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Sexo con animales y salud mental
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Javier Caraballo

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Sexo con animales y salud mental

No existe censura moral, no se enjuician las prácticas sexuales, pero se les confiere a los animales el mismo derecho que a un hombre o una mujer que se vea sometido a una violación

Foto: Foto: Unsplash.
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Las grabaciones de las cámaras de videovigilancia no dejaron lugar a dudas: cuando se hacía la noche, aquel tipo, de 54 años, se dirigía sigilosamente al establo y practicaba sexo con la yegua. Las grabaciones lo sorprendieron en marzo pasado, pero la propietaria de los animales ya sospechaba de antes, por eso colocó las cámaras, y pudo averiguar que hacía tiempo que aquel hombre penetraba a la yegua y que también lo hizo con una potrilla de siete meses. Con lo cual, en el juicio que se ha celebrado en Mallorca, en el juzgado de Palma, no había duda alguna sobre los hechos ocurridos, la relación sexual se produjo, y como los animales, tanto la yegua como su potrilla, habían sufrido malos tratos para someterlas, el individuo fue condenado a dos años de cárcel y al pago de mil euros para sufragar los gastos del veterinario que tuvo que atenderlas.

Hasta ahí, ninguna novedad, pero el juicio celebrado, y la sentencia posterior, sí recogen un hecho novedoso: la yegua y su potrilla fueron examinadas por un psicólogo que determinó que la relación sexual no consentida con aquel hombre les había provocado "importantes secuelas psicológicas". ¿Un animal en una consulta psicológica, que es una ciencia limitada al comportamiento del ser humano? Para la Asociación Balear de Abogados por los Derechos de los Animales, el episodio de la yegua no solo supone un caso claro de "agresión sexual" sino que deben valorarse "los daños infligidos de forma gratuita y reiterada provocando un gran sufrimiento al animal". Pero ¿cómo se va a calificar lo sucedido de 'agresión sexual', al igual que sucede entre seres humanos?

¿También tienen los perros que salen a pasear atados con un collar una afección psicológica por el trato que reciben del ser humano?

Una noticia así, lejos de reducirla al chascarrillo morboso que pueda suscitar, merece que nos preguntemos en qué mundo nos estamos adentrando y qué consecuencias exponenciales puede tener ese orden penal, acorde con la 'nueva moral' que se está imponiendo, si lo proyectamos a otras muchas relaciones del ser humano con los animales. No solo a las sexuales, sino al peligro absurdo al que nos conduce todo esto; peligro exponencial porque, por esa misma lógica judicial, llegaremos a condenar que los perros vayan atados con un collar cuando salen a pasear por las calles, que haya pájaros en una jaula, cerdos en una pocilga o terneras nacidas para el matadero. ¿También tienen esos animales una afección psicológica por el trato que reciben del ser humano? Además, ese mismo concepto de agresión sexual en los animales nos llevaría a la consideración de que la misma agresión sexual también existe entre animales. Por ejemplo, ¿qué pasa cuando el propietario de una ganadería contrata a un semental para que fecunde a las hembras de su establo, también entonces se le puede condenar por relaciones sexuales no consentidas? ¿Habría que llamar a un psicólogo para que vaya al establo a examinarlas?

Ya está dicho que lo esencial de todo esto es preguntarnos qué puede pasar si, como ha ocurrido en ese juicio, se extienden al plano penal los principios de la 'nueva moral' que se va imponiendo en el mundo sobre las relaciones entre seres humanos y animales, lo que en algunas ocasiones hemos denominado como 'filosofía Disney', porque tiende a considerar que los animales tienen las mismas características mentales, afectivas y sentimentales que los seres humanos, como si viviésemos en el mundo animado de Mickey, Bambi y Pluto. Lo sucedido en Mallorca nos hace remontarnos, necesariamente, al origen de los tiempos porque lo que hoy conocemos como zoofilia es el bestialismo de hace miles de años.

Como el Código Penal cita genéricamente los "daños a la salud" de los animales, el juicio de Mallorca incluye la salud mental de las yeguas

En la mitología griega, los dioses del Olimpo se hacen pasar, frecuentemente, por distintos animales, toros o cisnes, para bajar a la tierra y copular con bellas princesas o príncipes, y en la Biblia, en el Antiguo Testamento, se advierte contra el bestialismo, lo que demuestra que se trataba de una práctica extendida: "No tendrás trato sexual con una bestia, haciéndote impuro con ella; y ninguna mujer se ofrecerá a un animal para unirse con él: es una perversión" (Levítico.18, 22-23).

La cuestión ahora es la inquietante transformación que sufre el mismo hecho con el paso de los siglos: del reproche religioso enfocado hacia el hombre se pasa a la condena penal centrada en los animales. No existe censura moral, no se enjuician las prácticas sexuales, pero se les confiere a los animales el mismo derecho que a un hombre o una mujer que se vea sometido a una violación. Ya no se valora la aberración que pueda suponer que una mujer copule con un perro o que un hombre lo haga con una cabra, sino que esa relación suponga una violación de los derechos de los animales.

Pero ¿qué es eso de que los animales tengan derechos, igual que los seres humanos, no es esa la principal distorsión? Es posible que muchos ciudadanos se mantengan aún en ese debate, pero la realidad es que hace décadas que esa duda ya no existe en el mundo civilizado. La defensa de los derechos de los animales está aceptada y regulada (existe una Declaración Universal de los Derechos del Animal, aprobada en 1978) y en países como España están recogidos en el Código Penal, artículo 337, que condena los malos tratos hacia los animales.

Lo que ocurre es que, como en ese artículo del Código Penal se citan genéricamente los "daños a la salud" de los animales, en el juicio de Mallorca se ha incluido la salud mental de las yeguas. "La ley no especifica si el menoscabo grave de salud es físico o mental. Este juicio ha evidenciado que las secuelas que son demostrables pueden ser enjuiciadas, y es algo que debería sembrar para el futuro y debería tenerse en cuenta", ha contado en 'El País' el doctor en Veterinaria Tomás Camps, encargado de realizar el peritaje de salud mental de las dos yeguas que se aportó en la vista oral. Se ha abierto, por lo tanto, una puerta en los juicios sobre los malos tratos a los animales, al incluir los informes psicológicos como prueba de un comportamiento irregular y penal. Ahora se trata de pensar qué situaciones pueden acabar produciéndose si esa misma regla se generaliza.

Las grabaciones de las cámaras de videovigilancia no dejaron lugar a dudas: cuando se hacía la noche, aquel tipo, de 54 años, se dirigía sigilosamente al establo y practicaba sexo con la yegua. Las grabaciones lo sorprendieron en marzo pasado, pero la propietaria de los animales ya sospechaba de antes, por eso colocó las cámaras, y pudo averiguar que hacía tiempo que aquel hombre penetraba a la yegua y que también lo hizo con una potrilla de siete meses. Con lo cual, en el juicio que se ha celebrado en Mallorca, en el juzgado de Palma, no había duda alguna sobre los hechos ocurridos, la relación sexual se produjo, y como los animales, tanto la yegua como su potrilla, habían sufrido malos tratos para someterlas, el individuo fue condenado a dos años de cárcel y al pago de mil euros para sufragar los gastos del veterinario que tuvo que atenderlas.

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