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¿Me puedo quedar un coche que ha sido abandonado en mi propiedad?
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¿Me puedo quedar un coche que ha sido abandonado en mi propiedad?

En un solar de mi propiedad que he vallado recientemente se ha quedado un coche que no ha venido su propietario a retirarlo. He presentado denuncia en la Guardia Civil hace ya seis meses...

En un solar de mi propiedad que he vallado recientemente se ha quedado un coche que no ha venido su propietario a retirarlo. He presentado denuncia en la Guardia Civil hace ya seis meses y al propietario no se le localiza porque es inglés. Dado que para retirarlo el propietario deberá abonarme el tiempo allí estacionado, creo que será más esa cantidad que el valor en sí del coche. ¿Puedo vender el coche o quedármelo? Miguel Fábrega.

En el plano administrativo, un vehículo solo puede ser vendido legalmente por su propietario. Para venderlo, primero tendría usted que adquirirlo por cualquiera de los medios reconocidos en derecho.

Dado que usted no tiene relación actualmente con el propietario, no podrá realizar ningún negocio jurídico válido por el cual usted pase a ser propietario del bien, como por ejemplo una compraventa. En este caso, para formalizar la compraventa, y dado que se trata de un vehículo a motor, solo podría ser usted titular del vehículo mediante transferencia realizada en la Jefatura de Tráfico de su domicilio con firma del contrato y copia del DNI de su titular actual. Sin negocio jurídico, no podrá registrar el coche a su nombre y por tanto, ante la posibilidad de adquirirlo legalmente, le sobreviene la imposibilidad de venderlo.

Podría usted adquirir la propiedad del vehículo por la posesión del mismo continuada y pacíficamente durante un plazo de tres o seis años, en función de la existencia o no de buena fe. Para que esta forma de adquirir la propiedad pudiera valorarse, deberíamos tener más información sobre el motivo por el que ese vehículo estaba en su propiedad (dado que la valló posteriormente entendemos que siempre fue propiedad privada) y la relación con el dueño del coche. No obstante, este es un asunto relacionado con el derecho civil, al margen de la normativa reguladora de Tráfico y Seguridad Vial.

Nombre de la carretera está mal

Si en una multa aparece mal el nombre de la carretera, es decir, no es la carretera por la que yo circulaba, ¿qué se puede hacer? José Ángel Bustamante.

El lugar de los hechos es un requisito básico y obligatorio que debe contener cualquier denuncia, ya sea notificada en el momento de cometerse la infracción o posteriormente en el domicilio. Si el lugar de la denuncia no es correcto, el expediente sancionador podría llegar a considerarse nulo. Si se trata de una infracción observada a través de medios de captación de imagen, debería solicitar dichas imágenes y el certificado de instalación o situación del aparato receptor Ejemplo: radar o cámara de vídeo, etc.

Si se trata de una denuncia emitida por un agente de la autoridad por mera observación sin otros medios de prueba, solicite informe del agente que detalle su situación exacta en el momento de la misma. Si se tratara de un error subsanable, la Jefatura Provincial de Tráfico (suponemos que es de tráfico) podría corregirlo y volver a enviar la denuncia con los datos correctos.

En un solar de mi propiedad que he vallado recientemente se ha quedado un coche que no ha venido su propietario a retirarlo. He presentado denuncia en la Guardia Civil hace ya seis meses y al propietario no se le localiza porque es inglés. Dado que para retirarlo el propietario deberá abonarme el tiempo allí estacionado, creo que será más esa cantidad que el valor en sí del coche. ¿Puedo vender el coche o quedármelo? Miguel Fábrega.

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