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Mi vecino ha alquilado su casa a un pareja, pero creo que la han subarrendado

Mi vecino de al lado alquiló su casa a una pareja. En la vivienda no para de entrar y salir gente. Me temo que además de esa pareja, en la vivienda vive más gente. ¿Qué puedo hacer?

Mi vecino ha alquilado su casa a un pareja, pero creo que la han subarrendado. (Foto: Corbis)

Mi vecino de al lado alquiló su casa a una pareja. En la vivienda no para de entrar y salir gente. Me temo que además de esa pareja, en la vivienda vive más gente. ¿Qué puedo hacer?¿Debería avisar al casero? Tanto entrar y salir gente resulta muy molesto.

Según el art. 7 nº 2 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), al propietario y al ocupante (entiéndase en este caso, los arrendatarios que actualmente lo ocupan) del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas o peligrosas.

En el propio artículo 7 de la LPH, se articula un procedimiento judicial para el caso de que el propietario, o en su caso el ocupante-arrendatario, contravenga dicha disposición que puede llevar aparejada si se obtiene una sentencia estimatoria la privación del uso de la vivienda hasta un plazo de tres años y para el arrendatario, la resolución de su contrato de arrendamiento.

En consecuencia, le recomendaría que hablara con el propietario de la vivienda sobre la molesta conducta de sus vecinos, ya que es él quien les ha arrendado la vivienda y quien debe responsabilizarse de su comportamiento. Posteriormente, si esta medida no surtiera efecto, debería poner en conocimiento del presidente de la comunidad la situación para que si lo considera oportuno convoque junta general de propietarios para plantear la situación y adoptar, si procede, el acuerdo relativo al ejercicio de la acción de cesación a que se refiere el art. 7 de la LPH.

Problemas para hacer frente a una derrama

El edificio en el que vivo acaba de pasar la ITE y nos dicen que tenemos que cambiar toda la instalación eléctrica, lo que se traducirá en una derrama. Mi situación económica es muy delicada y ahora mismo no podría hacer frente a ella. ¿Qué puedo hacer?

Como propietaria de una vivienda integrada en un edificio sometido al régimen de propiedad horizontal, usted está obligada a contribuir a los gastos de mantenimiento del edificio, según lo dispuesto en los artículos 9, e) y 10 de la LPH: "Son obligación de cada propietario:...e) Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización" (art. 9, e) LPH).

Por su parte, el art. 10 LPH en su nº 1, apartado a) señala que: "Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las administraciones públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones: a) Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal...".

La instalación eléctrica puede considerar una obra de conservación para satisfacer los requisitos de seguridad y habitabilidad del inmueble.

A la vista de lo anterior, usted debe contribuir a ese gasto. Otra cuestión es que usted pueda contactar con el presidente de la comunidad o con el administrador, con el fin de que puedan acordar una forma de pago más flexible a la vista de su situación económica.

*Pilar Morgado Freige, socia 'of counsel' de VAbogados, para idealista.com/news.

Si tiene alguna duda sobre la consulta resuelta y quiere más información, puede escribir un correo electrónico a: redaccion@idealista.com.

Puede enviar sus dudas al consultorio en este enlace.

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