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La patada luminosa del diputado Rodríguez
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Antonio Casado

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La patada luminosa del diputado Rodríguez

Sorprende la pérdida del escaño por la patada a un policía de un futuro diputado en un país donde el lanzamiento de adoquines a los agentes del orden es el deporte nacional

Foto: El diputado de UP, Alberto Rodríguez. (EFE)
El diputado de UP, Alberto Rodríguez. (EFE)

El último pronunciamiento del Tribunal Supremo determinó la pérdida del escaño del diputado canario, Alberto Rodríguez. Ya le ha sido comunicada por la presidenta del Congreso, Meritxell Batet. Pero el debate no se cierra. Y me consta que sus ecos llegan al Tribunal Constitucional, donde algunos de sus miembros no comparten la inevitabilidad de la retirada del acta en virtud de una sentencia susceptible de ser interpretada.

Como en la "herida luminosa" de Josep María de Sagarra, que destapa las grandezas y las miserias del ser humano, la patada del ahora exdiputado de Podemos a un policía en 2014 ilumina los vicios ocultos del sistema. Y lo fácil que es provocar un conflicto constitucional mediante el alambicado lenguaje de una sentencia por lesiones leves en la rodilla de un agente del orden durante una manifestación.

Foto: Alberto Rodríguez. (EFE)
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Absténganse quienes vayan al culebrón con prejuicios políticos. El acercamiento no debería estar condicionado a la militancia de Rodríguez. Podría haber sido de Vox, o de cualquier otro partido, y tendríamos que predicar lo mismo de una sentencia confusa, que ha dado lugar a lecturas contrapuestas entre el TS y el Congreso. A saber: mes y medio de prisión sustituible por multa de 540 euros con pena aparejada de inhabilitación especial pare ejercer el sufragio pasivo "durante el tiempo de la condena".

El Congreso entendió que con el pago de la multa desaparecía la pena de cárcel y la aparejada pena de inhabilitación. Como no se reclamaba expresamente la retirada el acta, no se le retiró, una vez oídos los letrados de la Cámara. Manuel Marchena, presidente del tribunal sentenciador (sala de lo penal del TS), se lo tomó como una temeraria "reinterpretación" de la sentencia y se dirigió a la presidenta, Meritxell Batet, para que diese cuenta del inicio del cumplimiento de la pena.

El culebrón "Rodríguez" destapa los vicios ocultos del sistema. Y muestra lo fácil que es provocar un conflicto constitucional

A renglón seguido, la mesa del Congreso se dirigió al TS para que dijese negro sobre blanco si el diputado debía entregar el acta. No lo aclaraba el texto. La sentencia no hablaba de perder el escaño sino el derecho al sufragio pasivo durante el tiempo de la condena (45 días). Y así llegamos a la contundente respuesta del TS en lo referido a la "obligada" pérdida del acta por haber sido condenado a una pena preventiva de libertad.

La pena de cárcel se sustituye por multa, pero no se deroga, según explica Marchena. Y arrastra la pena accesoria de "inhabilitación especial para el ejercicio del sufragio pasivo durante el tiempo de la condena" (artículo 56.2 del Código Penal), según doctrina ya aplicada por la Junta Electoral Central en los casos de Junqueras y Torra ("inhabilitación sobrevenida"). Es decir, prohibición de seguir en el cargo, pero ¿también aunque el derecho de sufragio pasivo se hubiera ejercido antes de ser condenado?

El ponente de la sentencia que exige la retirada del escaño es el mismo que preside la JEC, Miguel Colmenero; ¿se consultará a sí mismo?

Alberto Rodríguez pierde el escaño en virtud del artículo 6. 2 de la Ley Electoral: "Son inelegibles los condenados por sentencia firme a pena privativa de libertad en el tiempo de que dura la pena". Un tiempo de mes y medio en el caso de Rodríguez. Lo que invita a seguir preguntándonos: ¿Podría recuperar el escaño después de ese tiempo de duración de la condena?

Buenas preguntas para la JEC, ¿verdad? Pero hete aquí que en este punto topamos con un pequeño detalle hasta ahora no manejado. Me refiero al hecho de que el ponente de la sentencia es la misma persona que preside la JEC: el magistrado Miguel Colmenero Menéndez de Luarca. ¿Se preguntará a sí mismo?

A esto, entre otras cosas, me refiero cuando hablo de los rincones oscuros del sistema que están siendo iluminados por la patada del diputado Rodríguez en un país donde el vandalismo, la quema de contenedores y el lanzamiento de adoquines contra los agentes del orden es un deporte nacional de "esteladas" y botellones sin que den lugar a embrollos jurídicos como el que nos ocupa.

El último pronunciamiento del Tribunal Supremo determinó la pérdida del escaño del diputado canario, Alberto Rodríguez. Ya le ha sido comunicada por la presidenta del Congreso, Meritxell Batet. Pero el debate no se cierra. Y me consta que sus ecos llegan al Tribunal Constitucional, donde algunos de sus miembros no comparten la inevitabilidad de la retirada del acta en virtud de una sentencia susceptible de ser interpretada.

Meritxell Batet Tribunal Supremo