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¿Un repartidor está obligado a llevar el cinturón de seguridad en ciudad?
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¿Un repartidor está obligado a llevar el cinturón de seguridad en ciudad?

Tres meses después de pasar un paso de peatones en Plasencia, con la calzada totalmente libre, sin nadie en la misma, me llega una sanción de 200 euros y 4 puntos en la que me...

Tres meses después de pasar un paso de peatones en Plasencia, con la calzada totalmente libre, sin nadie en la misma, me llega una sanción de 200 euros y 4 puntos en la que me acusan de poner en riesgo a los peatones, algo totalmente incierto. ¿Cómo puedo defenderme de esta tropelía si no sé siquiera quién me denunció? Jesús Romero.

El plazo para notificar la denuncia en este caso es de seis meses, luego estaría en plazo. La identificación del denunciante debe constar en la denuncia al menos con el número de identificación profesional, si se trata de un agente de la autoridad, o con los datos personales si se trata de una denuncia voluntaria (incluido un controlador).

Puede hacer alegaciones a la denuncia negando los hechos, solicitando la nulidad de la notificación si es que no consta quién hizo la denuncia y solicitando en todo caso el informe del denunciante a los efectos de comprobar la ratificación o no de la denuncia.

¿Un repartidor tiene que llevar el cinturón?

Quisiera saber si no llevar el cinturón de seguridad puesto, en ciudad, en una furgoneta y realizando pequeños recorridos por la ciudad para hacer reparto y descargar mercancía es sancionable. ¿Qué articulo seria? Estar permanentemenmte subiendo y bajando y ponerse y quitarse el cinturón cada vez es una auténtica tortura. Óscar.

Exactamente el artículo 119.2 del Reglamento General de Circulación dispone que la exención para circular sin los cinturones u otros sistemas de retención homologados alcanzará igualmente cuando circulen en poblado, pero en ningún caso cuando lo hagan por autopistas, autovías o carreteras convencionales, a "los distribuidores de mercancías, cuando realicen sucesivas operaciones de carga y descarga de mercancías en lugares situados a corta distancia unos de otros".

Tres meses después de pasar un paso de peatones en Plasencia, con la calzada totalmente libre, sin nadie en la misma, me llega una sanción de 200 euros y 4 puntos en la que me acusan de poner en riesgo a los peatones, algo totalmente incierto. ¿Cómo puedo defenderme de esta tropelía si no sé siquiera quién me denunció? Jesús Romero.

Multa Guardia Civil