Tribuna
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Del terrorismo y otras acciones pacíficas
Es notable la alegre constancia con la que diferentes responsables políticos 'indepes' invocan una particular idea de la presunción de inocencia. Y del derecho, en general
Hace unos días, en una entrevista sobre los hechos que se produjeron el 1 de octubre de 2017, un conocido profesor de la Universidad de Barcelona indicaba que lo que más le sorprendía, retrospectivamente, era el nivel de desconocimiento que los responsables políticos en aquellos días tenían sobre las consecuencias jurídicas de sus actos.
Dos años después, la situación no parece cambiar, y el jurista que observa declaraciones y soflamas solo puede llegar a la conclusión de que las actuales cabezas pensantes, si es que piensan, prefieren al curandero antes que al médico, o, lo que es bastante parecido, la construcción libre del derecho a la lectura del derecho vigente, nacional y supranacional.
Metidos en la orgía de frases incendiarias, desactivados los frenos inhibitorios, todo vale. Los detenidos, hoy en prisión, por orden de la Audiencia Nacional, solo estaban preparando petardos para las verbenas y, a lo sumo, alguna explosión para llamar la atención. Criminalizar tan trivial pasatiempo infantil es cosa de almas pérfidas, acostumbradas a las lecturas negras de los sucesos, como son todos los no independentistas.
Más aún, algún preclaro jurista del sector de los poseedores de la verdad redentora 'indepe' ha llegado a afirmar, en un alarde de ignorancia del derecho, que la posesión de substancias que pueden “llegar a ser un explosivo” es una conducta ajena al derecho, y solo cuando realmente se cree la bomba y explote se podrá hablar de delito, y lo anterior, mientras tanto, es irrelevante, o sea, como si la agravación por usar armas en un atraco solo pudiera apreciarse cuando se matara a una persona. Sobresaliente.
Algún preclaro jurista ha afirmado que la posesión de sustancias que pueden “llegar a ser un explosivo” es una conducta ajena al derecho
El problema es que eso no se corresponde con lo que dispone el Código Penal que, además, es coherente con los criterios de la Directiva (UE) 2017/541 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de marzo de 2017 relativa a la lucha contra el terrorismo.
Sucede que esa misma directiva incluye los actos de apología o justificación de las acciones terroristas, y en esa línea van desde el aplauso a la exigencia de liberación de los detenidos, porque no han hecho más que expresar unas ideas nobles y respetables. Hay que tener en cuenta que entre los independentistas ha circulado un patético chiste, que resume la irreversible deformación de la realidad en la que se han instalado, según el cual, para los españoles, la esfera del universo que en su mano sostiene la Virgen de Montserrat acabará siendo considerada una bomba. Conociendo a los humoristas de plantilla del 'procés', no ha de extrañar necedad semejante.
También es notable la alegre constancia con la que diferentes responsables políticos invocan una particular idea de la presunción de inocencia, que, sin duda, es piedra angular en la relación entre el ciudadano y el sistema penal. Pero estimar que ese derecho fundamental obliga a dejar en libertad hasta el día del juicio oral a autores (alguno, ya confeso) de delitos muy graves es, simplemente, una tontería impropia de gente consciente.
La misma que ya ha comenzado a dar el paso de calificar a los detenidos como presos políticos, paso que, en buena lógica, debería ir seguido de la glorificación de las hazañas, lo cual sería, en opinión del jurista-curandero-asesor, pura libertad de expresión, pero de ningún modo una loa a la preparación de atentados violentos, pues eso, según el derecho propio y europeo, entraría en la órbita del terrorismo, y, si eso aún no ha sucedido, se debe al temple y paciencia de los responsables de la acusación pública.
Mención separada merece el concepto independentista de 'acción pacífica'. Dentro de ese enorme cajón conceptual, entrarán todo tipo de acciones, que pueden causar gravísimas perturbaciones de la vida cotidiana, y hasta llegar a generar el caos en toda Cataluña. Por ejemplo, la ANC anuncia que está preparando movilizaciones entre sus bases e intentará "colapsar la red viaria" de Cataluña, para lo cual invadirá desde diferentes puntos las autopistas o carreteras mediante “marchas populares” que se extenderán por tramos de 100 kilómetros y todas camino de Barcelona.
De llevarse a cabo el plan, es fácil imaginar cuáles podrían ser las consecuencias, a lo que se debe añadir alguna acción complementaria anunciada por grupos próximos a los ya famosos CDR como, por ejemplo, cortar el acceso a los aeropuertos.
No sé si esas acciones se llevarán o no a término, pero, por el momento, ya tenemos materiales para la valoración. El primero de todos: el adjetivo 'pacífico', condición que se da en todo aquello que se realice sin usar armas, olvidando que el corte de una carretera impuesto con una marcha o sentada es una acción que coarta y suprime la libertad de circulación de otras personas, y solo por eso entra en la categoría de coactiva y, por ende, delictiva, sin necesidad de que aparezcan las armas.
Se entenderá, además, siguiendo el criterio del curandero-jurista, que sumir a Cataluña en un colapso, como anuncian los dirigentes de la ANC, no es una alteración de la paz pública, y, por lo tanto, cualquier reacción del Estado, a través del sistema judicial y las fuerzas policiales, será injusto, cruel, colonialista, y todo lo que se quiera. Una buena idea sería que hiciesen un ensayo en cualquier carretera europea, para llamar la atención sobre lo que sucede en Cataluña, y calcularan el tiempo que tardarían en ser desalojados o detenidos o las dos cosas.
Una sentada es una acción que coarta la libertad de circulación. Solo por eso es coactiva y, por ende, delictiva
Junto al especial modo de utilizar el calificativo de 'pacífico' se indica otro: las acciones serán 'populares', esto es, cabría suponer, alegres, espontáneas y no programadas, pues el pueblo solo anida sentimientos nobles, y el pueblo, los colectivos, no puede ser acusado de actos injustos.
Cuando los florentinos, con ocasión de la conspiración de los Pazzi contra los Medici, ahorcaron al obispo Salviati, el papa Sixto IV puso a Florencia en entredicho, algo así como una excomunión colectiva, castigo que canceló su sucesor, Inocencio VIII, invocando la doctrina de un antecesor, Inocencio IV, que había declarado que las sociedades no pueden delinquir ('societas delinquere non potest').
Así pues, la inclusión de la calificación de 'popular' tiene unas connotaciones benéficas para poder sostener que nadie ha de responder de nada. El problema es que el colapso programado no tiene nada de iniciativa popular, sino que, de ser cierto, está organizado y planificado, con independencia de que, llegado el momento, los promotores cambien de asesores y vean en el horizonte una condena con la que no cuentan y que, a buen seguro, no alcanzaría a los partícipes, pero sí a ellos.
Y en esas estamos. Dirigentes políticos del nivel del presidente de la Generalitat entran reiteradamente en zonas de 'interés penal' por la vía de la glorificación de hazañas delictivas o por el anuncio de apologéticos males que se producirán, eso sí, 'pacíficamente'. Cerca de él se posicionan otros, cuyos nombres no voy a reproducir, pues están en la mente de todos.
Uno y otros, cabe suponer, deben confiar en que los males que anuncian no lleguen a cristalizar en realidades, pues si así fuera, difícil sería que evitaran la responsabilidad penal, salvo que —y no hay que descartarlo— sus asesores áulicos les hayan asegurado la incapacidad o impotencia del Estado y el habitual clamor europeo en pro de sus tesis.
O simplemente es el principio de la política de bicicleta: o sigo pedaleando o me caigo. No contemplan la tercera posibilidad: que te tiren de la bicicleta.
*Gonzalo Quintero Olivares, catedrático de Derecho Penal y abogado.
Hace unos días, en una entrevista sobre los hechos que se produjeron el 1 de octubre de 2017, un conocido profesor de la Universidad de Barcelona indicaba que lo que más le sorprendía, retrospectivamente, era el nivel de desconocimiento que los responsables políticos en aquellos días tenían sobre las consecuencias jurídicas de sus actos.
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