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Voy a vender un piso heredado, ¿tendré que pagar la plusvalía municipal?

¿Cuándo se aplica la eliminación de la plusvalía municipal en la venta de viviendas? Estoy a punto de cerrar la venta de un piso heredado y no sé si es mejor esperar

Voy a vender un piso heredado, ¿tendré que pagar la plusvalía municipal? (iStock)

¿Cuándo se aplica la eliminación de la plusvalía municipal en la venta de viviendas? Estoy a punto de cerrar la venta de un piso herendado y no sé si es mejor esperar.

El impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), más conocido como plusvalía municipal, es un impuesto que, como su propio nombre indica, grava el incremento del valor en las transmisiones de terrenos urbanos.

Dichas transmisiones pueden producirse mediante negocios jurídicos 'inter vivos' (compraventas y donaciones) o 'mortis causa' (herencia o legado). La plusvalía es un impuesto cedido a los ayuntamientos, de forma que encontramos una legislación de ámbito estatal y otra municipal.

Concretamente, la Ley de Haciendas Locales regula en los artículos 104 a 110 los aspectos más básicos del impuesto: hechos imponibles, exenciones, sujetos pasivos, base imponible, tipo de gravamen, devengo, gestión tributaria del impuesto…

Como decimos, esta ley es de aplicación en todo el territorio nacional, de forma que todos los ayuntamientos deberán respetar y legislar conforme a la misma. Asimismo, a esta normativa tenemos que sumarle las ordenanzas municipales que los ayuntamientos dictan en este sentido, las cuales, además de incluir la regulación anteriormente explicada, pueden contener otras circunstancias como bonificaciones, reducciones, etcétera.

No obstante, esta normativa ha sufrido importantes cambios en las últimas semanas, todo ello provocado por la declaración de inconstitucionalidad del impuesto. En este sentido, el Tribunal Constitucional, en su sentencia 182/2021 de 26 de octubre, falló declarando que el tributo era inconstitucional por diversos motivos, entre los que destaca que solo estarán sujetos al pago del impuesto cuando la transmisión del inmueble suponga una ganancia patrimonial; otra novedad importante es declaración de nulidad de la base de cálculo empleada hasta el momento.

Todas estas cuestiones han sido recogidas por el Gobierno, de forma que el Ministerio de Hacienda publicó el 9 de noviembre el Real Decreto-Ley 26/2021, mediante el cual se modificaba la Ley de Haciendas Locales para adecuar la legislación a las exigencias del Tribunal Constitucional.

Por todo ello, en ningún momento se ha producido una eliminación de la plusvalía, sino que se ha modificado la ley para que esta se pueda seguir cobrando.

En conclusión, solo estarán exentos de pagar el impuesto aquellos que hayan transmitido bienes inmuebles entre el 26 de octubre y el 9 de noviembre de 2021, por lo que, si usted va a vender su vivienda, deberá liquidar la plusvalía conforme a la nueva legislación.

*Sofía Sánchez Fernández y Sara Espada Vares, abogadas de Lean Abogados.

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