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He recibido dos multas de aparcamiento en cinco horas. ¿Qué puedo hacer?
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He recibido dos multas de aparcamiento en cinco horas. ¿Qué puedo hacer?

Infracción a las 15,00 por mal estacionamiento, día 1. Nueva infracción a las 20.00 mal estacionamiento, día 1 (no lo moví).  Me llegaron dos multas, con

Infracción a las 15:00 del día 1 por mal estacionamiento. Nueva infracción a las 20.00 del mismo día también por mal estacionamiento. Me llegaron dos multas con números de actas diferentes. Las boletas son idénticas tanto en descripción como en monto a pagar. Solo pagaré una. ¿Qué me recomiendan? Diego Montalto.

En el caso de un estacionamiento, puede ser denunciado más de una vez (incluso en el mismo día) sin haber movido el coche. La ley no establece un límite de denuncias en un período de tiempo determinado, pues esto sería tanto como ofrecer un derecho de uso indebido del suelo público a través de una denuncia. Imaginamos que uno estaciona incorrectamente y ya no le pueden volver a multar en ese día o en el siguiente. Adquiere a través de esa multa su derecho a permanecer estacionado incorrectamente, por ejemplo sin abonar por ello el pago de la ORA o de un parking, y por tanto incluso podría ser más económico ser multado que estacionar correctamente.

Una vez establecida esta posibilidad, el período de tiempo entre una denuncia y la siguiente tratándose de una multa de estacionamiento deber ser adecuadamente amplio. Dado que el estacionamiento por definición conlleva la voluntad de mantener el vehículo sin conductor durante un tiempo, no sería razonable que fuera denunciado en varias ocasiones seguidas pues un estacionamiento es precisamente eso.

No obstante, si hemos entendido bien y a usted le denuncian la primera vez a las 15:00 horas y la segunda las 20:00 horas, el plazo de cinco horas entre una y otra podría ser razonable. En cualquier caso, se debería revisar la ordenanza de movilidad del ayuntamiento en cuestión, que podría arrojar algo de luz a un posible recurso por duplicidad.

Si solo va a proceder al pago de una denuncia, le recomendamos que sea la primera y recurra la segunda por ser duplicado de la primera.

Compré un coche a un rumano y no tengo los papeles

Compré un coche a un rumano. Tengo la documentación del mismo, su DNI original de su país, pero no me sirve para hacer el cambio de nombre. ¿Qué opciones tengo si no puedo localizar al vendedor para que me entregue la documentación que falta? ¿Puedo seguir conduciéndolo a su nombre sin transferirlo al mío? Pilar Sola

No existe ninguna norma que le prohíba la posibilidad de conducir un vehículo del que no es titular. La transferencia ofrece garantías, derechos y obligaciones tanto al vendedor como al comprador, pero la conducción es independiente de la titularidad.

Siendo usted el comprador del vehículo, la mayor parte de los inconvenientes por no hacer la transferencia del vehículo serán para el vendedor. Por ejemplo, las multas que no le notifiquen como conductor en el momento llegarán a nombre del titular registral. Igualmente serán de su responsabilidad todas aquéllas infracciones que se cometan como consecuencia de no mantener la documentación del vehículo o las condiciones técnicas del mismo.

Infracción a las 15:00 del día 1 por mal estacionamiento. Nueva infracción a las 20.00 del mismo día también por mal estacionamiento. Me llegaron dos multas con números de actas diferentes. Las boletas son idénticas tanto en descripción como en monto a pagar. Solo pagaré una. ¿Qué me recomiendan? Diego Montalto.

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