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Un paso decisivo hacia un mercado de trabajo europeo

Estamos ante un cambio legislativo que aborda los problemas estructurales que arrastra nuestro mercado de trabajo desde hace décadas

Foto: Pedro Sánchez, Nadia Calviño y Yolanda Díaz. (EFE/Javier Lizón)
Pedro Sánchez, Nadia Calviño y Yolanda Díaz. (EFE/Javier Lizón)

Con la aprobación del real decreto ley 32/2021 de la reforma laboral el Gobierno cumple uno de los hitos fundamentales del plan de recuperación para el segundo semestre de 2021 y responde a las recomendaciones que, desde hace años, viene haciendo la Comisión Europea. Se trata además del primer cambio de calado en la legislación laboral acordado por empresarios y sindicatos en cuarenta años. Pero, sobre todo, estamos ante un cambio legislativo que aborda los problemas estructurales que arrastra nuestro mercado de trabajo desde hace décadas, promoviendo la estabilidad en el empleo, la formación y la flexibilidad empresarial.

El primero de esos problemas es el exceso de temporalidad. El consenso sobre el coste económico y social para España que implica mantener un diferencial de temporalidad con la media europea en torno a diez puntos es casi universal. Más allá de la inestabilidad económica vivida en ciclos anteriores, la precariedad de estos contratos lleva a un bajo nivel de formación y baja productividad.

Para resolverlo, la reforma redefine las modalidades de contratación y reserva el uso de los contratos temporales para las circunstancias de producción justificadas y las sustituciones. Mejora al mismo tiempo la regulación de los contratos fijos discontinuos para que los trabajos intermitentes puedan realizarse con la estabilidad de un contrato indefinido. Y actúa sobre las fuentes de la precariedad, con fuertes incentivos para evitar el abuso en la contratación temporal y el uso excesivo de los contratos de muy corta duración.

La creación del Mecanismo RED facilitará la adaptación de las empresas a las dificultades derivadas de los ciclos macroeconómicos

Los representantes empresariales comparten la necesidad de poner fin a la cultura del exceso de temporalidad. Con su apoyo a la reforma contribuyen a superar la idea de que los contratos temporales, en sí mismos, favorecen la creación de empleo o la competitividad de las empresas. Al mismo tiempo, las medidas para reducir la temporalidad son equilibradas, coherentes y preservan el uso adecuado del contrato temporal cuando existe causa justificada, incluyendo sectores que hasta ahora tienen altas tasas de temporalidad, como la agricultura o la construcción. Además, la reforma apuesta de manera decidida por la formación como instrumento para mejorar la empleabilidad y reducir el paro juvenil. La nueva regulación de los contratos formativos facilitará su uso para la formación dual, en consonancia con la reforma de la formación profesional, incluyendo a los mayores de veinticinco años, que hasta ahora no podían acceder a esta modalidad. Por otra parte, la formación se pone en el centro de los mecanismos de reducción temporal del tiempo de trabajo, siguiendo la experiencia iniciada con la última prórroga de los ERTE. Con estas modificaciones se refuerza la inversión en capital humano dentro de las empresas como una herramienta clave para la productividad y la adaptación a los cambios tecnológicos.

La reforma amplía los mecanismos de flexibilidad interna para las empresas, cuya utilización negociada e incentivada ha resultado esencial para explicar la rápida recuperación del nivel de empleo, sin comparación con la anterior crisis financiera. En particular, la creación del Mecanismo RED facilitará la adaptación de las empresas a las dificultades derivadas de los ciclos macroeconómicos o de los ajustes en sectores que requieran recualificación y transición profesional sin tener que recurrir en exclusiva a grandes ajustes de empleo.

La reforma laboral acerca de manera definitiva a España al modelo de flexiseguridad que impera en los países europeos más avanzados

Finalmente, los cambios en la regulación de la subcontratación y en la negociación colectiva desactivan las vías para una competencia a la baja de los salarios de los trabajadores sin acuerdo ni causa justificada. Se potencia así un enfoque de la 'flexibilidad al alza' no basado en el empeoramiento de las condiciones laborales sino en la innovación, las mejoras pactadas y el impulso a la productividad, que redunde en mejoras salariales.

En definitiva, la reforma laboral acerca de manera definitiva a España al modelo de flexiseguridad que impera en los países europeos más avanzados. El acuerdo social, con el que sindicatos y empresarios han dado una muestra de responsabilidad y compromiso con el país inequívoca, establece un marco de seguridad jurídica para impulsar la creación de empleo de calidad y superar la cultura de la temporalidad en este nuevo ciclo expansivo que ahora se inicia. Por eso es difícil de entender que el principal partido de la oposición siga abogando por mantener la cultura de la temporalidad y se oponga a una reforma equilibrada, que es fruto de un acuerdo tripartito y responde a las repetidas recomendaciones de la Unión Europea.

*Gonzalo García Andrés, secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa.

Con la aprobación del real decreto ley 32/2021 de la reforma laboral el Gobierno cumple uno de los hitos fundamentales del plan de recuperación para el segundo semestre de 2021 y responde a las recomendaciones que, desde hace años, viene haciendo la Comisión Europea. Se trata además del primer cambio de calado en la legislación laboral acordado por empresarios y sindicatos en cuarenta años. Pero, sobre todo, estamos ante un cambio legislativo que aborda los problemas estructurales que arrastra nuestro mercado de trabajo desde hace décadas, promoviendo la estabilidad en el empleo, la formación y la flexibilidad empresarial.

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