometimiento a las servidumbres impuestas por la ley. Y en este sentido, aunque se hayan ido suavizando intencionadamente esas servidumbres, la ley sigue siendo taxativa, tanto para las Administraciones responsables como para los propios centros: “En los centros concertados, las actividades escolares complementarias y las extraescolares y los servicios escolares no podrán tener carácter lucrativo. El cobro de cualquier cantidad a los alumnos en concepto de actividades escolares complementarias deberá ser autorizado por la Administración educativa correspondiente” (Art. 51.2 de la LODE, aún en vigor, con las modificaciones de la LOE y la LOMCE).

La educación, al igual que la sanidad, es un servicio esencial que el Estado tiene la obligación de prestar de manera gratuita a todos los ciudadanos. ¿Alguien se puede imaginar que en la prestación pública de la sanidad mediante gestión privada se cobre a los pacientes las radiografías, los análisis clínicos o cualquier tipo de prueba médica? Evidentemente, no. Habiéndose pues descartado por el momento el copago en la sanidad, no parece demasiado lógico permitirlo en la prestación de la educación obligatoria. Sin embargo, los cobros por los refuerzos en asignaturas curriculares fundamentales, o por actividades escolares complementarias dentro del horario escolar, o por la mera existencia del departamento de orientación están a la orden del día en muchos centros concertados.

Es inadmisible que se consienta e incluso se favorezca que la enseñanza concertada se pueda convertir en un negocio para operadores privados subvencionados. Y menos aún que se pueda transformar en un instrumento político para satisfacer a determinados ciudadanos en detrimento de otros.

Es el momento de pensar en nuevas formas de financiación que garanticen el pluralismo educativo que se desprende de la Constitución

No se comprende que, siendo dos prestaciones públicas esenciales, el servicio sanitario público prestado por un operador privado no le suponga ningún coste al ciudadano y sin embargo la prestación educativa obligatoria, ofrecida por un centro de titularidad privada sostenido con fondos públicos, sí suponga un coste para las familias.

Es el momento de pensar en nuevas formas de financiación que se adapten mejor a la actual sociedad españolapara garantizar el pluralismo educativo que se desprende de la Constitución. Imitar de alguna forma el modelo de gestión privada de la sanidad pública, en la que, por ejemplo, el Estado pague al prestador del servicio por cada alumno matriculado, sin que la familia tenga que pagar nada, podría ser una buena línea. Y otra, nada desdeñable, sería la ayuda directa a las familias que escolarizan a sus hijos en centros privados. Ambas fórmulas sí estarían alineadas con una mayor libertad de elección de centro por parte de las familias.

Resulta evidente la deriva que el concierto educativo ha experimentado en los últimos años en varias comunidades autónomas consintiendo el lucro de sus titulares. Por diferentes motivos y posiblemente con diferentes intenciones, lo cierto es que se ha llegado a la instauración del copago en una educación sostenida con fondos públicos, permitiendo que parte de la enseñanza concertada se convierta en un negocio. Y como lamentable consecuencia, recientemente conocida por la opinión pública, que haya provocado sonados casos de corrupción.

La revisión urgente de este modelo necesita, como mínimo, que se garantice un control de los cobros que se pudieran realizar, que permita el conocimiento de su destino y que se circunscriba únicamente a entidades sin ánimo de lucro. La sociedad está pidiendo transparencia, gestión eficiente de los recursos públicos e igualdad de oportunidades para todos. No se puede dejar pasar más tiempo sin ponerse a ello.

*Gabriel Castellano es presidente de CICAE (Círculo de Calidad Educativa)

Me parece de justicia reconocer que la fórmula de subvencionar a determinados colegios creando el modelo concertado, tal y como se concibió en los años ochenta con la LODE (Ley Orgánica del Derecho a la Educación), permitió que la educación obligatoria gratuita pudiera alcanzar a toda la población española. Tampoco se puede dejar de resaltar que el papel que han jugado los centros concertados (mayoritariamente de congregaciones religiosas católicas)durante casi tres décadas: hacontribuido de manera decisiva a la mejora del nivel educativo en España. Gracias a este modelo privado de iniciativa social, que ha complementado una enseñanza pública bastante mejor de lo que se quiere hacer ver, se había logrado situar a nuestro país entre los mejores de la OCDE en lo que a equidad del sistema educativo se refiere.

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