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Los jueces tienen razón, la pierden con la huelga
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Los jueces tienen razón, la pierden con la huelga

Se veía venir. Las estadísticas lo anunciaban. Estos no son los jueces de hace treinta años. Se ha cuadruplicado la plantilla. Más de la mitad son

Se veía venir. Las estadísticas lo anunciaban. Estos no son los jueces de hace treinta años. Se ha cuadruplicado la plantilla. Más de la mitad son menores de 45 años y más de la mitad de los menores de 30 son mujeres. Otra generación, en definitiva. Profesionales que, después de superar una oposición, se enfrentan a la dura tarea de un trabajo cara al público, sin control sobre sus medios, agobiados por la carga de trabajo inconciliable con la vida familiar, sometidos a la espada de Damocles de su responsabilidad directa prevista en su Ley orgánica, al examen crítico diario de los abogados y al de los tribunales superiores por la vía del mecanismo de los recursos. Tenían que estallar. Y el detonante fue el caso Tirado. Hasta ahí podíamos llegar. Tras las reuniones celebradas en cada partido judicial, ayer se produjo la noticia bomba, histórica sin duda: los jueces de Madrid irán a la huelga el 18 de febrero.

La intranet facilitada por el CGPJ con los recursos de todos los españoles ha sido el medio en el que la rebelión ha cuajado. Nada más sencillo. Todos se comunicaron estupefactos vía e-mail que lo que le había ocurrido al juez sevillano le podía suceder a cualquiera de ellos, cualquier día y en relación con cualquier asunto. Y la Vicepresidente del Gobierno y su ministro de Justicia exigiendo el sacrificio en la plaza pública del juez para calmar a la opinión pública. ¿Quién garantiza que eso mismo no le va a suceder a cualquiera de nosotros sin comerlo ni beberlo?, debieron pensar. Ni asociaciones profesionales, ni gaitas: o nos defendemos asambleariamente -e Internet lo propicia-, o mañana vendrán a por otro, cuando los culpables son ellos que no nos dan medios, concluyeron en horas.

Primer error y consiguiente conclusión: el Gobierno ha actuado  irresponsablemente, como mínimo, al actuar como agente provocador de la rebelión. Y ni siquiera la ha podido parar la prudente actitud de los 12 vocales judiciales del CGPJ que, sin servidumbre alguna a su adscripción ideológica de nombramiento, votaron unitariamente a favor de una sanción leve en el caso, porque son jueces y comprenden que no se puede exigir más responsabilidad al no haber existido actos propios libres y sí, en cambio, omisiones de terceros.

Todos al unísono –jueces cabreados y críticos con la rebelión-, con fines diferentes -unos para justificar su legitimación y otros para negarla-, coinciden en afirmar que el poder judicial es un poder del Estado y como tal debe ser tratado. Segundo error y nueva conclusión: el poder judicial no es un poder. Es más, es un no poder. No es casualidad que Montesquieu  lo definiera como “un pouvoir en quelque façon nul”.  Es cierto que constitucionalmente lo integran los jueces y magistrados juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado -art. 117, C.E.-, pero, a diferencia de los otros dos poderes del Estado que, dentro de la legalidad, usan de los principios de oportunidad y eficiencia en el ejercicio de sus funciones, la justicia está sometida estrictamente a la aplicación de la ley. Claro que pueden disponer de libertades y haciendas ajenas, pero siempre en nombre de la ley y con arreglo a ella.

El llamado uso alternativo del Derecho viene impedido por respeto a la seguridad jurídica y a la interdicción de la arbitrariedad a que obliga el artículo 9.3 de la Constitución. Insistir en el disparate de la similitud del poder judicial con los otros poderes del Estado ha llevado a identificar en la práctica al CGPJ como parte de ese poder, a justificar la reforma de 1.985 como más “democrática”, a reivindicar el control parlamentario del Consejo, de su Presidente -que lo es también del Supremo- y de sus asociaciones profesionales y, en definitiva, a introducir pautas de comportamiento político partidario en el ejercicio de sus funciones en aquel órgano de gobierno -selección, promoción y ejercicio de la potestad disciplinaria sobre los jueces-, y en éstas, convertidas en correas de trasmisión de los partidos para designar los vocales.

Con el consiguiente efecto mimético en las conductas de quienes aspiran a ser promocionados en la carrera judicial. ¿Es posible pensar que se accede a un poder del Estado democrático y de Derecho como es España, con lo que eso implica, por el mecanismo de una oposición que asegura la inamovilidad hasta la jubilación por edad? De mantener esa teoría, ¿acaso no podría recomendarse una reforma constitucional que crease el cuerpo de diputados del Congreso con una plantilla de 350 miembros? ¿O de miembros del Gabinete, en un número flexible no inferior a 10 ni superior a 25? ¿O de Presidentes de Gobierno, claro que en este caso con sólo una plaza en activo? Economía de costes y aseguramiento de la meritocracia podrían recomendarlo. Como es un disparate la reducción al absurdo, será que lo del poder judicial, como decía Montesquieu, no es un poder. Es otra cosa.

La huelga que todos temen

Y llegamos a lo que todos los políticos temen. La huelga de los jueces. Y a todos se les hacen los dedos huéspedes. Que sí, que no, que no está claro, que aunque tengan derecho no es oportuna… Tengamos como preciso de antemano que, mientras estén en activo, los jueces y magistrados no podrán “pertenecer a partidos políticos o sindicatos” -art. 127, C.E.-, aunque podrán asociarse profesionalmente en los términos legales -art. 401, LOPJ-. El derecho de huelga aparece constitucionalmente reconocido en el artículo 28.2 a favor de todos los trabajadores sin excepción, como continuación del derecho de libre sindicación que establece el apartado 1. Allí se contempla la posible excepción en perjuicio de las Fuerzas Armadas, pero se reconoce con peculiaridades a favor de los funcionarios públicos, que, en general, carecen de prohibición de militancia en los partidos políticos.

¿Son los jueces funcionarios públicos? Desde luego que sí, al menos en los términos del artículo 24 del Código Penal. Pero los Jueces, aunque funcionarios públicos, no pueden sindicarse como hemos visto. La huelga es un derecho del trabajador frente a la empresa que, aunque se practique individualmente, se ejerce colectivamente, a través de los sindicatos, mediante el cumplimiento de unas condiciones legales de anuncio, convocatoria, mantenimiento de servicios mínimos. Mucho me temo que jueces y militares, por aquello de disuadirles de la tentación de usos alternativos a los estrictamente legales en el ejercicio de las misiones que tienen encomendadas, no tienen derecho a la huelga. En el caso de los jueces, el asociacionismo profesional servirá como cauce para la elección de los vocales, para la formación de los afiliados, pero no para el ejercicio de derechos sindicales.

Los jueces son funcionarios, sí, pero de diferente condición a los notarios, registradores, abogados del Estado, administradores civiles del Estado o letrados de las Cortes. Ellos, los jueces, optaron por esa oposición y no por éstas, quizá con menos temas pero más sacrificada en las incompatibilidades. ¿Se imaginan Uds. con qué entereza juzgaría la jurisdicción contencioso administrativa los actos administrativos de quienes no han atendido a sus reivindicaciones, por ejemplo en el estricto ámbito retributivo? Fue su opción, como la que ejercieron los militares. Porque nuestra libertad y nuestra hacienda está en sus manos, y de su tranquilidad de ánimo depende que apliquen la ley, y sólo la ley, conviene que no entren en el pantanoso terreno de la política ni de la lucha laboral, y por lo mismo no conviene excitarles. Tienen razón y que no la pierdan.

*Jesús Santaella es abogado. Fue Secretario General Técnico de Justicia con UCD.

Se veía venir. Las estadísticas lo anunciaban. Estos no son los jueces de hace treinta años. Se ha cuadruplicado la plantilla. Más de la mitad son menores de 45 años y más de la mitad de los menores de 30 son mujeres. Otra generación, en definitiva. Profesionales que, después de superar una oposición, se enfrentan a la dura tarea de un trabajo cara al público, sin control sobre sus medios, agobiados por la carga de trabajo inconciliable con la vida familiar, sometidos a la espada de Damocles de su responsabilidad directa prevista en su Ley orgánica, al examen crítico diario de los abogados y al de los tribunales superiores por la vía del mecanismo de los recursos. Tenían que estallar. Y el detonante fue el caso Tirado. Hasta ahí podíamos llegar. Tras las reuniones celebradas en cada partido judicial, ayer se produjo la noticia bomba, histórica sin duda: los jueces de Madrid irán a la huelga el 18 de febrero.

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