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La Junta de Andalucía y el rating de España
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Jesús Sánchez-Quiñones

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La Junta de Andalucía y el rating de España

La medida recientemente aprobada por la Junta de Andalucía para “asegurar el cumplimiento de la Función Social de la Vivienda”, mediante la cual se podrán imponer

La medida recientemente aprobada por la Junta de Andalucía para “asegurar el cumplimiento de la Función Social de la Vivienda”, mediante la cual se podrán imponer multas de hasta 9.000 euros por cada vivienda deshabitada propiedad de bancos, inmobiliarias o cualquier otra persona jurídica y expropiar temporalmente viviendas objeto de procesos de ejecución hipotecaria, puede tener un elevadísimo coste económico para España en su conjunto difícil de cuantificar.

Quien piense que una medida de este tipo no deja de ser una norma autonómica sin repercusión para el resto de España se equivoca. La medida, no impugnada por el gobierno central, pone de manifiesto la inexistencia de un mercado único en España y la capacidad de 17 gobiernos de establecer normas con elevadísima transcendencia económica que dificulta sobre manera el análisis de cualquier inversión en España. Un país con tanta dependencia del exterior como el nuestro no se puede permitir ese lujo.

La Comisión Europea publicaba la semana pasada un informe analizando la situación de la economía española para la prevención y corrección de desequilibrios macroeconómicos. Una de las debilidades de la economía española es el elevado nivel de Deuda Externa Neta, es decir, el total de las obligaciones de pago vivas frente al exterior deducidos todos los derechos o activos financieros adquiridos contra el exterior. Dicho indicador muestra la dependencia de nuestra economía de los inversores extranjeros. La Deuda Externa Neta se ha  estabilizado alrededor del 90% del PIB, o lo que es lo mismo, en más de 900.000 millones de euros. Sin duda, es positivo que dicha cifra haya dejado de crecer gracias a la práctica eliminación del déficit por cuenta corriente, pero la dependencia del ahorro extranjero sigue siendo enorme.

Cada vez que vence una deuda frente al exterior, por ejemplo un bono, hay que convencer a nuestros acreedores para que reinviertan el importe vencido y nos sigan financiando. Los acreedores sólo seguirán invirtiendo en activos españoles si consideran que la rentabilidad ofrecida compensa el riesgo asumido y perciben que existe un grado suficiente de seguridad jurídica.

Una de las principales vías de financiación de la economía española en el exterior ha sido a través de la venta de Cédulas Hipotecarias bancarias: activo respaldado por la cartera de hipotecas del emisor del título. No cabe duda, que la medida implementada en Andalucía, merma el atractivo de las cédulas hipotecarias. Las hipotecas dejan de tener la solvencia que tenían con anterioridad al desvanecerse la garantía del bien hipotecado y, por tanto, la seguridad del activo en sí hará que los inversores se lo pensarán dos veces antes de renovar sus inversiones. Primero analizarán si venden las cédulas hipotecarias que tienen en cartera y posteriormente, en caso de renovar su inversión a vencimiento, exigirán un considerable incremento de rentabilidad que compense el mayor riesgo. El coste de financiación de los bancos aumentará y en consecuencia también lo hará el escaso crédito que se formalice.

Al margen del peso que puedan tener las hipotecas andaluzas en el conjunto del sistema financiero español, la medida adoptada por la Junta de Andalucía refleja la inestabilidad de las normas en España y la inestabilidad jurídica que supone el tener 18 gobiernos, 17 autonómicos y el central, que pueden aprobar normas de elevada transcendencia económica que cambien radicalmente el panorama.

Cabe recordar que el rating del Reino de España se encuentra cerca de niveles a partir de los cuales ya no sería considerado grado de inversión. La perspectiva de las agencias de rating es negativa, lo que implica que es más factible una rebaja de la calificación que un incremento. El rating de la mayoría de los bancos también se encuentra bajo presión. La pérdida de la calificación del grado de inversión sería dramática para la entidad que lo sufra, al encarecerle su financiación y dejar de ser objeto de inversión para muchos inversores.

La medida recientemente aprobada por la Junta de Andalucía para “asegurar el cumplimiento de la Función Social de la Vivienda”, mediante la cual se podrán imponer multas de hasta 9.000 euros por cada vivienda deshabitada propiedad de bancos, inmobiliarias o cualquier otra persona jurídica y expropiar temporalmente viviendas objeto de procesos de ejecución hipotecaria, puede tener un elevadísimo coste económico para España en su conjunto difícil de cuantificar.

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