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Javier de Andrés

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Un Cupo vasco solidario

Urge la revisión de la Ley de señalamiento del Cupo y actualizarla mediante fórmulas mucho más modernas y que se ajusten mejor a la realidad

Foto: Cupo Vasco.
Cupo Vasco.

El 'Laissez Faire' de Juan Ramón Rallo publicado el pasado 15 de octubre en El Confidencial advertía sobre un hecho que desvela un funcionamiento inadecuado del sistema de Concierto Económico entre la Hacienda del Estado y las del País Vasco y Navarra. En efecto, como señalaba el economista de Castellón, el modelo de cálculo del Cupo anual con el que los territorios forales financian los gastos del Estado que no han sido transferidos, es decir, los que ejerce directamente el Estado en estas comunidades, no incluye las transferencias presupuestarias de los Presupuestos Generales a la Seguridad Social.

Para este próximo ejercicio de 2022 se ha presupuestado una transferencia de 36.300 millones para financiar lo que se llaman "gastos impropios" de la Seguridad Social y que se refiere a prestaciones de origen no contributivo tales como las políticas activas de empleo o el ingreso mínimo vital. Dado que el Régimen Económico de la Seguridad Social es una competencia exclusiva del Estado, art. 149.1. de la CE, es una de las partidas de los Presupuestos Generales que los territorios forales tienen que pagar al Estado con los ingresos tributarios que obtienen gracias a su sistema fiscal propio. Para el caso del País Vasco, la aportación debe de ser el 6,24% de cada partida de gasto que no esté transferida. Para el caso navarro es del 1,6%. Estamos hablando, por tanto, de partidas económicas muy importantes que en millones de euros ascienden a 2.265 millones para la primera y de 580 para la segunda Comunidad.

Para valorar la dimensión de esta partida económica para estas comunidades, veamos que los mismos Presupuestos Generales del Estado para 2022 cuantifican la aportación vasca en 1.407 millones para todos los demás servicios, que van desde Puertos a Aeropuertos, Defensa o Exteriores pasando por las Cortes o la Casa Real.

Foto: Imagen de la sede de Indra en Madrid. (Indra)

Otro tanto está sucediendo en el presente ejercicio, en el que la aportación presupuestaria del Estado por este mismo concepto superó también los 30.000 millones.

El hecho de que esto sea así se debe a que la fórmula de cálculo de la aportación foral se basa en una previsión quinquenal que se establece en el llamado año base. El que se aplica en este momento se acordó en 2017, cuando el Estado aún no había comenzado a financiar directamente los "gastos impropios" de la Seguridad Social, por lo que está fuera del modelo. La actualización de esas aportaciones se hace conforme al crecimiento de la recaudación del Estado, pero no se tienen en cuenta las variaciones de los conceptos financiados por los presupuestos.

La Ley de Cupo tenía una vigencia de cinco años que afectaba al quinquenio 2017-2021, por lo que habría de aprobarse una nueva ley que tuviera aplicación para 2022 y siguientes en la que ya sí que habría de incorporarse esa aportación del Estado a la financiación de la Seguridad Social. Sin embargo, no hay previsión de que se llegue a ese acuerdo, por lo que se procederá, con total seguridad, a una prórroga de la Ley en vigor, con la misma metodología que se viene aplicando en estos cinco ejercicios.

Foto: El exministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, y el consejero de Hacienda vasco, Pedro Azpiazu, firman el último cupo. (EFE)

Juan Ramón Rallo calificaba esta anomalía como "subsidio" a lo que es fácil contestar que durante muchos años el sistema fue subsidiado por los trabajadores vascos, pero no quita para que sea necesario buscar una adecuación del modelo para evitar estos desajustes que ponen en peligro el propio sistema de Concierto Económico.

La jurisprudencia europea en materia de autonomía fiscal y financiera fue fijada con mucha claridad por el Tribunal Europeo de Justicia en la sentencia de 6 de septiembre de 2006, denominada "de las Azores", en la que señalaba que los modelos como el vasco o el navarro podían disfrutar de capacidad normativa en impuestos siempre que se cumplieran tres premisas: Que la institución regional tuviera capacidad política para dictar normas fiscales diferenciadas, que en la elaboración de las mismas no interviniera el gobierno central y que no hubiera compensación económica del Estado que permitiera unos impuestos más bajos.

Las tres premisas se han venido dando con carácter general en los casos vasco y navarro, pero esta nueva situación en la que el modelo deja fuera una aportación que, prácticamente, multiplicaría por tres el volumen económico del Cupo, deja en cuestión el cumplimiento de la tercera de las premisas del Tribunal Europeo.

El ambiente político europeo, no solo el español, anima a evitar una judicialización de una materia que debería ser justa y pacífica

Para adecuarse a esta exigencia europea, que pretende evitar que pueda haber una fiscalidad más favorable gracias a compensaciones económicas externas al sistema, hay dos elementos que deberían revisarse, como son el carácter quinquenal del modelo, que podría responder a criterios de los siglos XIX o XX, pero que hoy, con los sistemas de cálculo informático carece de justificación alguna, como revela esta propia anomalía. La otra es que el cálculo se haga conforme a liquidaciones y no conforme a presupuestos, ya que es por todos conocido que muchas de las partidas, particularmente las de obras públicas, no se ejecutan, por lo que año tras año se pagan vía Cupo los mismos conceptos que no llegan a realizarse en el ejercicio previsto.

Quienes estimamos esta forma de responsabilidad fiscal y financiera somos los primeros interesados en evitar un traspié que condicione el modelo de Concierto Económico Vasco o el Convenio Navarro. Urge la revisión de la Ley de señalamiento del Cupo y actualizarla mediante fórmulas mucho más modernas y que se ajusten mejor a la realidad. El ambiente político europeo, no solo el español, anima a evitar una judicialización de una materia que debería ser justa y pacífica.

El 'Laissez Faire' de Juan Ramón Rallo publicado el pasado 15 de octubre en El Confidencial advertía sobre un hecho que desvela un funcionamiento inadecuado del sistema de Concierto Económico entre la Hacienda del Estado y las del País Vasco y Navarra. En efecto, como señalaba el economista de Castellón, el modelo de cálculo del Cupo anual con el que los territorios forales financian los gastos del Estado que no han sido transferidos, es decir, los que ejerce directamente el Estado en estas comunidades, no incluye las transferencias presupuestarias de los Presupuestos Generales a la Seguridad Social.

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