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Cuando renueve el alquiler, ¿hay que hacer un contrato nuevo si sube la renta?

Tengo una vivienda alquilada, con un contrato que se renueva anualmente, y he pactado con el inquilino incrementar la renta mensual en 50 euros. ¿Tengo que hacer un contrato nuevo?

Cuando renueve el alquiler, ¿hay que hacer un contrato nuevo si sube la renta? (iStock)

Tengo una vivienda alquilada, con un contrato que se renueva anualmente, y he pactado con el inquilino incrementar la renta mensual en 50 euros. ¿Tengo que hacer un contrato nuevo o vale con hacer una adenda al contrato que tenemos actualmente?

Son varias las modificaciones por las que pueden verse afectados los contratos de alquiler, siendo algunas de ellas de tal trascendencia que implican la elaboración de un contrato nuevo, no pudiendo conservarse el anterior.

Sin embargo, si lo único que se pretende es el incremento de la renta pactado por arrendador y arrendatario, no viéndose afectada ninguna otra condición del contrato original, no será necesario un nuevo contrato.

El aumento de la renta podrá producirse en dos situaciones diferentes. Por un lado, cuando en el propio contrato de alquiler se haya pactado la actualización automática de la renta de manera anual según la variación del índice de precios de consumo u otros índices de referencia (lo que es bastante común), caso en el que sería suficiente con la notificación de una carta comunicando la subida de la renta al inquilino.

Por otro lado, cuando el aumento del alquiler se deba a un pacto expreso entre arrendador y arrendatario, no es suficiente con la mera comunicación, siendo necesaria la realización de un documento anexo al contrato de alquiler en el que se vea reflejado el importe pactado.

Dicho anexo no ha de tener una formalidad específica, pudiendo utilizarse cualquier modelo siempre y cuando refleje la identidad de las partes, la referencia al contrato de arrendamiento originario, el lugar y la fecha de la firma y las nuevas condiciones.

*Sara Benayas, abogada de Lean Abogados.

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