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¿Puede un menor abrirse un perfil en una red social sin permiso de sus padres?
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¿Puede un menor abrirse un perfil en una red social sin permiso de sus padres?

Las aplicaciones son de gran ayuda para quienes las instalan en los móviles de sus hijos

Foto: Imagen del logo de Facebook. (Reuters)
Imagen del logo de Facebook. (Reuters)

Por el 15 cumpleaños de mi hija, su padre y yo le hemos regalado un teléfono móvil de última generación. Yo no era muy partidaria, pero llevaba meses diciéndonos que todas sus amigas lo tienen y acabó por convencernos. Eso sí, la obligamos a instalar una aplicación de control parental, lo cual nos está resultando muy útil, pues gracias a ello nos hemos dado cuenta de que desde que sale del colegio hasta que llega a casa pasan más de dos horas. ¡Y vivimos bastante cerca! La madre de otra niña nos ha dicho que suelen ir a un parque cercano a hacerse fotos para subir a Instagram. No sabíamos que nuestra hija tenía perfil abierto en esta red social. ¿No es demasiado joven? Legalmente, ¿no necesitaría de nuestro permiso?

La instalación de aplicaciones de control parental se está revelando como un eficaz sistema de protección de los menores. No podemos evitar que nuestros hijos utilicen las nuevas tecnologías para comunicarse, y prohibírselo puede ser negativo para su desarrollo, así como para su interrelación con otros niños de su entorno. Pero ya que van a hacer uso de las mismas, podemos aprovechar la ocasión para poner la tecnología al servicio de su propia seguridad y hacer que nuestra labor como padres sea algo más sencilla.

En primer lugar, cabe destacar que es esencial que los niños se familiaricen con el uso de los teléfonos móviles y que lo hagan dentro de un entorno seguro, educándoles en el respeto a los demás y conociendo sus riesgos y peligros. Haciendo un uso adecuado de las nuevas tecnologías, estas resultan muy beneficiosas para el desarrollo del menor.

Hay aplicaciones para móviles, como por ejemplo la que mencionamos en un enlace más abajo, mediante las que podemos marcar determinadas áreas como 'seguras' (colegio, domicilio, etc.) y saber cuándo nuestros hijos entran o salen de ellas. Esto nos ayudará a minimizar los riesgos, al tener conocimiento de aquellos momentos en que los niños puedan ser más vulnerables o si están cambiando sus hábitos de forma repentina, pudiendo establecer medidas al respecto; incluso contar con un botón del pánico que les permite enviarnos señal de alarma, con vídeo y audio, cuando se sientan en peligro: un robo, amenaza, acoso…

Una de las utilidades más populares de los 'smartphones' consiste en compartir fotografías a través de las redes sociales. Los menores no son ajenos a este fenómeno, sin embargo, hemos de tener cuidado para que realicen un uso seguro de las mismas.

Abrir un perfil en una red social implica, ya de inicio, facilitar a la misma una serie de datos de carácter personal que van a ser compartidos con diversas personas, en función de la configuración de la privacidad y el uso que hagamos de la propia aplicación. No debemos olvidar que la imagen también es un dato de carácter personal.

Nuestra legislación entiende que el menor, a partir de los 14 años, puede prestar por sí mismo el consentimiento para el tratamiento de sus datos de carácter personal, por tanto, no necesitarán consentimiento paterno para abrir un perfil en una red social. Así lo dispone el art. 13.1 del Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos. En concreto, la red social Instagram, en sus condiciones de uso, establece también en 14 años la edad mínima para utilizar sus servicios.

Pero el hecho de tener un perfil abierto en una red social, implica también utilizarlo con responsabilidad. Debemos explicar al menor que no todo está permitido en la red y que sus actos tienen consecuencias para consigo mismo y con los demás.

Subir una fotografía de un amigo sin permiso de este, utilizar las redes sociales para insultar o burlarse de un compañero o incitar a otros a través de estos medios a realizar actos vandálicos son conductas, por desgracia, cada día más frecuentes, que pueden llegar a ser constitutivas de delito y, desde los 14 años, si el menor comete un delito, será responsable penalmente por este hecho. En todo caso, hay que tener en cuenta que los padres serán responsables civiles por los actos cometidos por sus hijos menores, mientras ostenten la patria potestad de estos, según dispone el art. 1903 del Código Civil.

No obstante, si tiene alguna duda, contacte con Legálitas o pulse aquí y descárguese de manera gratuita la aplicación Legálitas Hijos, de este modo podrá empezar a proteger a los que más quiere frente a situaciones de riesgo.

Por el 15 cumpleaños de mi hija, su padre y yo le hemos regalado un teléfono móvil de última generación. Yo no era muy partidaria, pero llevaba meses diciéndonos que todas sus amigas lo tienen y acabó por convencernos. Eso sí, la obligamos a instalar una aplicación de control parental, lo cual nos está resultando muy útil, pues gracias a ello nos hemos dado cuenta de que desde que sale del colegio hasta que llega a casa pasan más de dos horas. ¡Y vivimos bastante cerca! La madre de otra niña nos ha dicho que suelen ir a un parque cercano a hacerse fotos para subir a Instagram. No sabíamos que nuestra hija tenía perfil abierto en esta red social. ¿No es demasiado joven? Legalmente, ¿no necesitaría de nuestro permiso?

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