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Si vendo una casa heredada, ¿cómo me afectará en el IRPF?

Deseo vender próximamente una propiedad que recibí en herencia. Me gustaría saber cómo me afectará a nivel de IRPF si obtengo ganancias

Si vendo una casa heredada, ¿cómo me afectará al IRPF? (iStock)

Deseo vender próximamente una propiedad que recibí en herencia. En la escritura de aceptación de herencias, está valorada por 100.000 euros. Antes de fijar un precio de venta, me gustaría saber cómo me afectará en cuanto a IRPF si obtengo ganancias. En caso de ganancias, ¿me podría deducir la factura de la comisión de la agencia inmobiliaria?

La ganancia o pérdida patrimonial que se produzca en el momento en que usted lleve a cabo la venta de su propiedad tributa en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) y será computada al periodo impositivo en el que se produzca la venta, que tendrá que ser declarado en el año siguiente, de conformidad al artículo 14.1 c) de la Ley del IRPF.

Para el cálculo de esa ganancia patrimonial, como regla general, se aplica la diferencia entre el valor por el que se vende el inmueble más los gastos de la venta y el valor por el que se adquirió en el momento en que se heredó más los gastos de la adquisición.

El valor de adquisición, en este caso, sería el valor comprobado (o declarado) administrativamente a efectos de sucesiones y donaciones (en caso de herencia o donación), sin que pueda exceder del valor de mercado.

De esta forma, si se transmite el inmueble por un precio inferior al precio en el que se adquirió en el momento de la sucesión, no habría ganancia patrimonial y, en consecuencia, no se estaría en la obligación de abonar cantidad alguna.

En la declaración de la renta, puede el vendedor desgravarse las inversiones y gastos ocasionados con la compra: gastos de notaría, agente inmobiliario, plusvalía municipal, gasto de cédula de habitabilidad y certificado energético.

*Pablo Alesón y Roberto Santana, abogados de Lean Abogados.

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