Es noticia
¿Debería Pablo Hasél entrar en la cárcel?
  1. Economía
  2. Laissez faire
Juan Ramón Rallo

Laissez faire

Por

¿Debería Pablo Hasél entrar en la cárcel?

Sus incitaciones abstractas y generales a la violencia podrán parecernos execrables, pero ni tenían el propósito ni la capacidad de alimentar acciones violentas inmediatas

Foto: El rapero Pablo Hasél. (EFE)
El rapero Pablo Hasél. (EFE)

Pablo Hasél ha sido condenado a nueve meses y un día de prisión por enaltecimiento del terrorismo: un delito que el Gobierno de PSOE-Podemos pretende eliminar bajo el argumento de salvaguardar la libertad de expresión. Sin embargo, es comprensible que existan dudas sobre la conveniencia de tolerar soflamas a favor de actos terroristas: del mismo modo que la libertad de expresión no debería amparar en ningún caso las amenazas creíbles, ¿debería proteger aquellas declaraciones que pueden terminar induciendo a otros individuos a cometer un delito? ¿No sería más lógico que, en aras de la convivencia y de la paz social, silenciáramos todas las manifestaciones públicas que puedan terminar alimentando la violencia?

Por un lado, debería ser evidente que censurar toda expresión que potencialmente pueda incentivar la violencia daría lugar a una censura radical de muchas ideologías políticas, creencias religiosas, narrativas históricas o incluso opiniones deportivas. Por ejemplo, Karl Marx, en 'El manifiesto comunista', hace un llamamiento explícito a usar la violencia política contra el orden burgués: ¿significa ello que deberíamos censurar a Marx y el pensamiento marxista que acepte como legítima la violencia revolucionaria? Asimismo, los pensadores anarquistas sostienen que todo Estado es inherentemente violento y, en consecuencia, juzgan que la violencia defensiva contra el Estado resulta legítima: ¿deberíamos entonces censurar/sancionar todas las ideologías que justifican la existencia del Estado (esto es, prácticamente todas) o en cambio deberíamos censurar/sancionar el anarquismo? No se trata de usar la falacia de la pendiente resbaladiza: simplemente, se trata de exponer por qué castigar todo aquello que potencialmente induzca a cometer acciones violentas conduciría a un régimen de libertades extraordinariamente limitado.

Foto: El rapero Pablo Hasél. (EFE)

Pero, por otro lado, tampoco parece lógico que las palabras estén exentas de toda responsabilidad en el comportamiento que puedan llegar a exhibir. Por ejemplo, si una persona le lavara el cerebro a otra para que cometa un crimen, parte de la responsabilidad del delincuente sería claramente imputable al inductor, sin que ello quedara amparado por la libertad de expresión; asimismo, si un individuo ocupa una posición de superioridad jerárquica sobre otro y le ordena delinquir, el superior también deviene corresponsable, o, finalmente, gritar "¡fuego!" dentro de un teatro puede generar perjuicios muy graves y tampoco parece razonable que esa práctica quede amparada por la libertad de expresión (tampoco en el caso de que quien gritara “¡fuego!” fuera el dueño del teatro).

¿Cómo combinar libertad de expresión y responsabilidad por la expresión? En principio, la responsabilidad podría exigirse simplemente 'a posteriori': si las palabras de una persona instaran directa o indirectamente al ejercicio de la violencia y pudiese demostrarse que fueron determinantes para que un individuo cometiera actos violentos, entonces cabría imputar responsabilidad al autor de esas palabras que indujeron al crimen. Sin embargo, una revisión exclusivamente 'a posteriori' de la responsabilidad de las expresiones que induzcan a cometer actos delictivos sería tanto como renunciar a perseguir y sancionar las tentativas de delito. ¿Es posible dar un paso más allá —ejerciendo un control 'a priori'— sin soliviantar la libertad de expresión?

En EEUU, país que se toma verdaderamente en serio la protección de la libertad de expresión, llegaron jurisprudencialmente a una solución: el denominado test de Brandenburg. En 1964, un líder rural del Ku Kux Klan en Ohio, Clarence Brandenburg, pronunció públicamente un discurso en el que apelaba a “vengarse” de negros y judíos y a expulsarlos a África e Israel respectivamente. Los tribunales del estado condenaron a Brandenburg a una pena de hasta 10 años de prisión por considerar que su discurso incitaba a la violencia, pero el Tribunal Supremo del país revocó la decisión apelando que el Estado no puede sancionar los llamamientos abstractos a la violencia o a desobedecer la ley.

Las incitaciones abstractas y generales de Hasél a la violencia podrán parecernos execrables, pero no alimentan acciones violentas inmediatas

¿En qué casos, entonces, sí cabría considerar que una manifestación pública incita a la violencia? De acuerdo con el Tribunal Supremo de EEUU, cuando concurran dos circunstancias: la primera, que las palabras tengan el objetivo de incitar o de producir inmediatamente una acción ilegal; la segunda, que esas palabras sean propensas a incitar a producir esa acción ilegal. Es decir, solo cuando estemos ante un llamamiento que pueda generar violencia de manera inmediata y probable cabrá censurar o sancionar esa expresión. Este es, justamente, el test de Brandenburg.

Así pues, planteémonos: ¿las letras y los tuits de Hasél pasan este test y, por tanto, cabe considerarlos punibles? Al igual que ocurría con el líder local del KKK, no. Sus incitaciones abstractas y generales a la violencia podrán parecernos execrables, pero ni tenían el propósito ni la capacidad de alimentar acciones violentas inmediatas. Por tanto, no deberían ser sancionadas, mucho menos con una pena de cárcel: basta con que sean públicamente repudiadas.

Pablo Hasél ha sido condenado a nueve meses y un día de prisión por enaltecimiento del terrorismo: un delito que el Gobierno de PSOE-Podemos pretende eliminar bajo el argumento de salvaguardar la libertad de expresión. Sin embargo, es comprensible que existan dudas sobre la conveniencia de tolerar soflamas a favor de actos terroristas: del mismo modo que la libertad de expresión no debería amparar en ningún caso las amenazas creíbles, ¿debería proteger aquellas declaraciones que pueden terminar induciendo a otros individuos a cometer un delito? ¿No sería más lógico que, en aras de la convivencia y de la paz social, silenciáramos todas las manifestaciones públicas que puedan terminar alimentando la violencia?

Terrorismo Tribunal Supremo Pablo Hasél