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¿Puede vender mi abuelo, separado de mi abuela, su casa sin permiso de los hijos?

Quisiera saber si mi abuelo, de 72 años, puede vender su casa si está separado de mi abuela desde hace muchos años y sus hijos no le permiten vender su inmueble sin su permiso

¿Puede vender mi abuelo, separado de mi abuela, su casa sin permiso de los hijos? (iStock)

Quisiera saber si mi abuelo, de 72 años, puede vender su casa si está separado de mi abuela desde hace muchos años y sus hijos no le permiten vender su inmueble sin obtener permiso de ellos.

Para poder dar una respuesta acertada, en primer lugar, sería preciso conocer cuál fue el régimen económico matrimonial y el devenir de la casa mencionada.

Si estaban casados en régimen de separación de bienes y el inmueble era privativo de su abuelo, lo más probable es que así siga siendo y no haya más titulares. Si, por el contrario, era propiedad de la sociedad de gananciales, es importante conocer cómo se liquidó el patrimonio de la misma y así poder conocer quién se lo adjudicó.

O puede ocurrir que el matrimonio se divorciara, pero no se haya llegado a disolver el régimen de gananciales.

De la redacción de la pregunta se deduce que la vivienda es propiedad exclusiva de su abuelo. Entre las facultades que tiene el propietario de un inmueble está la de desprenderse del mismo mediante venta o donación, siempre que dicha enajenación no implique separación de los elementos que existen en copropiedad (art. 348 del Código Civil).

Por tanto, los hijos no pueden limitar el derecho de propiedad de su abuelo por simple capricho. Cabría pensar que su abuelo tiene la capacidad de obrar modificada.

Se trataría de una medida adoptada por un juez para proteger los derechos e intereses de una persona, y que podría tener incidencia en la pregunta planteada, pues habría que recabar la autorización de un juez.

Sin embargo, y debido a la poca información de la que se dispone, se descarta esta opción, suponiendo a su abuelo una capacidad de obrar plena. En caso de que su abuelo fuera titular de un porcentaje sobre la vivienda, y el resto estuviese ahora en manos de sus hijos, tampoco sería necesario su permiso, pues es posible que enajene su parte.

En aquella situación, el resto de propietarios tendrían derecho de retracto sobre esa transmisión, pero en ningún caso se puede condicionar la venta de su abuelo a la obtención de un permiso.

En última instancia, cabe plantearse la posibilidad de que su abuela haya fallecido. Es común dudar qué ocurriría cuando una persona fallece y deja sus bienes muebles e inmuebles a sus herederos.

En concreto, si el progenitor viudo puede, sin el consentimiento de los hijos, vender la propiedad o vivienda. En general, cuando uno de los cónyuges fallece, siempre y cuando el matrimonio haya sido celebrado en términos de gananciales, le corresponde la mitad de dichos gananciales al cónyuge viudo.

De ello se deriva que necesita el consentimiento de los otros herederos para poder vender una determinada propiedad en su integridad, aun cuando se trate del cónyuge.

*Sonsoles Martínez, abogada de Lean Abogados

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