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Tenemos un vecino moroso que siempre paga cuando le vamos a denunciar

Tenemos un vecino moroso. Siempre debe dinero a la comunidad —lo máximo que ha llegado a deber son 500 euros— y utiliza la misma treta cuando le vamos a denunciar

Tenemos un vecino moroso que siempre paga cuando le vamos a denunciar. (iStock)

Tenemos un vecino moroso. Siempre debe dinero a la comunidad lo máximo que ha llegado a deber son 500 euros. Siempre utiliza la misma treta, en cuanto le comunicamos que vamos a denunciarlo, abona la deuda, paga dos o tres meses, y vuelta a empezar. ¿Hay alguna manera de actuar contra él?

En numerosas comunidades de propietarios, algún vecino no paga el dinero que debe a la comunidad. Un primer efecto de este impago es la privación del derecho a voto en las juntas de propietarios hasta que no se pongan al corriente de pago.

Sí podrán asistir a las reuniones, pero no podrán ejercer su derecho de voto. La manera más efectiva para recuperar la deuda es:

1.- Aprobar la liquidación de la deuda en la junta ordinaria.

2. Reflejarlo por escrito en el acta de la junta de la comunidad de propietarios. Deberá contener: lugar, fecha, convocatoria, asistentes y acuerdos, debiendo ir firmada por el presidente, y si hay administrador, también deberá estar firmada por el mismo.

3.- Redactar el certificado-liquidación de deuda, la cual expresará la aprobación de la liquidación de deuda.

4.- Comunicárselo al vecino deudor para que proceda al pago de la deuda mediante acuse de recibo, burofax o incluso correo electrónico, advirtiéndole de que se trata de un requerimiento previo a demanda, para que en un determinado plazo proceda al pago de la cantidad reclamada, indicándole que si transcurre dicho plazo sin que se haya producido el pago, se producirá reclamación judicial.

Si el vecino deudor continuara sin pagar, podrá acudirse a vía judicial mediante un procedimiento monitorio que se tramitará ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar donde se halle el inmueble.

Tras presentar el escrito en el juzgado, el deudor recibirá un requerimiento de pago al que podrá oponerse. Solo será necesario llegar a juicio si el deudor se opone a pagar la cantidad reclamada. Pero si el vecino antes de denunciarle paga su deuda, no podemos hacer nada para actuar contra él porque finalmente acaba pagando.

*Ángel Romero Pérez y Sara Espada Vares, abogados de Lean Abogados.

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