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La renovación del Consejo de Administración de RTVE: ¿Concurso o coartada?
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Jaime Nicolás Muñiz

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La renovación del Consejo de Administración de RTVE: ¿Concurso o coartada?

Todas esas irregularidades, algunas aireadas en los medios, crean un gran desasosiego respecto de la viabilidad de este nuevo intento de renovar y asegurar la independencia y neutralidad de RTVE

Foto: Logo de RTVE en el edificio de la corporación. (EFE)
Logo de RTVE en el edificio de la corporación. (EFE)

Si no fuera porque el asunto es muy serio, la historia del concurso público para la renovación del consejo de administración de RTVE podría presentarse a modo de sainete. Un sainete desaforado, que viene de lejos y que evidencia, por decirlo de modo no muy distinto a la denuncia de Rosa María Mateo en su reciente comparecencia parlamentaria, el poco respeto, pero mucho interés, que nuestros representantes políticos sienten por la radiotelevisión pública, y ello, sin necesidad de remontarnos mucho en el tiempo, a la vista de los últimos acontecimientos, sobre todo de la impotencia del Parlamento y los turbios movimientos en su seno a la hora de dotar a la Corporación de un consejo de administración transitorio y hasta los apuros para designar a un administrador provisional único conforme a las reformas introducidas en la Ley 17/2006, reguladora de la radio y televisión de titularidad estatal, por la Ley 5/2017 y el Decreto-ley 4/2018.

Si prescindimos de los cambios en la composición del Consejo y en las mayorías parlamentarias para la elección de los consejeros, la principal innovación, y más esperanzadora, de ese nuevo marco legislativo estriba en la articulación, sin precisión alguna en la Ley, de un concurso público para la designación de los responsables de RTVE, con un Comité de Expertos actuando a modo de tribunal. En todo caso, aún en su parquedad, la ley concibe de índole evaluadora y, por ello, puramente consultiva la participación de esos expertos, lo que hace que a la postre la designación de los consejeros y del presidente de RTVE siga siendo una elección política, a través de una mayoría inusitadamente reforzada de dos tercios en los Plenos de Congreso y Senado.

La reforma, pues, resulta menos sustancial de lo que parecía, en la medida en que obliga como cierre a una difícil negociación entre los partidos con representación parlamentaria y conduce casi inexorablemente a una elección por lotes en la que los grupos políticos difícilmente podrán tener en cuenta el trabajo de los expertos.

Por su parte, el Decreto-ley ha establecido la composición y la forma de designación de los miembros del Comité de Expertos en unos términos que no propician precisamente la independencia y neutralidad de estos evaluadores. El hecho de que los expertos vengan designados directa y exclusivamente por los partidos representados en la Comisión Mixta de Control Parlamentario de RTVE hace que sean, al fin y al cabo, agentes o representantes de los partidos en el proceso de evaluación de las candidaturas –técnicos, tal vez, pero ante todo técnicos de partido. Por más que los partidos alardeen de haber profesionalizado la designación de los consejeros (y, a través de ellos, del Presidente de la Corporación), nada más lejos de la realidad, pues extraño concurso público es el que se resuelve no por mérito y capacidad sino por votación política y con un tribunal cuya intervención en nada condiciona su resultado y cuyos miembros han sido designados políticamente. Quizás, por ello, debido a cierta mala conciencia, en la publicación oficial de los integrantes del Comité de Expertos se ha prescindido de dar información sobre los grupos parlamentarios que han designado a cada uno de sus diecisiete miembros –información que tampoco se ve reflejada en el Diario de Sesiones y que la Comisión Mixta se ha negado hasta la fecha a facilitar mediante la solicitada rectificación de esa incompleta e incorrecta publicación.

Aun más, por si alguna atenuación de esos defectos se hubiera podido esperar del desarrollo reglamentario, las bases reguladoras aprobadas conjuntamente por las Mesas de las Cámaras en las Normas de 10 de julio, apresuradas y técnicamente muy deficientes, han agravado esa desvirtuación de la figura del concurso en relevantes aspectos de fondo del proceso selectivo, sin apoyo legal y hasta en contra de la letra y el espíritu de la Ley.

Lejos de contribuir al logro de los objetivos de esas reformas, la restricción solo sirve a una inadmisible corporativización o gremialización de RTVE

Me refiero especialmente a la arbitraria selección de los criterios de valoración a que deberá atenerse el Comité de Expertos, restringidos todos a méritos relacionados con el sector de la comunicación y el periodismo, con exclusión total, a efectos de la evaluación, de cualquier otro mérito profesional, docente, investigador o directivo contraído en otros campos. Dejando de lado la falta de definición de qué haya de entenderse por “sector de la comunicación”, la restricción es de todo punto arbitraria en la medida en que mal se cohonesta con las funciones de los directivos públicos de cuya elección se trata, a juzgar por la descripción de las funciones de los consejeros de administración de RTVE en el largo listado del art. 16 de su ley reguladora, la Ley 17/2006, que no ha sido modificado ni en las más recientes reformas de 2017 y 2018. En efecto, ninguna de esas funciones guarda relación alguna con el sector de la comunicación, y sí, en cambio, todas la tienen con los sectores profesionales excluidos.

Lejos de contribuir al logro de los objetivos de esas reformas –el refuerzo de la independencia y el pluralismo y la democratización de RTVE—, la restricción solo sirve a una inadmisible corporativización o, mejor, gremialización de la Corporación, que además se ve intensificada subrepticiamente y sin proporcionalidad alguna por otros criterios de valoración redundantes a favor de sus propios trabajadores y de los periodistas en general. Tal vez sea lícito algún margen para estas primas, pero lo que la Ley no permite ni justifica es la exclusión total de valoración de los méritos profesionales contraídos en otros ámbitos, que incluso pueden ser más relevantes para la funcionalidad del Consejo de Administración, como la economía y las finanzas, el derecho, las relaciones humanas o la gestión de las organizaciones, por solo citar algunas de esas esferas.

Foto: La administradora provisional única de RTVE, Rosa María Mateo, el pasado 25 de septiembre en el Congreso. (EFE)

Las Mesas han actuado, pues, de su habilitación legal, impidiendo ahora el acceso a los órganos de dirección de RTVE de valiosos ciudadanos y profesionales por el mero hecho de no ser trabajadores de la Corporación o periodistas, contra lo que siempre se había venido produciendo bajo la misma regulación legal. Este exceso reglamentario de las Normas constituye una antidemocrática patrimonialización de una institución pública –de RTVE como de cualquiera otra— que de ninguna manera se puede legitimar en base a una supuesta función de 'indirizzo político', criterio alegado por éstas para irrogarse una capacidad legislativa y hasta por encima de ley..

Pero no solo las Normas del concurso público plantean graves problemas. También su puesta en práctica por la Comisión Mixta de Control de RTVE, el escalón operativo del concurso público, está brindando ejemplos escandalosos de laxitud en la aplicación de las Normas, que ignoran su carácter de “ley del concurso” y las modifican a discreción una vez iniciado el proceso.

El más sonado y grave es el de la admisión de un candidato sin la titulación exigida pero cargado de méritos políticos al servicio de un partido, que arrancó de la Comisión, con flagrante violación de las normas, la subsanación de la falta del título vía compensación de sus méritos políticos y la de otros dos candidatos (uno de ellos no menos político), que ni siquiera habían recurrido contra su exclusión de la lista provisional –una solución un tanto salomónica que vulnera el derecho constitucional de igualdad en el acceso a los cargos y funciones públicas de los candidatos competidores –y de los que decidieron no serlo ante la exigencia del requisito ahora ignorado. Lo justo y lógico habría sido sin más anular las normas y lanzar una nueva convocatoria.

Lo justo y lógico habría sido sin más anular las normas y lanzar una nueva convocatoria

Sospechoso ha sido también el apartamiento de las normas para dar por subsanable otro requisito tan irreparable como la falta de presentación del proyecto de gestión de la Corporación por un candidato que solo lo hizo, ventajosa y extemporáneamente, después de cerrado el plazo de presentación de candidaturas, circunstancia que la Comisión Mixta ha tomado como pretexto para la estrambótica apertura, al margen de las Normas, de un nuevo plazo para que los más de 90 candidatos que aportaron en tiempo y forma su memoria de gestión puedan modificar y hasta ¡cambiar por completo! su proyecto al objeto de restablecer una quiebra de la igualdad artificialmente provocada por la Comisión en la medida que solo sería debida a la falta de diligencia del candidato o al mal funcionamiento de la propia Comisión. El plazo marcado en la convocatoria para presentar el proyecto (¡siete días naturales!) era ciertamente ridículo y traicionaba, cuando menos, la falta de seriedad con que se contemplaba el concurso, pero era el exigido en las bases del concurso –y era igual para todos.

Lo que la igualdad exigía era justo lo contrario de lo que torticeramente ha hecho la Comisión: aplicar las normas sin componenda alguna y no aceptar la subsanación de la falta de presentación del proyecto, y menos aún forzar de hecho a los cerca de cien candidatos cumplidores a ajustarse a la actuación incumplidora de ese único candidato y hacer, de nuevo en un rídículo plazo de siete días naturales, otro ímprobo esfuerzo para igualarse al incumplidor, esfuerzo que quizás no se lo permitan sus compromisos personales y profesionales. Y esto, por no mencionar sino los casos más llamativos y que más conflictos y parálisis del concurso pueden causar, sin descartar que en cualquier momento la Comisión Mixta vuelva a contravenir en nuevos supuestos las bases por cuya observancia debería velar. Pero los problemas y conflictos tampoco acaban en la Comisión Mixta.

Lo que la igualdad exigía era justo lo contrario de lo que torticeramente ha hecho la Comisión: aplicar las normas sin componenda alguna

Con su manejo no menos relajado de las bases que rigen su intervención en el concurso público, el propio Comité de Expertos, aunque en definitiva es, y como tal se presenta en sus últimas denuncias ante los órganos parlamentarios, una víctima de las cuestionables Normas y de la veleidad de la Comisión Mixta, también está actuando contra las Normas y creando situaciones de conflicto.

No es nada usual, desde luego, la actitud protagonista que en los primeros momentos transmitió el presidente y portavoz del Comité, con sus protestas, en nombre propio y de los demás miembros, de independencia e imparcialidad (frente al dato incontestable de su designación puramente partidista) o sus denuncias de interferencias parlamentarias que no hablan precisamente bien de la limpieza y neutralidad política del proceso, pero que reflejan la suma incomodidad del Comité con lo que los expertos califican de falta de respeto por parte de los órganos parlamentarios.

También es sorprendentemente irregular, por lo que tiene de desprecio de las reglas, la decisión del Comité, anunciada por su portavoz, de no publicar los informes de evaluación de todos los candidatos, algo que, vulnerando el expreso mandato de las Normas, si no se rectificara, volvería a incendiar con recursos el procedimiento. Tres cuartos de lo mismo sucede con la decisión de anonimizar los proyectos de gestión, que podría llevar en más de un caso a una manipulación y desvirtuación de los trabajos presentados por los candidatos y a invalidar en su caso la evaluación efectuada por los expertos. Y lo mismo se puede decir de la discutible conformación del baremo de puntuación fijado por los expertos, que ha suscitado múltiples recursos internos, sin cuya resolución mal podrá empezar el trabajo evaluador del Comité.

También es sorprendentemente irregular la decisión del Comité de no publicar los informes de evaluación de todos los candidatos

Y, para acabar, aún más grave resulta la decisión de los expertos, colada con sigilo como un añadido al baremo de puntuación aprobado por el Comité, de considerar idóneos para su elevación a las comisiones de nombramientos de una y otra Cámara solo a los veinte candidatos mejor evaluados, decisión que, además de irrazonable por su apriorismo y arbitrariedad, no está prevista ni puede encontrar sustento en las normas por contradecir las facultades de los órganos parlamentarios, responsables últimos de la elección. Esta es una decisión tan trascendente que solo se podría explicar que fuera consentida calladamente si estos órganos tuvieran una confianza adelantada en que entre los candidatos filtrados por el Comité de Expertos vayan a figurar los preferidos por los distintos grupos, entre otras razones porque son los únicos en torno a los que se podría cerrar el inevitable acuerdo de cuotas. No se debería dar pie para esta suspicacia.

Todas esas irregularidades, algunas aireadas en los medios de comunicación, crean un gran desasosiego respecto de la viabilidad de este nuevo intento de renovar, democratizar y asegurar la independencia y neutralidad de RTVE. De ello solo son responsables los partidos políticos que, desde el Parlamento, están rebajando el procedimiento de concurso competitivo basado en el mérito y la capacidad hasta reducirlo a una mera pantalla o coartada para continuar gobernando la Corporación estatal con los moldes partitocráticos de siempre. Si así fuera, no pocos candidatos, que han acudido a la convocatoria en libre ejercicio de un derecho ciudadano que se les ha brindado, podrían replantearse, como una exigencia de ciudadanía responsable, su participación en el concurso para evitar convertirse en comparsas de los grupos políticos y servir de coartada a su inmovilismo. La radio y televisión estatal, y la pública en general, serán las grandes perdedoras del fracaso de este esperanzador ensayo reformista.

*Jaime Nicolás Muñiz, exdirector de Estudios y Prospectiva de RTVE y del Instituto Oficial de Radio y Televisión y candidato al Consejo de Administración de la Corporación.

Si no fuera porque el asunto es muy serio, la historia del concurso público para la renovación del consejo de administración de RTVE podría presentarse a modo de sainete. Un sainete desaforado, que viene de lejos y que evidencia, por decirlo de modo no muy distinto a la denuncia de Rosa María Mateo en su reciente comparecencia parlamentaria, el poco respeto, pero mucho interés, que nuestros representantes políticos sienten por la radiotelevisión pública, y ello, sin necesidad de remontarnos mucho en el tiempo, a la vista de los últimos acontecimientos, sobre todo de la impotencia del Parlamento y los turbios movimientos en su seno a la hora de dotar a la Corporación de un consejo de administración transitorio y hasta los apuros para designar a un administrador provisional único conforme a las reformas introducidas en la Ley 17/2006, reguladora de la radio y televisión de titularidad estatal, por la Ley 5/2017 y el Decreto-ley 4/2018.

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