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¿Es verdad que todos los radares deben estar anunciados?
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¿Es verdad que todos los radares deben estar anunciados?

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Foto: Imagen de un radar de la carretera N-1
Imagen de un radar de la carretera N-1

Tengo entendido que hay una ley de la comunidad europea que dice que los radares, tanto móviles como fijos, deben estar señalizados. Supongo que esta ley prevalece sobre las leyes nacionales. ¿Es cierto? Y de ser así, ¿se pueden recurrir las multas por este motivo? Juan José Fernández

En este caso la normativa de aplicación es la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos, así como el Real Decreto 596/1999, de 16 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo y Ejecución de la citada ley, el cual establece que corresponde a las Administraciones Públicas con competencia para la regulación del tráfico autorizar la instalación y uso de dispositivos de control de tráfico.

Dicha instalación y uso de videocámaras y de cualquier otro medio de captación y reproducción de imágenes para el control, regulación, vigilancia y disciplina del tráfico se efectuará por la autoridad encargada de la regulación del tráfico a los fines previstos en el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto legislativo 339/1990, de 2 de marzo, y demás normativa específica en la materia, y con sujeción a lo dispuesto en las Leyes Orgánicas 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal, y 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen, en el marco de los principios de utilización de las mismas previstos en esta Ley, es por ello que los radares fijos suelen estar anunciados mediante paneles informativos.

Asimismo, la DGT, a través de su página web, hace pública toda la ubicación de los radares, tanto móviles como fijos, para que se pueda consultar la localización exacta de los mismos.

Multa por aparcar en un sitio público

Mi cuestión es hasta qué punto pueden multar los policías por aparcar mal en un recinto público, como en una gasolinera o un aparcamiento de un centro comercial. ¿Las normas son las mismas que en las calles, la señalización tiene que ser la misma también? P. F. García

La circulación en una zona privada de uso público, como puede ser un parking o una gasolinera, se somete a las normas establecidas en la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial.

Artículo 2: “Los preceptos de esta ley son aplicables en todo el territorio nacional y obligan a los titulares y usuarios de las vías y terrenos públicos aptos para la circulación, tanto urbanos como interurbanos, a los de las vías y terrenos que, sin tener tal aptitud, sean de uso común y, en defecto de otras normas, a los titulares de las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios”.

Por este motivo podría ser sancionado por un estacionamiento incorrecto, por no usar el casco en vehículos cuyo uso es preceptivo o por velocidad en un parking público y en una gasolinera. Podría ser denunciado por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico en el lugar en concreto o incluso podrían ser requeridos para su presencia por el resto de usuarios y/o por el personal del parking o de la estación de servicio.

Tengo entendido que hay una ley de la comunidad europea que dice que los radares, tanto móviles como fijos, deben estar señalizados. Supongo que esta ley prevalece sobre las leyes nacionales. ¿Es cierto? Y de ser así, ¿se pueden recurrir las multas por este motivo? Juan José Fernández

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