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Agentes de movilidad y presunción de veracidad
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Agentes de movilidad y presunción de veracidad

Parece ser que los agentes de movilidad no deberían tener la presunción de veracidad de que goza la policía municipal por ejemplo. Pero lo cierto es

Parece ser que los agentes de movilidad no deberían tener la presunción de veracidad de que goza la policía municipal por ejemplo. Pero lo cierto es que, al menos en la vía administrativa, cuentan con ella y aún aportando pruebas, sigue prevaleciendo su palabra. Me han informado que no ocurre así en la contencioso-administrativa; y que vale tanto la palabra de un agente de movilidad como la de un ciudadano; así que es cuestión de que se presente alguna prueba que refuerce nuestra defensa. ¿Es así? ¿me pueden indicar sentencias que lo apoyen? Montserrat.

La del agente de movilidad es una figura policial  que se creó en el año 2004 y si bien son funcionarios que no están integrados en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en el ejercicio de sus funciones sí tienen la consideración de agentes de la autoridad. Sus funciones están limitadas a ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación. Por tanto en esa materia su denuncia tiene presunción de veracidad. Cuestión distinta es que actúen en otras materias como la ITV, o sanciones a taxistas en relación, no a normas de tráfico, sino a normas concretas del autotaxi (cartilla de taxista, licencia, luminosos, etc.), o a temas de transporte., como estableció la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en fecha 26 de noviembre de 2009.

No perder puntos cuando tienes varios coches a tu nombre

Al tener el coche mío y el de mi mujer a mi nombre [el de mi mujer de renting] me han quitado siempre a mí los puntos de ambos coches. A pesar de que en la última multa, aunque el renting me identifica a mi siempre como conductor habitual, identificamos a mi mujer, envié un recurso con alegaciones diciendo que ella era la conductora, etc..

Me han quitado a mí los puntos. Pregunta: ¿Se pueden recuperar de alguna forma? ¿Cómo proceder una vez que los puntos se te retiran, contra tráfico, como recurso, con un juzgado, no hay solución? Iñigo Leria

En primer lugar debemos indicarte que la detracción de puntos es una medida personal y para llevarla a efecto has tenido tú que aceptarla asumiendo la responsabilidad por las infracciones cometidas por otra persona. (Nuestro consejo es que no aceptes esa identificación automática que te están haciendo los del renting porque te vas a quedar sin puntos por infracciones que tú no has cometido, y que te opongas expresamente a la identificación efectuada.)

Como tú caso, en AEA hemos detectado miles de casos que por la negligencia de algún empleado de las empresas de renting ahora tiene que volver a examinarse porque les han declarado la pérdida de vigencia de su carnet. Créeme que aunque estamos teniendo buenos resultados en devolver el derecho a conducir de esos conductores es un trabajo de chinos. Para que te hagas una idea, es como resucitar a un muerto.

Parece ser que los agentes de movilidad no deberían tener la presunción de veracidad de que goza la policía municipal por ejemplo. Pero lo cierto es que, al menos en la vía administrativa, cuentan con ella y aún aportando pruebas, sigue prevaleciendo su palabra. Me han informado que no ocurre así en la contencioso-administrativa; y que vale tanto la palabra de un agente de movilidad como la de un ciudadano; así que es cuestión de que se presente alguna prueba que refuerce nuestra defensa. ¿Es así? ¿me pueden indicar sentencias que lo apoyen? Montserrat.