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Catalunya Caixa vendía deuda subordinada como un producto "con poco riesgo"
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Carlos Fonseca

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Carlos Fonseca

Catalunya Caixa vendía deuda subordinada como un producto "con poco riesgo"

Catalunya Caixa, una de las cajas intervenidas por el Estado,

Catalunya Caixa, una de las cajas intervenidas por el Estado, vendió deuda subordinada a sus clientes como si fuera un “producto conservador”. En la orden de suscripción de la emisión de 2005 que firmaban los ahorradores figura literalmente: “productos indicados para inversores que quieran asumir pocos riesgos o con un plazo de inversión muy corto”.

Uno de los contratos en poder de este diario fue suscrito en enero de 2005 y su vencimiento está fijado para 2020. Durante ese tiempo el inversor tenía garantizado un interés del 3,50% nominal, que se iba renovando hasta alcanzar el 5,25% a partir de noviembre de este año. La caja se reservaba el derecho de cancelar total o parcialmente la inversión a partir del noveno año, en este caso en noviembre de 2013.

Hasta el momento no ha vencido ninguna de las emisiones de deuda subordinada de esta entidad, por lo que se desconoce si vencido el plazo cumplirá con el compromiso de devolver el dinero a los tenedores, aunque de hacerlo sería presumiblemente con una quita (se recuperaría sólo un porcentaje de la inversión).  

Más complicado lo tienen quienes suscribieron deuda subordinada perpetua, sin vencimiento, como es también el caso de las preferentes. Catalunya Caixa tiene en el mercado 1.300 millones en deuda subordinada con vencimiento, y otros cien millones más sin él, además de 510 millones de euros en preferentes (la última emisión es de 2005), según un portavoz de la entidad.

La caja intervenida ha comenzado a ofrecer a los tenedores de ambos productos financieros un arbitraje con la Agencia Catalana de Consumo, que depende de la Generalitat, que hasta el momento ha fallado en doce casos a favor de los clientes, a los que Catalunya Caixa ha tenido que reembolsar todo su dinero.

Un portavoz del banco aclaró que es la entidad la que se está poniendo en contacto con aquellos clientes con los que el procedimiento de venta se hizo mal (no tenían conocimientos financieros y desconocían que suscribían productos de riesgo), a los que se ofrece el arbitraje. Si éstos  aceptan tienen que rellenar un formulario tipo, que el banco remite después a la agencia de consumo con el expediente de la venta.

La aceptación del arbitraje supone que la resolución obliga a ambas partes y no es recurrible en otras instancias. El mencionado portavoz dijo que en este momento hay en torno a dos mil peticiones pendientes de resolución. Las demandas judiciales, añadió, son hasta ahora mínimas.

A diferencia de otras entidades de crédito (todas las cajas y bancos, e incluso empresas, emitieron preferentes), que han canjeado estos productos por acciones o imposiciones a largo plazo e intereses muy pequeño, las entidades intervenidas (Novagalicia, Banco de Valencia, Catalunya Caixa y Bankia) no han contado con la autorización de la Comisión Europea para actuar de la misma manera. Las cuatro van a  recibir 36.965 millones de euros del fondo de rescate europea a condición de reducir su balance un 60% en el plazo de cinco años.

En los casos de Catalunya Caixa y Novagalicia, deben ser adquiridas por un nuevo dueño en el plazo máximo de cinco años para no ir a liquidación. El Banco de Valencia ha sido comprado por CaixaBank, que aún no se ha pronunciado sobre el canje y la quita que aplicará. En el caso de Bankia se prevé una quita del 39% del capital invertido en preferentes, y el 61% restante será convertido en acciones de la entidad. Para la deuda subordinada, la quita sería del 14% si tienen vencimiento, y de un 46% en el caso de las perpetuas.

La recién creada Plataforma de Afectados por Participaciones Preferentes y otros productos híbridos de capital, formada por cinco despachos de abogados (V Abogados, SPR, Net Craman, Mestalla y R&P) que representan a un gran número de pequeños ahorradores que han acudido a los tribunales para recuperar su dinero, ha elaborado una guía práctica para el canje de preferentes y deuda subordinada. En ella se recomienda a los tenedores de ambos productos que no acepten el canje voluntario sin antes consultar su caso concreto. Si el canje ha sido obligatorio (los letrados sostienen que es inconstitucional) aconsejan vender las acciones, ingresar el importe en la cuenta corriente de la que sean titulares, y seguir reclamando en los juzgados la cantidad pendiente hasta completar el total del dinero invertido, en base a la “nulidad contractual por vicios del consentimiento”. 

Catalunya Caixa, una de las cajas intervenidas por el Estado, vendió deuda subordinada a sus clientes como si fuera un “producto conservador”. En la orden de suscripción de la emisión de 2005 que firmaban los ahorradores figura literalmente: “productos indicados para inversores que quieran asumir pocos riesgos o con un plazo de inversión muy corto”.