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¿Y si las patentes mataran la innovación?
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Juan Ramón Rallo

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¿Y si las patentes mataran la innovación?

Los Estados dicen velar por la preservación de la competencia dentro del mercado pero, en verdad, son los primeros que consolidan estructuras fuertemente anticompetitivas

Foto: Imagen de TeroVesalainen en Pixabay.
Imagen de TeroVesalainen en Pixabay.

Una patente solo es un derecho (temporal) de monopolio sobre una innovación susceptible de ser explotada comercialmente. Algunos prefieren llamarlo “propiedad intelectual”, pero el término no es del todo adecuado: los derechos de propiedad son mecanismos institucionales para delimitar el uso social sobre bienes rivales —esto es, sobre bienes que no pueden ser utilizados simultáneamente para varias finalidades—, mientras que las ideas son bienes no rivales —a saber, bienes que sí pueden ser utilizados simultáneamente para varias finalidades—. Una misma manzana no puede ser devorada por cien personas: por eso necesitamos delimitar quién tiene el derecho prioritario a consumirla (el propietario); una misma idea, en cambio, sí puede ser explotada por cien, mil o un millón de personas a la vez: por eso 'no tendríamos por qué' delimitar quién tiene el derecho prioritario a utilizarla.

Ahora bien, aunque las ideas no son bienes rivales, los recursos que utilizamos para fabricarlas sí suelen serlo (nuestro tiempo, nuestro dinero, nuestra energía, nuestras materias primas, nuestra maquinaria, etc.), por lo que no es descabellado temer que una sociedad destinará muy pocos de esos recursos escasos y rivales a la producción de nuevas ideas. Y sin progreso técnico es imposible que crezcamos a largo plazo (y, por tanto, que nuestros estándares de vida se incrementen). Ese es el motivo por el que muchos ordenamientos jurídicos han instituido derechos de monopolio (patentes) sobre las ideas: para sobrerrecompensar a los innovadores con beneficios extraordinarios que los incentiven a invertir más en el desarrollo de nuevas ideas.

Foto: Fachada de la Generalitat de Cataluña con la bandera española y la catalana. (EFE)

El sistema de incentivos parece tener su lógica, pero no deja de ser problemático. Como ya apuntaron hace años Michele Boldrin y David Levine, en economía solemos aceptar que los mercados competitivos maximizan la producción de los bienes (al menor precio posible), mientras que los mercados monopolísticos maximizan los beneficios del monopolista restringiendo la producción de bienes (y elevando su precio). ¿Por qué un mercado monopolístico sobre ideas debería comportarse distinto a un mercado monopolístico sobre otros bienes, esto es, por qué debería maximizar la producción de ideas en lugar de restringirla para mayor lucro del monopolista (propietario de la patente)?

Existe, además, un problema añadido al que ya apuntaron Boldrin y Levine y es el denunciado por Michael Heller: la innovación requiere crecientemente del ensamblaje de múltiples ideas (o, por utilizar la feliz expresión de Matt Ridley, requiere que las ideas hagan el amor entre sí) y, conforme más ideas van siendo patentadas, podemos caer en la llamada tragedia de los anticomunes; a saber, cualquiera de los múltiples propietarios de alguna de las muchas patentes implicadas en un proceso de investigación puede terminar frustrándolo si no autoriza que su patente sea empleada. Es decir, caemos en una situación de parálisis: no solo es que un mercado monopolístico pueda establecer incentivos individuales a innovar menos que uno competitivo, sino que la fragmentación del acceso al conocimiento generado por el sistema de patentes también obstaculiza la generación de nuevo conocimiento en aquellos que sí están incentivados a impulsarlo.

Por supuesto, todo lo anterior son hipótesis sobre cuál podría ser el efecto neto de las patentes: quizá todos los problemas anteriores sean sobradamente compensados por el incentivo que —también— constituyen los beneficios extraordinarios que cosecha el propietario de una patente (y que pueden llevarle a innovar más que si sus beneficios esperados se disiparan rápidamente).

Foto: La variedad Nadorcott es propiedad de una empresa de la familia real marroquí.

Para evaluar la intensidad de los efectos favorables y de los perjudiciales necesitamos recurrir a la evidencia empírica: ¿y qué nos dice ésta? De acuerdo con los economistas Ufuk Akcigit y Sina T. Ates, el declinante dinamismo de la economía estadounidense podría deberse a la creciente concentración de los títulos de patentes y, por tanto, a la creciente monopolización de la generación de conocimiento dentro de EEUU.

El proceso vendría a ser el siguiente: la concesión de una patente monopoliza un área de conocimiento y eso provoca que otras empresas tengan prohibido copiar a la innovadora; como consecuencia de lo anterior, el diferencial de productividad entre la compañía innovadora y el resto de empresas se incrementa, amén de desincentivar la aparición de nuevas compañías que saben que no podrán llegar a competir con la propietaria de la patente; y, como resultado de todo lo anterior, la economía se va concentrando cada vez en menores empresas y estas, como es obvio, se duermen en los laureles de su monopolio extractivo (precios más altos y menor innovación).

En la actualidad, más del 50% de las patentes de EEUU se halla en manos del 1% de empresas más innovadoras (mientras que a comienzos de los 90, ese porcentaje era inferior al 40%). Todavía peor, las nuevas empresas, que a finales de los 80 llegaron a registrar el 90% de todas las nuevas patentes, registran hoy menos del 40%.

Cada vez el conocimiento (y, por tanto, la economía basada en el conocimiento) se concentra en menos empresas que están legalmente protegidas frente a la competencia y, por tanto, que disfrutan de poder de mercado frente a consumidores y competidores. Los Estados dicen velar por la preservación de la competencia dentro del mercado pero, a la hora de la verdad, son los primeros que consolidan estructuras empresariales fuertemente anticompetitivas.

Quizá, en lugar de multar milmillonariamente a Google por dar prioridad a Google Shopping dentro de su buscador o por tratar de garantizar la intercompatibilidad de las aplicaciones y los sistemas operativos (de código abierto) Android, convendría empezar a revisar los monopolizantes términos de nuestro actual régimen de patentes.

Una patente solo es un derecho (temporal) de monopolio sobre una innovación susceptible de ser explotada comercialmente. Algunos prefieren llamarlo “propiedad intelectual”, pero el término no es del todo adecuado: los derechos de propiedad son mecanismos institucionales para delimitar el uso social sobre bienes rivales —esto es, sobre bienes que no pueden ser utilizados simultáneamente para varias finalidades—, mientras que las ideas son bienes no rivales —a saber, bienes que sí pueden ser utilizados simultáneamente para varias finalidades—. Una misma manzana no puede ser devorada por cien personas: por eso necesitamos delimitar quién tiene el derecho prioritario a consumirla (el propietario); una misma idea, en cambio, sí puede ser explotada por cien, mil o un millón de personas a la vez: por eso 'no tendríamos por qué' delimitar quién tiene el derecho prioritario a utilizarla.

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